Asociaciones culturalesPersonas jurídicasES523 - Valencia / València

CONVENIO PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN DESTINADA A GASTOS CORRIENTES ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE ALMUSSAFES Y LA ASOCIAC…

Título oficial: CONVENIO PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN DESTINADA A GASTOS CORRIENTES ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE ALMUSSAFES Y LA ASOCIACIÓN CENTRO CULTURAL ANDALUZ DE ALMUSSAFES

Cultura

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALMUSSAFES.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Asociaciones culturales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 12.000,00 €. Inicio: 01/11/2025. Plazo: Fin: 31/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Cumplir el objetivo y realizar la actividad objeto de financiación por el Ayuntamiento. Así como destinar la cuantía aportada por el Ayuntamiento a los fines propios de las actuaciones comprendidas en el proyecto.
  • La realización del programa será de exclusiva responsabilidad de la entidad, estando a su cargo los medios personales y materiales que se precisen para el cumplimiento de las obligaciones fiscales y de la Seguridad Social, así como de los seguros que correspondan para el desempeño de las actividades y las eventuales responsabilidades de cualquier orden derivadas de ello frente a terceros. Cultura Expediente 2741662P
  • Los beneficiarios deberán dar la adecuada publicidad, mediante los medios de prueba que consideren, carteles, folletos, páginas web, redes sociales y otros,
  • Justificar el destino de los fondos a la finalidad objeto de la subvención mediante la aportación de una memoria justificativa en la que se incluya las actividades realizadas, participantes y relación detallada de gastos e ingresos, las facturas o documentos que puedan ser admitidos legalmente y aquella documentación donde aparezca la colaboración del Ayuntamiento de Almussafes (revistas, publicidad, cartelería, trípticos, páginas web, redes sociales, antes del 31 de octubre de 2026 éste incluido. Las facturas estarán comprendidas entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluso los documentos electrónicos y someterse a las actuaciones de control y comprobación que puedan emprender los órganos de control interno del Ayuntamiento, o los órganos de control externo competentes en la materia, aportando cuanto documentación le sea requerida para el ejercicio de dichas funciones de control.
  • Comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras subvenciones para la misma finalidad. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto sea conocida por la Entidad beneficiaria. En ningún caso el importe de las subvención concedida podrá, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas concedidas por otras administraciones públicas o entes públicos o privados, superar el coste de la actividad. Si fuera el caso, procederá el reintegro del exceso obtenido.
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable a la entidad beneficiaria.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y recogidos en la cláusula 8.
  • Participar activamente, como mínimo, en los siguientes programas organizados por el Ayuntamiento: Fiestas locales, Semana de la Tercera Edad, Fiesta del 9 de octubre y Fiestas de Navidad, en caso de celebrarse.
  • La entidad se compromete a, en sus actividades y actos de publicidad de los mismos, a no realizar uso del lenguaje sexista, promocionar el lenguaje inclusivo y procurar la participación paritaria de hombres y mujeres en sus actividades.
  • Abonar los pagos a cuenta justificados por la entidad, hasta un máximo de 2, con las condiciones establecidas en la cláusula 4 del presente convenio y Cultura Expediente 2741662P
  • Pagar la subvención restante, una vez ésta sea justificada y presentada la documentación correspondiente, comprobada su autenticidad y adecuación a la legalidad de los justificantes.
  • Colaborar con la Entidad beneficiaria en la ejecución del objeto del presente convenio, fundamentado en la obligación de la administración por velar por la promoción cultural de la localidad. El Ayuntamiento de Almussafes no asume más obligación ni responsabilidad que las establecidas en esta cláusula. En ningún caso del convenio puede derivarse relación laboral alguna con el responsable del proyecto ni el personal dependiente del mismo, que son de su exclusiva responsabilidad.
  • OCTAVA. Plazo y forma de la justificación de la subvención. Los documentos justificativos deberán presentarse en el Ayuntamiento de Almussafes a través de la carpeta ciudadana, siendo el plazo máximo el 31 de octubre de 2026, éste incluido.
  • La documentación a aportar será la siguiente:
  • La memoria del proyecto y programa de actividades, participantes y relación detallada de gastos e ingresos.
  • Declaración, en caso de haber percibido subvención para el mismo programa de otras administraciones públicas o privadas, de las entidades que les ha subvencionado e importe (metálico o e especie) de las mismas.
  • Facturas o documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, comprendidas entre el 1 de noviembre de 2025 al 31 de octubre de 2026, con indicación de perceptor, concepto e
  • importe de los gastos relacionados con el programa. Estas deben contener:
  • Datos identificativos del expedidor (nombre, apellidos, denominación o razón social, NIF y domicilio).

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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