Origen del resumendocument_text · grant_document_contents[14732].extracted_segments[4]
Consiste en la formación de personas con discapacidad en labores adecuadas a sus condiciones específicas, fundamentalmente en la categoría de subalterno/a o de ayudante, con las funciones propias de estos puestos, es decir, tareas de recepción y custodia de centros; y, en algunos supuestos, en labores de auxiliar administrativo/a: ello se materializa en prácticas laborales - formativas durante un año, prorrogable previo acuerdo de las p artes, con independencia de la relación laboral que mantengan con la Asociación, de conformidad con el convenio colectivo que les resulte de aplicación. Dado que el presente convenio es continuación de otros similares suscritos con anterioridad, se deja c onstancia de que, actualmente, prestan servicio en los equipamientos culturales dependientes de la Concejalía de Cultura un total de seis trabajadores/as a APSA -4 subalternos/as y 2 auxiliares-, máximo previsto para el presente ejercicio. En el supuesto d e que alguno/a de los/as trabajadores/as cesara por cualquier motivo, será necesario suscribir un anexo para la persona que lo/a sustituya, que recogerá sus datos, su destino, la persona tutora designada por APSA y la persona responsable del Departamento o Unidad de la Concejalía de Cultura para su seguimiento, así como el contenido de las funciones que debe desempeñar y su duración. La persona tutora designada por APSA será responsable de la adecuación del personal a las funciones designadas, para lo cual emitirá un documento acreditativo de la idoneidad. La Concejalía de Cultura se compromete a la formación y asesoramiento continuados del alumnado y a supervisar la labor del personal técnico de orientación laboral previamente contratado por la Asociación . Este proceso se desarrollará bajo la metodología denominada entrenamiento