CONVENIO CON URJC PARA GESTIÓN DTTO. UNIVERSITARIO MADRILEÑO MAYOR 25 AÑOS

El presente convenio tiene por objeto regular la concesión directa, por razones de interés social, de una subvención a la Universidad Rey Juan Carlos destinada a financiar los gastos de gestión de las actividades y trabajos del Distrito Universitario Único del acceso a la universidad para mayores de 25 años, formado por las universidades públicas de Madrid y, en concreto, los relativos a los trabajos necesarios para el tratamiento de las solicitudes y realización de examen para estudios oficiales de Grado en las universidades públicas de Madrid, correspondientes al año 2026.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES30 - COMUNIDAD DE MADRID. La gestiona CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • subvención. Con carácter previo a la concesión, la universidad aportará la siguiente
  • Declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las circunstancias a las que se refiere el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Certificado de la Agencia Tributaria y de la Tesorería de la Seguridad Social de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Certificado de inexistencia de apremio de deudas con la Comunidad de Madrid, el cual se incorporará de oficio por la Comunidad de Madrid. Además, y en relación con la obligación del beneficiario de aportar los certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y según la vigencia del régimen general de consulta de datos establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Administración concedente está obligada a 4
  • Dirección y organización de los trabajos organizativos del Distrito Único de las pruebas de acceso a la universidad para mayores de 25 años con los responsables de las universidades y la Administración Regional.
  • Elaboración de la plataforma para el proceso de inscripción y matriculación de los solicitantes de las pruebas de acceso.
  • Constitución y organización del Tribunal calificador de las pruebas.
  • Gestión y coordinación de la elaboración de los repertorios de examen en coordinación con las respectivas comisiones de las materias incluidas en las pruebas.
  • Adecuación de las infraestructuras necesarias para la realización de las pruebas en su sede.
  • Proceso de corrección, evaluación, revisión y atención a las reclamaciones e incidencias en la realización de las pruebas.
  • Difusión y comunicación de los resultados a los interesados.
  • Elaboración de los informes relativos a los resultados de la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años, tanto para las universidades públicas madrileñas como para la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades y otros órganos de la Comunidad Educativa.
  • Cualesquiera otras que fueran necesarias para el desarrollo de las anteriores, así como las obligaciones generales enunciadas en el
  • El pago de la subvención a la universidad se realizará previa acreditación de la obligación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Hacienda Estatal, Autonómica y de la Seguridad Social y una vez suscrito el convenio, por el importe total de la misma en un pago único con carácter anticipado y sin necesidad de constituir garantía previa dada la naturaleza de universidad pública objeto de la subvención. El ingreso se efectuará en el número de cuenta que la Universidad Rey Juan Carlos determine y comunique a la Dirección General de Universidades. La universidad remitirá a la Dirección General de Universidades, antes del 31 de julio de 2027, la justificación de los fondos percibidos. La justificación se realizará mediante la cuenta justificativa, que será emitida por la Intervención de la Universidad Rey Juan Carlos u órgano de
  • Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas.
  • Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior y, en su caso, la documentación acreditativa del pago. En relación con los gastos de personal subvencionados deben aportarse fotocopias de los correspondientes contratos y de los justificantes de pago de las nóminas, así como los documentos de los seguros sociales RLC (recibo de liquidación de cotizaciones) y RNT (relación nominal de trabajadores) y su justificante bancario. En el caso de que exista personal que sólo dedique una parte de su jornada laboral a las actividades 7
  • CIENCIA Y UNIVERSIDADES Universidad Rey Juan Carlos La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en https://sede.urjc.es/web/guest/verifica Página: 8 / 10 subvencionadas, debe indicarse el método de imputación de gastos utilizado.
  • Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
  • Los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones, deba de haber solicitado el beneficiario.
  • En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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El presente convenio tiene por objeto regular la concesión directa, por razones de interés social, de una subvención a la Universidad Rey Juan Carlos destinada a financiar los gastos de gestión de las actividades y trabajos del Distrito Universitario Único del acceso a la universidad para mayores de 25 años, formado por las universidades públicas de Madrid y, en concreto, los relativos a los trabajos necesarios para el tratamiento de las solicitudes y realización de examen para estudios oficiales de Grado en las universidades públicas de Madrid, correspondientes al año 2026.