Convenio de colaboración con Consejo Producción Agraria Ecológica

La Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rura l y Medio Ambiente, desea apoyar al CPAER en el

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES230 - La Rioja. La gestiona CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, MUNDO RURAL Y MEDIO AMBIENTE.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • 1. Justificación . El Consejo de la Producción Agraria Ecológica de La Rioja está obligado a dar cuenta a la Consejería d e Agricultura, Ganadería Mundo Rural y Medio Ambiente de las actividades realizadas. Para ello presentar á, como fecha límite el 20 de noviembre de 2026, una c uenta justificativa que contendrá la siguiente
  • Una memoria/informe de actuación justificativa del cumplimiento de las actividades desarrolladas indicadas en la memoria inicial presentada, vincula das al objeto del convenio, con indicación del impacto conseguido, así como la evaluación de los r esultados obtenidos. Además, deberán presentarse evidencias de la realización de las act ividades objeto del convenio a través de cualquier medio que así lo permita (publicaciones, vídeos, fo tos, etc.) que se explican en la memoria justificativa.
  • Una memoria económica justificativa del coste de la s actividades realizadas que será suscrita por el presidente de la entidad, que contendrá una relación clasificada de gastos, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago. Deberá presentarse la documentación de 6 12 00860-2026/049729 Convenio Solicitudes y remisiones generales 2026/0715882 1 Consejera 2
  • 3. Obligaciones de información . En aplicación del apartado 1.b) del artículo 8, “Información económica, presupuestaria y estadística”, de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (B.O.E. nº 295 de 10 de diciembre de 2013), la Comunidad Autónoma de La Rioja, como sujeto incluido en el ámbito subjetivo de aplicación de la misma, deberá hacer pública, como mínimo, la información relativa a los actos de gestión administrativa con repercusión económica o presupuestaria, y, en particular: “b) La relación de los convenios suscritos, con mención de las partes firmantes, su objeto, plazo de duración, modificaciones realizada s, obligados a la realización de las prestaciones y, e n su caso, las obligaciones económicas convenidas… c) Las subvenciones y ayudas públicas concedidas con indicación de su importe, objetivo o finalidad y beneficiarios.” Asimismo, el Consejo de la Producción Agraria Ecoló gica, como sujeto incluido en el ámbito de aplicaci ón de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, según artículo 2 .1.e), deberá dar cumplimiento a lo establecido en el

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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La Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rura l y Medio Ambiente, desea apoyar al CPAER en el