CONVENIO PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN DESTINADA A GASTOS CORRIENTES y AYUDA PARA EL TRANSPORTE ESCOLAR, ESTABLECIDO…

Título oficial: CONVENIO PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN DESTINADA A GASTOS CORRIENTES y AYUDA PARA EL TRANSPORTE ESCOLAR, ESTABLECIDO ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE ALMUSSAFES Y LA ASSOCIACIÓ DE PARES I MARES D’ALUMNES DEL INSTITUTO DE SECUNDARIA DE ALMUSSAFES.

Educación

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALMUSSAFES.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 270.000,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Cumple con todos los requisitos establecidos en el artículo 11, 12 y 13 y 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales de la Agencia Tributaria, con la Tesorería General de la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Almussafes.
  • No recibe otras subvenciones con destino a la misma finalidad, o que si las recibe, no superan en su conjunto con la concedida por el Ayuntamiento el Educació Expediente 2829713H
  • Se compromete a someterse a las actuaciones de fiscalización que puedan emprender los órganos de control interno del Ayuntamiento o los órganos de control externo, con competencia de fiscalización de caudales públicos.
  • Que se han justificado debidamente las subvenciones concedidas con anterioridad por este Ayuntamiento y se encuentra al corriente en el pago de procedimiento de reintegro de subvenciones.
  • Contratar, antes del inicio del curso escolar, el servicio de transporte escolar con empresa o empresas capacitadas para su prestación y que reúnan todos los requisitos legalmente exigibles para prestar dicho servicio, principalmente la normativa aplicable al transporte escolar. Se contratará el número de autobuses y los viajes necesarios para cubrir hasta 480 pasajeros sentados. Dado que el importe de la subvención es superior a la del contrato menor, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.3 LGS, el AMPA deberá solicitar como mínimo 3 ofertas de distintos proveedores, y contratar con la más económica. Las solicitudes de oferta así como las ofertas presentadas deberán adjuntarse a la documentación que se presente en el Ayuntamiento de Almussafes junto con el resto de documentación necesaria para iniciar el trámite de aprobación y firma del convenio.
  • Justificar ante el Ayuntamiento la prestación del servicio de transporte escolar, que se realizará aportando la factura expedida por la empresa, todo ello sin perjuicio de cualquier otra comprobación o documentación que en el ejercicio de sus competencias pueda requerir el Ayuntamiento. Junto con los justificantes de la prestación del servicio, entregar al Ayuntamiento una estadística del uso mensual del servicio por los alumnos, que previamente habrá facilitado la empresa de transporte contratada por el AMPA.
  • Permitir el acceso al transporte escolar a todos los alumnos empadronados en Almussafes, y controlar la prestación del servicio a lo largo del curso escolar.
  • Cumplir las finalidades para la que se concede la subvención, y destinar la cuantía aportada por el Ayuntamiento a los fines propios de las actuaciones y actividades comprendidas en los puntos que son objeto de este convenio. Para ello, deberá presentar el programa de actividades previstas, siendo requisito previo a la aprobación y firma del convenio.
  • La realización de los programas serán de exclusiva responsabilidad de la entidad, estando a su cargo los medios personales y materiales que se precisen para el cumplimiento de las obligaciones fiscales y de la Seguridad Social, así como de los seguros que correspondan para el desempeño de las actividades y las eventuales responsabilidades de cualquier orden derivadas de ello frente a terceros.
  • La entidad deberá dar la adecuada publicidad, mediante los medios de prueba que consideren, carteles, folletos, etc. de que las actividades realizadas están subvencionadas con el siguiente texto o similar: “ACTIVIDAD SUBVENCIONADA POR EL AYUNTAMIENTO DE ALMUSSA FES”. Ejemplo: en los comunicados a las Educació Expediente 2829713H
  • Justificar el destino de los fondos a la finalidad objeto de la subvención mediante la aportación de una memoria justificativa en la que se incluya las actividades realizadas, participantes y relación detallada de gastos e ingresos, las facturas o documentos que puedan ser admitidos legalmente y aquella documentación donde aparezca la colaboración del Ayuntamiento de Almussafes (revistas, publicidad, cartelería, trípticos, etc), en el plazo establecido en el presente convenio.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluso los documentos electrónicos y someterse a las actuaciones de control y comprobación que puedan emprender los órganos de control interno del Ayuntamiento, o los órganos de control externo competentes en la materia, aportando cuanto documentación le sea requerida para el ejercicio de dichas funciones de control.
  • Comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras subvenciones para la misma finalidad. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto sea conocida por la Entidad beneficiaria. En ningún caso el importe de las subvención concedida podrá, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas concedidas por otras administraciones públicas o entes públicos o privados, superar el coste de la actividad. Si fuera el caso, procederá el reintegro del exceso obtenido.
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable a la entidad beneficiaria.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y recogidos en la cláusula 9.
  • Participar en alguno de los programas organizados por el Ayuntamiento: Fira de Nadal, semana de la salud, fiesta locales, 9 de octubre, etc.
  • Los contratos que formalice la entidad beneficiaria de la subvención con el mismo proveedor para la realización de actuaciones subvencionadas, que tengan un importe igual o superior a 15.000 € (IVA excluido), requerirán para su aceptación que se hayan solicitado al menos tres ofertas de tres proveedores diferentes, con carácter previo a la adquisición del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que, por las características especiales que tenga, no haya en el mercado más que una empresa prestadora o suministradora, o el gasto se haya realizado con anterioridad a la firma de la presente resolución. Todo ello, de acuerdo con lo previsto en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, en relación con el artículo 118.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público. Tanto las solicitudes de ofertas como las ofertas recibidas se presentarán junto con la documentación necesaria para la aprobación del convenio.
  • Pagar las cantidades correspondientes a las subvenciones establecidas en el presente convenio en los términos establecidos en la cláusula 4. Educació Expediente 2829713H
  • Dirimir cualquier discrepancia o queja que se formulen en relación al derecho a recibir la subvención. El Ampa quedará eximida de toda responsabilidad en esta materia.
  • Colaborar con la Entidad en la ejecución del objeto del presente convenio, así como velar por el cumplimiento del mismo.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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