Personas jurídicasES511 - Barcelona

CONVENIO DE COLABORACIÓN A FORMALIZAR ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE VILANOVA Y LA GELTRÚ Y LA ASSOCIACIÓ AUTISME AMB FUTUR PARA GARANTIZAR ACTIVIDADES DE OCIO EQUITATIVAS

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE VILANOVA I LA GELTRÚ.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • 1.- El incumplimiento del presente convenio por cualquiera de las dos partes puede dar lugar a su resolución. En caso de que la entidad estime que ha habido incumplimiento por parte de la administración, deberá presentar una solicitud por escrito que el Ayuntamiento deberá resolver en el plazo de un mes. La desestimación expresa o presunta de esta solicitud será susceptible de recurso administrativo de reposición de forma potestativa o directamente de recurso contencioso-administrativo.
  • 2.- En caso de que la entidad incumpla alguno de los pactos previstos en este convenio, el Ayuntamiento podrá, previa audiencia de la entidad/administración/particular resolver el convenio, notificándolo a la entidad.
  • 3.- En su caso, el Ayuntamiento podrá aplicar, en vía administrativa, cualquiera de las medidas cautelares previstas en la legislación vigente.
  • 4.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones del beneficiario dará derecho al Ayuntamiento a la revocación de la subvención concedida, previa audiencia del beneficiario, sin derecho a que éste reciba indemnización, y sin perjuicio del derecho a incorporar los procedimientos sancionadores o de resarcimiento de los daños y perjuicios que sean oportunos.
  • Declaración conforme el importe se ha destinado al objeto explicitado en el presente convenio.
  • Memoria de ACTIVIDADES: detalle de las actividades realizadas en cada uno del programa subvencionado, indicando su funcionamiento, la consecución de los objetivos y propuestas de mejora. También debe incluirse un ejemplar de toda la documentación y difusión editada por la actividad subvencionada, en la que deberá figurar la colaboración del Ayuntamiento de Vilanova y la Geltrú.
  • Memoria ECONÓMICA: relación de justificantes económicos en la hoja resumen, que se acompañará del original o copia compulsada de las facturas o documentos de valor probatorio de los gastos efectuados con motivo de la actividad objeto de la subvención, por un importe mínimo de la subvención concedida. Estos
  • documentos deberán tener las siguientes características:
  • La fecha deberá corresponder a la temporada en la que se ha llevado a cabo la actividad subvencionada.
  • Deberán cumplir el resto de los requisitos técnicos y formales exigidos por la normativa fiscal (NIF y nombre del proveedor, fecha, cuantía, concepto, IVA, importe total, etc.)
  • Deberán estar efectivamente pagadas.
  • Solicitud de pago del importe justificado, firmada por la persona que ostente la actividad objeto de subvención, por un importe mínimo de la subvención concedida.
  • En el caso de justificar gastos de personal, será necesario presentar los contratos laborales.
  • Habrá que tener archivados ya disposición del Ayuntamiento, todos los documentos originales justificativos de las obligaciones referidas.
  • Si la documentación presentada es incorrecta o incompleta, se otorgará un plazo para su subsanación. El incumplimiento en plazo de la obligación de justificación o la insuficiente justificación comportará el desistimiento por parte del beneficiario de la subvención concedida o el reintegro de la cantidad indebidamente percibida.
  • 3.- Sin embargo, el pago y forma de justificación estarán supeditadas a los procedimientos administraciones del año correspondiente a la actividad.
  • OCTAVO. - COMPATIBILIDAD CON OTRAS SUBVENCIONES La subvención regulada en este convenio será compatible con cualquier otra concedida por otras administraciones, entes públicos o privados. Sin embargo, el importe de estas subvenciones conjuntamente con los ingresos que se obtengan y el de los recursos propios que se destinarán a la actividad no podrá superar el coste total de la actividad que se desarrolle. Si se supera ese coste, se exigirá la devolución del exceso en la parte proporcional.
  • 1.- Para el seguimiento del desarrollo de este convenio se constituirá una comisión de seguimiento integrada por un/a técnico/a del AYUNTAMIENTO DE VILANOVA Y LA GELTRÚ y por un/a responsable de LA ASSOCIACIÓ AUTISME
  • 2. -A esta comisión le corresponderán, entre otras funciones, las siguientes:
  • Velar por el correcto desarrollo de la colaboración.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Otras actuaciones de carácter económico