CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA ASOCIACIÓN CORDOBESA DE AMISTAD CON LOS NIÑOS Y NIÑAS SAHARAUIS (ACANSA) Y DE CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO "VACACIONES EN PAZ Y CARAVANA POR LA PAZ"

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Familias e infancia. Su ámbito territorial es ES613 - Córdoba. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

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    Sin perjuicio de que las entidades no deberán aportar, en un primer momento, justificantes de gasto adicionales a los indicados en estas bases, éstos deberán
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    cumplir los siguientes requisitos: Código RAEL JA01140214 Calle Capitulares, s/n.º . 14071 - Córdoba Tel. 957 49 99 10 alcaldia@ayuncordoba.es
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    En los documentos justificativos deberá constar un número de orden que deberá corresponder con el que figure en la correspondiente relación de gastos.
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    Cuando se aporte documentación justificativa redactada en idioma distinto del español, deberá aportarse debidamente traducida. Si se trata de facturas o recibos bastará con detallar su contenido en la correspondiente relación de gastos y aportar informe de la persona representante de la entidad donde se declara que el concepto de gasto de las facturas “con la numeración que corresponda” son traducción literal de los originales. Para el resto de los justificantes de gasto y pago, se presentará certificado firmado por la persona responsable de la entidad donde se recojan detalladamente los conceptos imputados a dichos justificantes, traducidos al castellano.
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    Las facturas, y en su caso, recibos y otros documentos del tráfico jurídico mercantil que se emitan por razón de operaciones o negocios jurídicos llevados a cabo en el país de realización de la actividad subvencionada se habrán de expedir en los términos que establezca la legislación local del país de ejecución, si bien esta circunstancia deberá estar debidamente acreditada con la presentación de la propia norma o de un documento oficial, o declaración de la Oficina Técnica de Cooperación Española en el país, o bien de la Embajada u oficina consular de España en el país en cuestión, o, en su defecto, de la Embajada del país de la Unión Europea que ejerza la representación de España.
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    De forma excepcional, y de conformidad con lo estipulado en el artículo 22 del Real Decreto 188/2025, se podrán utilizar recibos o documentación justificativa equivalente, pero ésta deberá ser autorizada con carácter previo por el órgano concedente del Ayuntamiento de Córdoba. En la solicitud de autorización deberá indicar los bienes y servicios a los que se aplicará dicha forma de justificación, así como de la cuantía máxima estimada y las circunstancias que lo hacen necesario.
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    Las cantidades a percibir por gastos de manutención, no podrán ser superiores a las establecidas para el Grupo 2 de funcionariado público por dieta de manutención, de conformidad con el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
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    Para la justificación de los costes de personal, deberá aportarse:
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    Nóminas Código RAEL JA01140214 Calle Capitulares, s/n.º . 14071 - Córdoba Tel. 957 49 99 10 alcaldia@ayuncordoba.es
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    Cumplimiento de las prescripciones fiscales (retenciones) y de Seguridad Social o equivalente
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    Para la justificación de los costes de viajes, estancias y dietas
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    individuales, deberá aportarse:
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    Factura de agencia de viajes y billetes de transporte utilizado en clase turista.
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    Factura del establecimiento para los gastos de alojamiento.
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    Factura o liquidación de dietas, con el límite establecido en estas bases para los gastos de manutención.
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    Acreditación de la adopción de las medidas de difusión : documentación acreditativa de los soportes materiales gráficos, escritos, sonoros o de cualquier otra naturaleza, utilizada para la divulgación de la actividad (tanto en Córdoba como en lugar de ejecución del proyecto) y, de su cofinanciación por el Ayuntamiento de Córdoba, debiendo figurar el logotipo de este Ayuntamiento.
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    SEXTA.- Seguimiento del proyecto. Para el seguimiento de las actividades apoyadas mediante este convenio se podrá crear una Comisión paritaria, constituida por miembros del Ayuntamiento y de ACANSA, que se reunirán por decisión de ambas partes.
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    SÉPTIMA.- Modificación del Convenio. Podrán admitirse modificaciones que afecten a objetivos, resultados, población beneficiaria, ubicación del proyecto, plazo de ejecución, y/o a la cuantía total del proyecto, siempre que sean previamente autorizadas por el órgano concedente, a cuyo efecto la entidad ACANSA deberá presentar antes de que finalice la ejecución de proyecto, la correspondiente solicitud y una memoria explicativa junto a los informes y documentación acreditativa de las circunstancias que motivan las modificaciones solicitadas. No será necesario presentar modificación en el caso de desviaciones entre conceptos de gasto del presupuesto aportado, siempre que la mismas, globalmente consideradas, no superen un 30%. Código RAEL JA01140214 Calle Capitulares, s/n.º . 14071 - Córdoba Tel. 957 49 99 10 alcaldia@ayuncordoba.es
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    Se realizará la devolución del 100 % de la cantidad subvencionada, en los
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    Comprobación de la inexistencia de alguna de las condiciones requeridas para la obtención de la subvención.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad