Personas jurídicasES51 - CATALUÑA

Convenio con la Asociación Empresarial Empresas de inserción de Cataluña FEICAT, para el financiamiento de la promoción, difusión i sensibilización de las empresas de inserción para el año 2026-2027

Fomento del Empleo

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES51 - CATALUÑA. La gestiona DEPARTAMENT D'EMPRESA I TREBALL.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • La justificación equivalente a la cuantía anual del presupuesto, mediante un informe de auditor.
  • Una declaración de inicio de las acciones correspondientes a la anualidad siguiente.
  • Un informe del órgano gestor sobre el cumplimiento parcial de la finalidad y la evaluación de la continuidad del proyecto. El informe de auditor y el resto de documentación de justificación de la subvención anual se tienen que presentar en el plazo de dos meses a contar de la finalización del plazo de ejecución del proyecto anual. Los pagos se tienen que hacer de acuerdo con la liquidez, la disponibilidad y los criterios de programación de la Tesorería de la Generalitat. El pago de los mencionados se tiene que hacer sin que la entidad tenga que aportar ninguna garantía, de acuerdo con el artículo 42.2.c) del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. La firma del Convenio implica la autorización a las unidades administrativas para que contabilicen la disposición de crédito a favor de las personas beneficiarias en el sistema corporativo de la contabilidad GECAT, y la autorización para contabilizar el reconocimiento de las obligaciones económicas que se derivan. Octavo. Obligaciones de la entidad beneficiaria
  • Con la firma de este Convenio subvencional, la entidad beneficiaria asume el
  • Llevar a cabo las actuaciones subvencionadas de acuerdo con el proyecto presentado. Las actuaciones del proyecto se tienen que ejecutar entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2027.
  • Destinar el importe de la subvención al cumplimiento de la finalidad para la cual se concede la subvención.
  • Facilitar en todo momento la información que le sea solicitada, así como el acceso al personal autorizado del Departamento para inspeccionar todo aquello que haga referencia al desarrollo de las actuaciones objeto de la subvención otorgada, y someterse a las actuaciones de comprobación del Departamento de Empresa y Trabajo, de la Intervención General de la Generalitat de Catalunya, de la Sindicatura de Cuentas y de otros órganos competentes, de acuerdo con la normativa aplicable.
  • Cumplir lo que dispone la normativa vigente en materia de política lingüística con respecto a la atención en el público, la rotulación y el material de gráfico de las actividades.
  • Cumplir las obligaciones que establecen los artículos 3.4.a) y 3.4.b) de la Ley 19/2014, del 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, para los partidos políticos, las asociaciones y las fundaciones vinculadas, las organizaciones sindicales y empresariales y las entidades privadas, si perciben subvenciones o ayudas públicas de más de 100.000 euros anuales, o si al menos el 40% de sus ingresos anuales procede de subvenciones o ayudas públicas, siempre que esta cantidad sea de más de 5.000 euros.
  • Cumplir los principios éticos y las reglas de conducta a los cuales los beneficiarios de subvenciones o ayudas tienen que adecuar su actividad y los efectos de un posible
  • Incluir el logotipo de la Generalitat de Catalunya y la expresión “Con el apoyo de la Generalitat de Catalunya” en los elementos informativos y de difusión de la actividad objeto de subvención, según el Programa de identificación visual (PIV). Este logotipo
  • Establecer un sistema de contabilidad separada o codificación contable adecuada que permita determinar cómo se ha imputado un elemento de gasto a las actividades del Convenio.
  • Respetar las condiciones de la Ley 19/2020, del 30 de diciembre, de igualdad de trato y no discriminación, y, en consecuencia, no promover desigualdades por cualesquiera de los motivos a que hace referencia el artículo 1 de la Ley mencionada, y adoptar medidas destinadas a evitar actuaciones o comportamientos que puedan atentar contra la dignidad de las personas y contra el libre desarrollo y la libre expresión, sin ningún tipo de discriminación, de la propia personalidad y de las capacidades personales.
  • No cometer, incitar o promocionar actos de LGTBI-fòbia.
  • Cumplir los requisitos de accesibilidad establecidos en el artículo 9 del Decreto 216/2023, de 5 de diciembre, sobre accesibilidad de los sitios web y de las aplicaciones para dispositivos móviles de la Administración de la Generalitat de Catalunya y de su sector público, en caso de que se prevea como gasto subvencionable el diseño, el desarrollo, la producción o la modificación sustancial de un sitio web o de una aplicación móvil.
  • Comunicar al Departamento de Empresa y Trabajo la información relativa a las retribuciones de sus órganos de dirección o administración a efectos de hacerlas públicas, o bien comunicar la web en que se recoja esta información, de acuerdo con el artículo 15.2 de la Ley 19/2014, del 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y el artículo 12 del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública.
  • En los tratamientos de datos que la FEICAT lleve a cabo con motivo de la ejecución de las actuaciones vinculadas a la subvención, hace falta que se someta a lo que dispone la normativa aplicable, hecho que comporta, entre otras obligaciones normativas, habilitar un tratamiento de datos específico, informar a las personas afectadas del tratamiento de que se hará de sus datos (adecuación de formularios, etc.), e implementar medidas de seguridad adecuadas de acuerdo con el nivel de riesgo asociado a su tipología.
  • El incumplimiento de las obligaciones establecidas puede ser causa de reintegro total o parcial de la subvención, de acuerdo con el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. Noveno. Compromisos del Departamento de Empresa y Trabajo A los efectos de este Convenio subvencional, el Departamento de Empresa y Trabajo se compromete a financiar los gastos de las actividades que se describen en la cláusula segunda de este Convenio. Décimo. Justificación de los gastos
  • La FEICAT tiene que justificar el importe de 181.376,57 euros, coste total de las actuaciones subvencionadas, corresponde a 91.050,18 euros para el año 2026 y 90.326,39 euros para el año 2027. Una vez finalizadas las actuaciones anuales, de acuerdo con el ámbito temporal que establece el pacto tercero de este Convenio, la entidad tiene que presentar, en el plazo máximo de dos meses, la cuenta justificativa, y aportar el informe de auditor, en el que se acredite la realización de las actuaciones subvencionadas del año correspondiente, y la aplicación de los fondos percibidos. La cuenta justificativa con el informe de auditor tiene que incluir la revisión de la totalidad de los gastos hechos en el proyecto, y se tiene que hacer de acuerdo con la Orden ECO/172/2015, de 3 de junio, sobre las formas de justificación de subvenciones (DOGC núm. 6890, de 11.6.2015), que ha sido modificada por la Orden VEH/79/2020, de 9 de junio.
  • Una memoria técnica justificativa de la actuación, en qué se acredite el cumplimiento de las condiciones fijadas en la concesión y se indiquen las actividades realizadas y los resultados obtenidos, según el modelo normalizado.

