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CONVENIO DE ACUERDO DE LA JGL DEL 06/08/2026 CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN NOMINATIVA CON LA CONGREGACIÓN HERMANITAS DE LOS ANCIANOS DESAMPARADOS PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “CASA ASILO HOGAR VIRGEN DE LIDÓN”

Ayuntamiento de Castelló de la Plana y la CONGREGACIÓN HERMANITAS DE LOS ANCIANOS DESAMPARADOS para financiar la ejecución del proyecto CASA ASILO HOGAR VIRGEN DE LIDÓN durante el periodo comprendido entre el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año 2026, que organiza la citada entidad en el inmueble sito en camino Caminàs, 159-A de Castelló de la Plana.

En resumen: Está orientada a AMPAS, Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES522 - Castellón / Castelló. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CASTELLÓN DE LA PLANA/CASTELLÓ DE LA PLANA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

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    subvención, se realizará mediante presentación vía telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Castelló de la Plana ( https://sede.castello.es) en el trámite “Justificación subvenciones nominativas en materia de proyectos sociales ” , de la documentación que integra la cuenta justificativa a la que alude el artículo 17.3 de la OGS. La justificación económica de la realización del proyecto deberá realizarse con estricto
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    cumplimiento a las siguientes condiciones: El pago a los proveedores se realizará preferentemente mediante transferencia bancaria, o en su caso talón nominativo, para justificar los gastos realizados, quedando el pago en metálico como residual para aquellos gastos de pequeña cuantía. El pago de los gastos se acreditará a través
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    de los siguientes medios: Pago por transferencia bancaria: se justificará mediante resguardo de la entidad bancaria de la orden de transferencia realizada o del extracto de la cuenta corriente en el que figure el cargo de la transferencia realizada. Esta documentación podrá sustituirse por un certificado (u otro título similar) emitido por la entidad bancaria que contenga: el/la titular y el número de cuenta en la que se carga la Cód. Validación: 9ZGJYJCC3ZANKKGTJE53Z3M3J Verificación: https://sede.castello.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 18
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    Pág. 9 los originales y que el importe imputado a la subvención municipal de las facturas justificativas no se va a utilizar para la justificación de ninguna otra subvención, y que dicha documentación se pondrá a disposición del Ayuntamiento de Castelló de la Plana en caso de que le sea requerida. Se adjuntarán a dicho Anexo 3 las facturas justificativas del gasto, que deberán estar estampilladas con la siguiente información: que la subvención ha sido concedida por el Ayuntamiento de Castelló de la Plana, año de la subvención, importe imputado y porcentaje de financiación imputable a la subvención municipal, tal como figura en el Anexo 4. Complementará la justificación económica de la ejecución del proyecto financiado la siguiente documentación, que deberá presentarse debidamente suscrita por la persona representante de
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    declaración acreditativa del cumplimiento de la finalidad para la que fue concedida la subvención y de la aplicación de los fondos a la finalidad destinada. Asimismo, constará que de conformidad con lo establecido en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los gastos realizados han sido los estrictamente necesarios y
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    de la subvención concedida, el Ayuntamiento de Castelló de la Plana podrá realizar cuantas actuaciones materiales y formales estime convenientes para la comprobación de la adecuada justificación de las subvenciones, la realización de su objeto y el cumplimiento de las condiciones a que quedan sujetas las mismas. Dichas actuaciones de comprobación serán realizadas mediante el control financiero ejercido por la Intervención, de conformidad con el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local, el Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la Ley General de Subvenciones, su Reglamento de desarrollo y la Ordenanza General de Subvenciones. Cód. Validación: 9ZGJYJCC3ZANKKGTJE53Z3M3J Verificación: https://sede.castello.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 18
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    Pág. 10 Undécima. Otras obligaciones.- La entidad subvencionada asume, además de establecer y mantener las medidas de coordinación necesaria s con el personal municipal y atender a las personas que -en su caso- se deriven desde los Servicios Sociales municipales, las obligaciones establecidas en el artículo 6 de la OGS. La entidad subvencionada, j unto con la justificación de la realización del proyecto financiado presentará una memoria descriptiva de la ejecución del proyecto subvencionado que incluirá la cumplimentación de los siguientes indicadores cualitativos y cuantitativos incluidos en el
