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CONVENIO DE ACUERDO DE LA JGL DEL 02/07/2026 CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN NOMINATIVA CON LA ASOCIACIÓN SÍNDROME DE DOWN DE C…

Título oficial: CONVENIO DE ACUERDO DE LA JGL DEL 02/07/2026 CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN NOMINATIVA CON LA ASOCIACIÓN SÍNDROME DE DOWN DE CASTELLÓN PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “CAMPUS DE VERANO 2026”

Ayuntamiento de Castelló de la Plana y la Asociación Síndrome de Down de Castellón para financiar la ejecución del p royecto “Campus de Verano 2026 ” durante el periodo comprendido entre 1 de julio y el 28 de julio del año 2026, que organiza la citada entidad en el inmueble sito en la Avenida Alcora, 130, 1 de Castelló de la Plana.

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES522 - Castellón / Castelló. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CASTELLÓN DE LA PLANA/CASTELLÓ DE LA PLANA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 13.200,00 €. Inicio: 01/07/2026. Plazo: Fin: 28/07/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • subvención, se realizará mediante presentación vía telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Castelló de la Plana ( https://sede.castello.es) en el trámite “Justificación subvenciones nominativas en materia de proyectos sociales” , de la documentación que integra la cuenta justificativa a la que alude el artículo 17.3 de la OGS. La justificación económica de la realización del proyecto deberá realizarse con estricto
  • cumplimiento a las siguientes condiciones: El pago a los proveedores se realizará preferentemente mediante transferencia bancaria, o en su caso talón nominativo, para justificar los gastos realizados, quedando el pago en metálico como residual para aquellos gastos de pequeña cuantía. El pago de los gastos se acreditará a
  • declaración acreditativa del cumplimiento de la finalidad para la que fue concedida la subvención y de la aplicación de los fondos a la finalidad destinada. Asimismo, constará que de conformidad con lo establecido en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los gastos realizados han sido los estrictamente necesarios y
  • Grado de satisfacción de personas participantes.
  • Nivel de implicación, disfrute y motivación durante el campus. 8/ 17
  • Mejora en las habilidades sociales, comunicación y autonomía personal.
  • Calidad de la interacción entre participantes, monitores y personas voluntarias.
  • Adecuación de las actividades a las capacidades e intereses del grupo.
  • Percepción de las familias y del equipo técnico sobre la utilidad del programa.
  • Entrevistas (usando apoyos visuales o comunicación alternativa si es necesario).
  • Asimismo resultará de aplicación supletoria la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General 9/ 17
  • de Subvenciones, su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y demás normativa de pertinente aplicación. Decimotercera. Vigencia.- El presente convenio surtirá sus efectos a partir de la fecha de su aprobación, sin perjuicio de que los gastos subvencionables se puedan referir al periodo comprendido entre el 1 de julio y el 28 de julio de 202 6, por desarrollarse el proyecto subvencionado en dicho periodo, según comunicación de la fecha de inicio del proyecto. Decimocuarta. Protección de datos.- De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (RGPD), y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), las partes se comprometen a cumplir con la normativa vigente en el tratamiento de los datos personales que se deriven de la ejecución del presente convenio.
  • Tratamiento de datos para la gestión del convenio: Los datos de carácter personal de los firmantes y del personal de contacto, incluidos en este documento, serán tratados por ambas partes con la finalidad de gestionar la relación subvencional, siendo la base de legitimación la ejecución de la relación jurídica existente entre ellas. Dichos datos se conservarán durante la vigencia del convenio y los plazos legales aplicables.
  • Tratamiento de datos de los beneficiarios del proyecto: Respecto a los datos de los beneficiarios del proyecto subvencionado, se establecen los siguientes regímenes de
  • Datos recabados directamente por la entidad: La entidad Asociación Síndrome de Down de Castellón será la Responsable del Tratamiento de los datos personales que recabe por sus propios medios para la ejecución del proyecto. Deberá garantizar que dispone de una base de legitimación válida (ej. consentimiento de los interesados) e informar a los mismos en los términos exigidos por los artículos 13 y 14 del RGPD.
  • Datos de usuarios derivados por los Servicios Sociales Municipales: En los supuestos de derivación de personas usuarias desde los Servicios Sociales Municipales, el Excmo. Ayuntamiento de Castelló de la Plana actuará como Responsable del Tratamiento y la entidad Síndrome de Down de Castellón como Encargada del Tratamiento. Esta relación se regirá por un Acuerdo de Encargo de Tratamiento suscrito entre ambas partes, de conformidad con el artículo 28 (Obligaciones generales del responsable y encargado del tratamiento) de la LOPDGDD, que se adjuntará como anexo al presente convenio o se formalizará en documento independiente. Dicho acuerdo detallará las instrucciones del tratamiento, las medidas de seguridad, el destino de los datos a la finalización del servicio y demás obligaciones exigidas por la normativa. El Ayuntamiento, como responsable, informará a las personas afectadas sobre la finalidad del tratamiento y los derechos que les asisten, recabando su consentimiento explícito para la derivación y el tratamiento de sus datos por parte de la entidad encargada.
  • Derechos de los interesados y colaboración: Los interesados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición dirigiéndose al responsable
  • del tratamiento correspondiente. Para ello, deberán contactar con: La Asociación Síndrome de Down de Castellón: a través del correo electrónico dpd@prodatvalencia.es Ayuntamiento de Castelló de la Plana: a través del correo electrónico de su Delegado de Protección de Datos: dpd@castello.es Ambas partes se comprometen a colaborar en caso de reclamación o inspección por parte de la Agencia Española de Protección de Datos, obligándose a mantener indemne a la otra parte de 10/ 17

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Ayuntamiento de Castelló de la Plana y la Asociación Síndrome de Down de Castellón para financiar la ejecución del p royecto “Campus de Verano 2026 ” durante el periodo comprendido entre 1 de julio y el 28 de julio del año 2026, que organiza la citada entidad en el inmueble sito en la Avenida Alcora, 130, 1 de Castelló de la Plana.