Personas jurídicasES613 - Córdoba

CONVENIO DE COLABORACIÓN CON EL REAL CENTRO FILARMÓNICO DE CÓRDOBA EDUARDO LUCENA, Y DE CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN PARA LA FINANCIACIÓN DE LOS GASTOS DE FUNCIONAMIENTO Y DESARROLLO DE SU PROGRAMA ANUAL DE ACTIVIDADES DE 2026.

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES613 - Córdoba. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con ind icación de las actividades realizadas y de los resultados obtenido s. La memoria deberá presentarse firmada y fechada por el representante legal del Ente Beneficiario.
  • Relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emis ión y, en su caso, fecha de pago.
  • Facturas o documento de valor probatorio equivalent e en el tráfico
  • Deberán ser originales o fotocopias compulsadas una vez estampilladas por el servicio.
  • Deberán cumplir los requisitos legales recogidos en el R.D. 1496/03 de 28 de noviembre del Ministerio de Hacienda. B.O. E. 286 de 29 de noviembre de 2003. Código RAEL JA01140214 Calle Capitulares, s/nº 14071 - Córdoba Tel. 957 49 99 10 alcaldia@ayuncordoba.es
  • Gastos de personal: Nóminas firmadas por el percept or y acreditación de las cotizaciones a la seguridad social a cargo d e la empresa, en su caso.
  • Los desplazamientos se justificaran mediante factur a de la agencia de viajes y/o los billetes del servicio de transporte correspondiente en la clase turista, así como justificante de pago a la a gencia o al emisor de los billetes.
  • Los gastos de alojamiento se justificaran con factu ra del establecimiento o agencia, cuyos importes estarán en consonancia con los precios de mercado, no siendo admitidos aquello s referidos a alojamientos en hoteles superiores a 4 estrellas.
  • Los gastos de manutención se justificarán con factu ra del establecimiento, no siendo admitidas aquellas factu ras de restaurantes o similares, que contemplen importes superiores a 3 0 euros por comensal.
  • Relación detallada de ingresos o subvenciones que h ayan financiado la actividad subvencionada, con indicación del importe o procedencia.
  • Justificantes de los pagos realizados: fotocopia de l justificante bancario de transferencia, talón o recibí firmado de la fact ura (si el pago es en metálico). No se admitirán pagos en metálico si el importe del mismo supera los cien euros (no podrán fraccionarse los p agos a un mismo proveedor para evitar esta restricción).
  • Cuadro comparativo entre los gastos presupuestados y lo realmente gastado.
  • Acreditación de los soportes materiales, gráficos, escritos, sonoros o de cualquier otra naturaleza, utilizados para la divul gación de la actividad y de su financiación por el Ayuntamiento de Córdoba. En caso de actuaciones públicas será necesario que los soporte s que se usen en la actividad (Roll-ups, carteles de gran formato o cualquier otro) aparezca el logo del Ayuntamiento de Córdoba como subvencionador de la actividad, y que se aporte imagen gráfica del cumplimiento de esta obligación.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, a efec tuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comproba ción y control financiero que puedan realizar los órganos de contr ol competentes, aportando cuanta información les sea requerida en e l ejercicio de las actuaciones anteriores. Código RAEL JA01140214 Calle Capitulares, s/nº 14071 - Córdoba Tel. 957 49 99 10 alcaldia@ayuncordoba.es
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de otra s subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, tan pronto como se conozca.
  • Acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obliga ciones tributarias y frente a la Seguridad Social, mediante declaración del interesado.
  • Disponer de los libros contables, registros diligen ciados y demás documentos debidamente auditados, en los términos e xigidos por la Legislación mercantil y sectorial, aplicable al beneficiario en cada caso.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplic ación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos ha sta la finalización del plazo establecido en el art. 39 de la Ley 38/2003.
  • Hacer constar en toda información o publicidad de la actividad u objeto de la subvención, que la misma está subvencionada por el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba.
  • Proceder al reintegro de la cuantía recibida si est uviera incurso en alguna de las causas de reintegro.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad