Personas jurídicasES704 - Fuerteventura

CONVENIO CON LA ASOCIACIÓN BANDA MUNICIPAL DE PÁJARA: GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

Educación

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES704 - Fuerteventura. La gestiona CABILDO INSULAR DE FUERTEVENTURA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Memoria justificativa de que la actividad subvenci onada fue realizada de acuerdo con la solicitud y memoria presentada.
  • Relación de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
  • Cuenta justificativa aportando facturas de gastos totales realizados, por un importe total de
  • 000,00€ (cuarenta y seis mil euros).
  • El plazo máximo para presentar la justificación de la subvención será el 28 de febrero de
  • La justificación será declarada por el órgano compe tente, y la propuesta de declaración de justificación deberá contar con informe de un técni co adscrito a la Unidad de Educación y Juventud, en el que conste que efectivamente la act ividad ha sido ejecutada conforme al objeto del presente convenio.
  • OCTAVA. – Subcontratación Se autoriza la subcontratación del 100% del importe del proyecto subvencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la LGS, en el artículo 68 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el R eglamento de la Ley General de Subvenciones. La entidad/persona subcontratada no tiene obligació n alguna frente al Cabildo Insular de Fuerteventura, quedando sólo sometidos al deber de colaboración en un eventual control financiero posterior y a los solos efectos de facil itar toda la información que les sea requerida por el órgano de control.
  • NOVENA. - Modificación del Convenio. El presente convenio podrá ser modificado por acuer do de las partes. Cualquier variación de las cláusulas del presente convenio habrá de plasma rse en la correspondiente modificación, previa fiscalización y acreditación de la existencia de crédito adecuado y suficiente, en su caso.
  • DÉCIMA. - Incumplimiento del Convenio El incumplimiento por parte de la Asociación Banda municipal de Pájara o del Cabildo Insular de Fuerteventura de las estipulaciones incluidas en el presente convenio, se entenderá como causa bastante de resolución del mismo. En tal caso, se procederá al reintegro de las cantidades percibidas, más el interés de demora devengado desde el momento del abono de la subvención, conforme a lo establecido en las Bases de Ejecución del Presupuesto vigente y la Ord enanza General Reguladora de Subvenciones del Excmo. Cabildo de Fuerteventura. UNDÉCIMA. - Protección de datos personales Las partes se comprometen y obligan a cumplir con l a legislación en materia de protección de datos de carácter personal vigente, asumiendo cada una la responsabilidad en que por este concepto pueda incurrir, prevista en el Reglamento UE 2016/679 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos y la libre circulación de estos datos
  • Documento firmado electrónicamente (RD 203/2021 de 30 de marzo) Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Ad ministrativo Común de las Administraciones Públicas. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Publico. Ley 8/2015, de 1 de abril, de cabildos insulares. La Ordenanza General de Subvenciones aprobada por el Excmo. Cabildo de Fuerteventura el 30 de diciembre de 2004. Las Bases de Ejecución del Presupuesto del Cabildo Insular que estén vigentes a la firma de este convenio. La Legislación Básica del Estado reguladora de la Administración Local. Las dudas y las controversias que pudiesen plantear se sobre la interpretación y la ejecución del presente Convenio podrán solventarse de mutuo a cuerdo entre las partes, a través de la Comisión de seguimiento. En defecto de acuerdo será n sometidas a la competencia del orden jurisdicción al contencioso-administrativo. Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio en lugar y fecha señalados en el encabezamiento, quedando un ejemplar en poder de cada una de las partes. SEGUNDO. Autorizar y disponer el gasto con cargo a la partid a presupuestaria

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Educación