Gastos y actuaciones

  • Los gastos subvencionables a los efectos de este Convenio son los siguientes: · eligible
    Las remuneraciones totales o parciales del personal técnico que participe en las actuaciones y en las tareas de coordinación.
  • Los gastos subvencionables a los efectos de este Convenio son los siguientes: · eligible
    Los gastos de alquiler necesarios para desarrollar las actuaciones dentro del ámbito de ejecución del proyecto.
  • Los gastos subvencionables a los efectos de este Convenio son los siguientes: · eligible
    Los servicios de profesionales externos necesarios para las actuaciones.
  • Los gastos subvencionables a los efectos de este Convenio son los siguientes: · eligible
    Los gastos relativos a la creación de herramientas y recursos web formativos, multimedia o de contenidos.
  • Los gastos subvencionables a los efectos de este Convenio son los siguientes: · eligible
    Los gastos de material, publicidad y comunicación vinculados a la difusión dentro del ámbito de ejecución del proyecto.
  • Los gastos subvencionables a los efectos de este Convenio son los siguientes: · eligible
    Las primas de seguros vinculadas a las actuaciones.
  • Los gastos subvencionables a los efectos de este Convenio son los siguientes: · eligible
    El importe del IVA efectivamente soportado y no recuperable. La entidad beneficiaria tiene que declarar la situación en que se encuentra respecto de este impuesto. En caso de que esté sujeta a régimen de prorrata general o especial, solo se puede imputar el porcentaje que le corresponda legalmente.
  • Los gastos subvencionables a los efectos de este Convenio son los siguientes: · eligible
    Los gastos del informe de auditoría respecto de la justificación económica de la subvención. Este gasto tiene la consideración de gasto indirecto del proyecto y se puede imputar el 100% del importe, con un máximo anual de 3.000,00 euros.
  • Los gastos subvencionables a los efectos de este Convenio son los siguientes: · eligible
    Gastos de desplazamiento y de dietas. Los gastos de desplazamiento de las personas contratadas por la entidad están sujetos a los límites y las condiciones que establece el

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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