CONVENIO CON LA ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES SANTA CATALINA PARA LA DINAMIZACIÓN DEL COMERCIO LOCAL

Comercio, Turismo y Pymes

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES412 - Burgos. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUERO.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto y realizar la actividad para la que se concede la ayuda conforme al proyecto.
  • Acreditar ante este Ayuntamiento la realización de la actividad y su justificación conforme a lo señalado en la Ordenanza General de Subvenciones, Convenios y otras Ayudas del Ayuntamiento de Aranda de Duero.
  • Hacerse cargo de los gastos derivados de protocolo, alquiler de local, iluminación y sonido, sociedad de autores y otros.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y facilitar los datos que se le requieran conforme al artículo 29 de la Ordenanza General de Subvenciones, Convenios y otras Ayudas del Ayuntamiento de Aranda de Duero.
  • Comunicar, tan pronto como se conozca, la obtención de subvenciones o ayuda para la misma finalidad, procedentes de otras administraciones y entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales.
  • Justificar adecuadamente la subvención en la forma prevista en este convenio y en la Ordenanza General de Subvenciones, Convenios y otras Ayudas del Ayuntamiento de Aranda de Duero.
  • Estar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión, al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación aplicable al beneficiario, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de la subvención, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
  • Reflejar en toda la publicidad generada por la actividad subvencionada la imagen institucional del Ayuntamiento, así como la leyenda relativa a la financiación del Ayuntamiento de conformidad a lo previsto en el artículo 31 del RD 887/2006, de 21 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley General de Subvenciones. El Ayuntamiento de Aranda de Duero, pondrá a disposición el espacio necesario para la realización de ferias y actividades de dinamización y animación de calle y autorizará la instalación de carpas, reservará el dominio público para realizar las acciones de carga y descarga necesarias y facilitará la colaboración de la Policía Municipal, previa solicitud de la Asociación de Comerciantes de Santa Catalina en la que se indicará la campaña, fechas y descripción de las actividades.
  • Documento firmado electrónicamente (RD 203/2021). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16340666156241273453 en https://sede.arandadeduero.es beneficiaria deberá presentar certificado de exención de IVA expedido por la Agencia tributaria.
  • SÉPTIMA.- La presente ayuda se considera compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. En ningún caso, el importe de los fondos recibidos podrá superar el coste de la actividad.
  • OCTAVA.- El importe de la subvención se abonará con cargo a los créditos que figuran en el presupuesto de gastos, conforme a la aplicación presupuestaria señalada en el Expositivo Tercero del presente convenio. El pago se efectuará en el plazo de quince días a partir de la aprobación de la concesión de la subvención, siendo del 90% del importe señalado en este convenio, abonándose el 10% restante una vez se hubiere justificado debidamente la realización de la actividad o proyecto. Con carácter previo pago de la subvención, deberá acreditarse en el expediente que la entidad beneficiaria se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • NOVENA.-La percepción de los fondos deberá justificarse mediante la presentación de una cuenta justificativa que acredite el cumplimiento del objeto de la subvención. Dado que las actividades objeto de subvención a realizar por la Asociación de Comerciantes de Santa Catalina abarcan todo el ejercicio 2026, realizando en diciembre la Campaña de Navidad, podrá presentarse la cuenta justificativa hasta el 15 de enero del 2027, tal como se contempla en la Ordenanza general de Subvenciones del Ayuntamiento de Aranda de Duero.
  • Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
  • Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto estimado, se indicarán las desviaciones acaecidas.
  • Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
  • En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos. UNDÉCIMA.- El régimen jurídico aplicable será el establecido en este Convenio, en la Ordenanza General de subvenciones de Ordenanza General de Subvenciones, Convenios y otras Ayudas del Ayuntamiento de Aranda de Duero, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en su normativa de desarrollo, sin perjuicio de lo establecido como legislación estatal básica en los artículos 47 a 53 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Y en prueba de conformidad, se firma el presente Convenio, por duplicado, en el lugar y fecha arriba indicado.
  • de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, asistido por la secretaria general que actúa como fedataria en la formalización del presente convenio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2f) del RD 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Y de otra parte, María Teresa Pascual Núñez, representante de la entidad Asociación de Comerciantes de Santa Catalina, de Aranda de Duero con CIF G09569815 cuyo objeto social es la defensa, revitalización y promoción del sector comercial, y autorizado para suscribir el presente Convenio por. En adelante entidad beneficiaria. Ambas partes se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad legal

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Comercio, Turismo y Pymes