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    Valoración Geriátrica Integral (VGI)
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    Plan de Atención Individual (PAI)
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    Protocolos recogidos en la Memoria anual del Centro Indicadores cuantitativos
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    Registros de actividades en las memorias profesionales anuales.
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    Registro mensual de asistencia a actividades, talleres y actividades extraordinarias
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    Asimismo resultará de aplicación supletoria la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y demás normativa de pertinente aplicación. Decimotercera. Vigencia.- El presente convenio surtirá sus efectos a partir de la fecha de su aprobación, sin perjuicio de que los gastos subvencionables se puedan referir al periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, por desarrollarse el proyecto subvencionado en dicho periodo, según comunicación de la fecha de inicio del proyecto. Decimocuarta. Protección de datos.- De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (RGPD), y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), las partes se comprometen a cumplir con la normativa vigente en el tratamiento de los datos personales que se deriven de la ejecución del presente convenio.
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    Tratamiento de datos para la gestión del convenio: Los datos de carácter personal de los firmantes y del personal de contacto, incluidos en este documento, serán tratados por ambas partes con la finalidad de gestionar la relación subvencional, siendo la base de legitimación la ejecución de la relación jurídica existente entre ellas. Dichos datos se conservarán durante la vigencia del convenio y los plazos legales aplicables.
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    Tratamiento de datos de los beneficiarios del proyecto: Respecto a los datos de los beneficiarios del proyecto subvencionado, se establecen los siguientes regímenes de
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    Datos recabados directamente por la entidad: La entidad CONGREGACIÓN HERMANITAS DE LOS ANCIANOS DESAMPARADOS será la Responsable del Tratamiento d e los datos personales que recabe por sus propios medios para la ejecución del proyecto. Deberá garantizar que dispone de una base de legitimación válida (ej. consentimiento de los interesados) e informar a los mismos en los términos exigidos por los artículos 13 y 14 del RGPD.
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    Datos de usuarios derivados por los Servicios Sociales Municipales: En los supuestos de derivación de personas usuarias desde los Servicios Sociales Municipales, el Excmo. Ayuntamiento de Castelló de la Plana actuará como Responsable del Tratamiento y la entidad CONGREGACIÓN HERMANITAS DE LOS ANCIANOS DESAMPARADOS como Encargada del Tratamiento. Esta relación se regirá por un Acuerdo de Encargo de Tratamiento suscrito entre ambas partes, de conformidad con el artículo 28 (Obligaciones generales del responsable y encargado del tratamiento) de la LOPDGDD, que se adjuntará como anexo al presente convenio o se formalizará en documento independiente. Dicho acuerdo detallará las instrucciones del Cód. Validación: 9ZGJYJCC3ZANKKGTJE53Z3M3J Verificación: https://sede.castello.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 18
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    Derechos de los interesados y colaboración: Lo s interesados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición dirigiéndose al responsable
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    del tratamiento correspondiente. Para ello, deberán contactar con: CONGREGACIÓN HERMANITAS DE LOS ANCIANOS DESAMPARADOS : a través del correo electrónico dpd@contamicro.com . Ayuntamiento de Castelló de la Plana: a través del correo electrónico de su Delegado de Protección de Datos: dpd@castello.es. Ambas partes se comprometen a colaborar en caso de reclamación o inspección por parte de la Agencia Española de Protección de Datos, obligándose a mantener indemne a la otra parte de cualquier responsabilidad derivada del incumplimiento de las obligaciones que, en esta materia, les correspondan. Decimoquinta.- Jurisdicción competente.- Las partes, para cualquier cuestión derivada del presente convenio, renuncian a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, y se someten expresamente a la Jurisdicción competente en Castelló de la Plana. Y para que así conste y en prueba de conformidad por ambas partes, se firma electrónicamente el presente convenio, dando fe de ello la Jefa del Negociado de Administración Municipal- Adjunta de Sección. (Firma 1 de 3) (Firma 2 de 3)

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Ayuntamiento de Castelló de la Plana y la CONGREGACIÓN HERMANITAS DE LOS ANCIANOS DESAMPARADOS para financiar la ejecución del proyecto CASA ASILO HOGAR VIRGEN DE LIDÓN durante el periodo comprendido entre el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año 2026, que organiza la citada entidad en el inmueble sito en camino Caminàs, 159-A de Castelló de la Plana.