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CONVENIO DE ACUERDO DE LA JGL DEL 25/06/2026 CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN NOMINATIVA CON LA ASOCIACIÓN BANCO DE ALIMENTOS DE…

Título oficial: CONVENIO DE ACUERDO DE LA JGL DEL 25/06/2026 CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN NOMINATIVA CON LA ASOCIACIÓN BANCO DE ALIMENTOS DE CASTELLÓN PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “ATENCIÓN SOCIAL Y REPARTO DE TARJETAS MONEDERO"

Ayuntamiento de Castelló de la Plana y la Asociación Banco de Alimentos de Castellón para financiar la ejecución del p royecto “Atención social y reparto de tarjetas monedero ” durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2026, que organiza la citada entidad en el inmueble sito en la Carretera Borriol, 2-Nave 5 de Castellón de la Plana.

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES522 - Castellón / Castelló. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CASTELLÓN DE LA PLANA/CASTELLÓ DE LA PLANA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 55.000,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • subvención, se realizará mediante presentación vía telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Castelló de la Plana ( https://sede.castello.es) en el trámite “Justificación subvenciones nominativas en materia de proyectos sociales”, de la documentación que integra la cuenta justificativa a la que alude el artículo 17.3 de la OGS. La justificación económica de la realización del proyecto deberá realizarse con estricto
  • cumplimiento a las siguientes condiciones: El pago a los proveedores se realizará preferentemente mediante transferencia bancaria, o en su caso talón nominativo, para justificar los gastos realizados, quedando el pago en metálico como residual para aquellos gastos de pequeña cuantía. El pago de los gastos se acreditará a
  • declaración acreditativa del cumplimiento de la finalidad para la que fue concedida la subvención y de la aplicación de los fondos a la finalidad destinada. Asimismo, constará que de conformidad con lo establecido en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los gastos realizados han sido los estrictamente necesarios y
  • memoria técnica-evaluación de la ejecución del proyecto subvencionado a la que deberán adjuntar los documentos gráficos y fotográficos acreditativos de su realización, la cumplimentación de los indicadores establecidos, la ficha que se adjunta al presente convenio como Anexo 1, en la que se desagregan los datos por sexo de todos los participantes o usuarios en la actividad objeto del presente convenio, así como la interpretación y análisis de dichos datos y de su evolución durante el último año. En esta memoria se especificarán, con el máximo detalle, el coste económico de ejecución de cada una de las actividades realizadas en el marco del proyecto ejecutado y su relación directa con los justificantes de gastos aportados. 7 / 17
  • La justificación de la totalidad de la subvención se podrá presentar desde la finalización del proyecto, c omo máximo, hasta el 28 de febrero de 202 7 inclusive. En caso de que el beneficiario no presente la justificación en el plazo indicado, deberá requerirse al mismo según lo dispuesto en el art ículo 70.3 del RLGS, y en caso de incumplimiento de la obligación de justificación en el plazo concedido procederá la tramitación del correspondiente procedimiento de reintegro, todo ello sin perjuicio de las sanciones que corresponda imponer.
  • Tratamiento de datos para la gestión del convenio: Los datos de carácter personal de los firmantes y del personal de contacto, incluidos en este documento, serán tratados por ambas partes con la finalidad de gestionar la relación subvencional, siendo la base de legitimación la ejecución de la relación jurídica existente entre ellas. Dichos datos se conservarán durante la vigencia del convenio y los plazos legales aplicables.
  • Tratamiento de datos de los beneficiarios del proyecto: Respecto a los datos de los beneficiarios del proyecto subvencionado, se establecen los siguientes regímenes de
  • Datos recabados directamente por la entidad: La Asociación Banco de Alimentos de Castellón será la Responsable del Tratamiento d e los datos personales que recabe por sus propios medios para la ejecución del proyecto. Deberá garantizar que dispone de una base de legitimación válida (ej. consentimiento de los interesados) e informar a los mismos en los términos exigidos por los artículos 13 y 14 del RGPD.
  • Datos de usuarios derivados por los Servicios Sociales Municipales: En los supuestos de derivación de personas usuarias desde los Servicios Sociales Municipales, el Excmo. Ayuntamiento de Castelló de la Plana actuará como Responsable del Tratamiento y la Asociación Banco de Alimentos de Castellón como Encargada del Tratamiento. Esta relación se regirá por un Acuerdo de Encargo de Tratamiento suscrito entre ambas partes, de conformidad con el artículo 28 (Obligaciones generales del responsable y encargado del tratamiento) de la LOPDGDD, que se adjuntará como anexo al presente convenio o se formalizará en documento independiente. Dicho acuerdo detallará las instrucciones del tratamiento, las medidas de seguridad, el destino de los datos a la finalización del servicio y demás obligaciones exigidas por la normativa. El Ayuntamiento, como responsable, informará a las personas afectadas sobre la finalidad del tratamiento y los derechos que les asisten, recabando su consentimiento explícito para la derivación y el tratamiento de sus datos por parte de la entidad encargada.
  • Derechos de los interesados y colaboración: Los interesados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición dirigiéndose al responsable

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Ayuntamiento de Castelló de la Plana y la Asociación Banco de Alimentos de Castellón para financiar la ejecución del p royecto “Atención social y reparto de tarjetas monedero ” durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2026, que organiza la citada entidad en el inmueble sito en la Carretera Borriol, 2-Nave 5 de Castellón de la Plana.