CONVENIO CON LA URJC PARA LA FINANCIACIÓN DE AYUDAS ERASMUS+ KA131. 26-27

El presente convenio tiene por objeto regular la concesión directa, por razones de interés social, de una subvención a la Universidad Rey Juan Carlos destinada a sufragar ayudas adicionales a los beneficiarios del programa de movilidad ERASMUS+KA131, correspondientes al curso 2026-2027. Estos estudiantes realizarán fuera de España, bien estudios en una institución de educación superior o bien prácticas en el mercado labora l de un país extranjero , estando estas prácticas siempre relacionadas con los estudios en los que están matriculados.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES30 - COMUNIDAD DE MADRID. La gestiona CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • subvención. Con carácter previo a laconcesión de la subvención , la universidad aportará
  • Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las circunstancias a las que se refiere el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Certificado de la Agencia Tributaria y de la Tesorería de la Seguridad Social de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Según refieren los artículos 14.1 .e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y 8.e) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.
  • Certificado de inexistencia de apremio de deudas con la Comunidad de Madrid, el cual se incorporará de oficio por la Comunidad de Madrid. Según refieren los artículos 14.1 .e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y 8.e) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid. Además y en relación con la obligación del beneficiario de aportar los certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y según la vigencia del régimen general de consulta de datos establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimie nto Administrativo Común de las Administraciones Públicas , la Administración concedente está obligada a recabar de oficio estas dos certificaciones, si bien la consulta de las obligaciones tributarias exigirá la autorización expresa del beneficiario (artículo 95 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria), en el caso de las obligaciones frente a la Seguridad Social el consentimiento del beneficiario se presume salvo oposición expresa.
  • CIENCIA Y UNIVERSIDADES 6 adicionales que responden a la naturaleza de la actividad subvencionada para los estudiantes beneficiarios del programa de movilidad ERASMUS+KA131, correspondientes al curso 2026-2027 a través de la convocatoria propia de la universidad. Estas ayudas adicionales podrán complementar gastos de matrícula, transporte, residencia u otros derivados de la movilidad del estudiante, en los mismos términos y condiciones en los que reciben las ayudas de la Unión Europea. Los gastos se realizarán durante la estancia del estudiante dentro del curso 2026-2027. Los
  • beneficiarios deberán cumplir al menos las siguientes condiciones:
  • Ser ciudadano de alguno de los 27 países de la Unión Europea, los países de la AELC y del EEE (Islandia, Liechtenstein y Noruega), los países candidatos a la adhesión a la Unión Europea (Turquía, República de Macedonia del Norte y Serbia), o ciudadanos que, no siendo nacionales de uno de los países participantes, lo sean de terceros países y estén en posesión de un permiso de residencia válido para residir en España durante el periodo de realización de la movilidad.
  • Haber realizado la matrícula en alguna titulación oficial de Grado, Máster o Doctorado de la Universidad Rey Juan Carlos durante el curso 2026-2027.
  • Se deberá acreditar un conocimiento suficiente de la lengua en la que se van a cursar los estudios y, cuando existan, se deberán satisfacer los requisitos lingüísticos que exija la universidad de destino. Este conocimiento se acreditará según acuerde l a convocatoria propia de la universidad, pudiendo realizarse, entre otras alternativas, vía prueba de nivel o vía acreditación de certificados de idiomas. Si el importe de la subvención resultara insuficiente para atender a la totalidad de los estudiantes, las solicitudes se puntuarán y ordenarán conforme a los criterios de baremación utilizados por la universidad dentro de su propia convocatoria, pudiendo valorarse el aprovechamiento académico, la vulnerabilidad personal o familiar, o acreditar la condición de víctima de violencia de género conforme a lo establecido en el artículo 31 de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid, entre otros.
  • Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos,así como de las condiciones de difusión establecidas en lacláusula undécima.
  • Certificación emitida por la Intervención de la universidad u órgano de control equivalente, justificativo de la correcta acreditación documental del cumplimiento de los requisitos exigidos en el convenio. Asimismo, y para el caso de que la universidad otorgue ayudas complementarias al presente programa con fondos propios, la certificación acreditará el importe y aplicaciónde los mismos, tal y como se establece en el artículo 30.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Certificación emitida por el representante de la universidad de la aplicación de los fondos percibidos con el desglose detallado de los mismos, así como la determinación de aquellos que no hubieran sido ejecutados a fin de proceder al reintegro de las correspondientes cantidades y, en su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos.
  • Relación de perceptores y solicitantes e xcluidos, con sus
  • CIENCIA Y UNIVERSIDADES 9 correspondientes cuantías individuales o motivo de exclusión, según corresponda, ordenados conforme a los criterios de adjudicación, con la correspondiente especificación individual de las circunstancias económicas y académicas de cada estudiante. La información se presentará en formato PDF firmado y en Excel, incluyendo los campos requeridos por la Dirección General Universidades.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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El presente convenio tiene por objeto regular la concesión directa, por razones de interés social, de una subvención a la Universidad Rey Juan Carlos destinada a sufragar ayudas adicionales a los beneficiarios del programa de movilidad ERASMUS+KA131, correspondientes al curso 2026-2027. Estos estudiantes realizarán fuera de España, bien estudios en una institución de educación superior o bien prácticas en el mercado labora l de un país extranjero , estando estas prácticas siempre relacionadas con los estudios en los que están matriculados.