Asociaciones culturalesPersonas jurídicasES522 - Castellón / Castelló

Convenio con la asociación juvenil Jove dixieland band para la celebración de ultrasons en el 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES522 - Castellón / Castelló. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALCORA, L'.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Adoptar el acuerdo de concesión de la subvención nominativa prevista en el estado de gastos del Presupuesto municipal vigente, aplicación presupuestaria
  • 3340.48041 por importe de 12.000,00 euros.
  • Proceder al ingreso del 60% de la cantidad objeto de subvención una vez firmado el convenio. Este ingreso conforme al artículo 34.4 de la LGS, se realizará como pago anticipado antes de la presentación y aprobación de la justificación de los gastos. El resto de la subvención, es decir, el 40% se abonará tras la aprobación de la justificación presentada por la entidad beneficiaria.
  • Se dispensa del depósito de garantía dado que se trata de una entidad sin ánimo de lucro, de acuerdo con lo establecido en el artículo 42.1 d) del Reglamento de la
  • El Ayuntamiento de l’Alcora prestará el salón gótico de la Casa de la Música y alrededores del mismo, o cualquier otro espacio municipal para la celebración de la actividad subvencionada si así se solicita por sede electrónica en el trámite correspondiente para ello. No obstante, el organizador del evento, en este caso la entidad beneficiaria de la subvención, si lo considera conveniente por cualquier circunstancia, podrá decidir en cualquier momento cambiar de ubicación la celebración del evento subvencionado (En el caso de considerarse otro espacio municipal al inicialmente autorizado deberá solicitarse de nuevo por sede electrónica en el trámite correspondiente).
  • Con carácter primordial, cumplir el objetivo de este convenio.
  • La entidad beneficiaria presentará la documentación establecida en el presente convenio a efectos de justificar en forma y plazo la subvención concedida.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el ayuntamiento, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizarse, aportando cuanta información le sea requerida en relación a la actividad subvencionada.
  • Comunicar al ayuntamiento la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a Ajuntament de l'Alcora C/ Sant Francesc, 5. E-mail a efecto de NOTIFICACIONES ENTRE ADMINISTRACIONES: registro@alcora.org, l ´Alcora. 12110 (Castelló). Tel. 964360002. Fax: 964386455
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos en el presente convenio.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
  • El beneficiario debe realizar y acreditar que se ha efectuado la publicidad sobre la financiación pública de la actividad subvencionada (art. 14.1 h), LGS). En caso de que el beneficiario se encuentre comprendido en los supuestos del art. 3.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, deberá adaptarse a las obligaciones de publicidad activa que le resulten aplicables.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos previstos, de conformidad con la cláusula decimosegunda del convenio.
  • Presentar, en su caso, la renuncia de la subvención al objeto de evitar el innecesario bloqueo de fondos públicos. La entidad beneficiaria podrá renunciar a la subvención concedida, siempre que la renuncia se formule con anterioridad a la finalización del plazo de ejecución de la actividad subvencionada y mientras la actividad o proyecto no haya sido iniciado. La renuncia deberá presentarse de forma expresa, mediante escrito dirigido al órgano concedente. En el caso de que se hayan recibido pagos anticipados, el beneficiario estará obligado a devolverlos junto con los correspondientes intereses de demora. El incumplimiento de presentar la renuncia dentro del plazo y en la forma establecida podrá dar lugar, en su caso, a la exigencia de reintegro, al devengo de los intereses de demora que procedan y a la aplicación del régimen de infracciones y sanciones previsto en el título IV de la LGS y en el título VII de la OGS.
  • La Asociación Juvenil Jove Dixieland Band será la entidad responsable de la organización y gestión de las actividades y actuaciones propuestas en la memoria y deberá satisfacer, en su caso, los correspondientes derechos de autor por las actuaciones organizadas.
  • 3340.48041 y asciende a la cantidad de 12.000,00 euros. (RC 2026.2.0001444.000 ).
  • De conformidad con el artículo 31 LGS, se consideran gastos subvencionables, aquellos que de manera indubitada responden a la naturaleza de las actividades subvencionadas, resulten estrictamente necesarias y se realicen en el plazo establecido en el presente convenio, del 1 de junio al 15 de noviembre de 2026. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.
  • Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación , sin perjuicio de lo establecido en la base décima del presente convenio, para el caso de determinados justificantes referentes a las retenciones y pago del IRPF o IRNR (modelo 111 o equivalente) y del gasto de la Seguridad Social. No obstante, se consideraran efectivamente pagados los gastos, a efectos de su consideración como subvencionables, con la cesión del derecho de cobro de la subvención a favor de los acreedores por razón del gasto realizado o con la entrega a los mismos de un efecto mercantil, garantizado por una entidad financiera o compañía de seguros.
  • Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la legislación contractual administrativa para el contrato menor, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de subvención. Ajuntament de l'Alcora C/ Sant Francesc, 5. E-mail a efecto de NOTIFICACIONES ENTRE ADMINISTRACIONES: registro@alcora.org, l ´Alcora. 12110 (Castelló). Tel. 964360002. Fax: 964386455
  • Ajuntament de l'Alcora La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, o, en su caso, en la solicitud de subvención, se realizará conforme a criterios de eficacia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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