Convenio con Fundación FAD Juventud para financiar el proyecto "Prevenir las adicciones: educar para la vida" durante e · 2026

Título oficial: Convenio con Fundación FAD Juventud para financiar el proyecto "Prevenir las adicciones: educar para la vida" durante el año 2026

Ayuntamiento de Castelló de la Plana y la FUNDACIÓN FAD JUVENTUD para financiar la ejecución del p royecto “Prevenir las adicciones: educar para la vida ” durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2026, que organiza la citada entidad en los centros escolares de la ciudad. Cód. Validación: AX2EPRLNXYHDWGPWRQMWEZNX9 Verificación: https://sede.castello.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 17

En resumen: Está orientada a Fundaciones, Entidades sociales, Personas jurídicas, Jóvenes. Su ámbito territorial es ES522 - Castellón / Castelló. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CASTELLÓN DE LA PLANA/CASTELLÓ DE LA PLANA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Fundaciones, Entidades sociales, Personas jurídicas, Jóvenes.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 30.000,00 €. Inicio: 06/03/2026. Plazo: Fin: 14/07/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • subvención, se realizará mediante presentación vía telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Castelló de la Plana ( https://sede.castello.es), en el trámite “Justificación subvenciones nominativas en materia de prevención de adicciones”, de la documentación que integra la cuenta justificativa a la que alude el artículo 17.3 de la OGS. La justificación económica de la realización del proyecto deberá realizarse con estricto
  • declaración acreditativa del cumplimiento de la finalidad para la que fue concedida la subvención y de la aplicación de los fondos a la finalidad destinada. Asimismo, constará que de conformidad con lo establecido en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los gastos realizados han sido los estrictamente necesarios y
  • Número de solicitudes de actuaciones preventivas y número de actuaciones realizadas (por centro educativo o entidades similares).
  • Número de asistencias a programas de prevención (cobertura de participantes)
  • Grado de satisfacción general con las actividades realizadas.
  • digitales (LOPDGDD), las partes se comprometen a cumplir con la normativa vigente en el tratamiento de los datos personales que se deriven de la ejecución del presente convenio.
  • Tratamiento de datos para la gestión del convenio: Los datos de carácter personal de los firmantes y del personal de contacto, incluidos en este documento, serán tratados por ambas partes con la finalidad de gestionar la relación subvencional, siendo la base de legitimación la ejecución de la relación jurídica existente entre ellas. Dichos datos se conservarán durante la vigencia del convenio y los plazos legales aplicables.
  • Tratamiento de datos de los beneficiarios del proyecto: Respecto a los datos de los beneficiarios del proyecto subvencionado, se establecen los siguientes regímenes de
  • Datos recabados directamente por la entidad: La Fundación FAD Juventud será la Responsable del Tratamiento d e los datos personales que recabe por sus propios medios para la ejecución del proyecto. Deberá garantizar que dispone de una base de legitimación válida (ej. consentimiento de los interesados) e informar a los mismos en los términos exigidos por los artículos 13 y 14 del RGPD.
  • Datos de usuarios derivados por los Servicios Sociales Municipales: En los supuestos de derivación de personas usuarias desde los Servicios Sociales Municipales, el Excmo. Ayuntamiento de Castelló de la Plana actuará como Responsable del Tratamiento y la Fundación FAD Juventud como Encargada del Tratamiento. Esta relación se regirá por un Acuerdo de Encargo de Tratamiento suscrito entre ambas partes, de conformidad con el artículo 28 (Obligaciones generales del responsable y encargado del tratamiento ) de la LOPDGDD, que se adjuntará como anexo al presente convenio o se formalizará en documento independiente. Dicho acuerdo detallará las instrucciones del tratamiento, las medidas de seguridad, el destino de los datos a la finalización del servicio y demás obligaciones exigidas por la normativa. El Ayuntamiento, como responsable, informará a las personas afectadas sobre la finalidad del tratamiento y los derechos que les asisten, recabando su consentimiento explícito para la derivación y el tratamiento de sus datos por parte de la entidad encargada.
  • Derechos de los interesados y colaboración: Los interesados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición dirigiéndose al
  • responsable del tratamiento correspondiente. Para ello, deberán contactar con: Fundación FAD Juventud: a través del correo electrónico mecheverria@fad.es. Ayuntamiento de Castelló de la Plana: a través del correo electrónico de su Delegado de Protección de Datos: dpd@castello.es. Ambas partes se comprometen a colaborar en caso de reclamación o inspección por parte de la Agencia Española de Protección de Datos, obligándose a mantener indemne a la otra parte de cualquier responsabilidad derivada del incumplimiento de las obligaciones que, en esta materia, les correspondan. Decimoquinta. Jurisdicción competente.- Las partes, para cualquier cuestión derivada del presente convenio, renuncian a cualquier o tro fuero que pudiera corresponderles, y se someten expresamente a la Jurisdicción competente en Castelló de la Plana.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Segunda. Importe subvención y gastos subvencionables.- El Ayuntamiento de Castelló · eligible
    Costes directos:
  • Segunda. Importe subvención y gastos subvencionables.- El Ayuntamiento de Castelló · eligible
    Personal técnico de la Fundación FAD Juventud, por cuenta ajena, que destinarán como máximo el 15% de su jornada de enero a diciembre durante el periodo escolar, (cuatro licenciadas en Psicología/Sociología/Pedagogía) por un importe de 3.500 euros.
  • Segunda. Importe subvención y gastos subvencionables.- El Ayuntamiento de Castelló · eligible
    Personal colaborador externo, por cuenta propia, (profesionales técnicos medios o superiores, psicólogos, trabajadores sociales, y otras profesiones dedicadas a la intervención social), con jornada de enero a diciembre, por un importe de 25.200 euros.
  • Segunda. Importe subvención y gastos subvencionables.- El Ayuntamiento de Castelló · eligible
    Costes indirectos:
  • Segunda. Importe subvención y gastos subvencionables.- El Ayuntamiento de Castelló · eligible
    Personal de gestión y administración, por cuenta ajena (un técnico de gestión y
  • Segunda. Importe subvención y gastos subvencionables.- El Ayuntamiento de Castelló · eligible
    Gastos de mantenimiento de la web por un importe de 300 euros. Si el importe justificado es inferior a la subvención concedida, el porcentaje que representan los costes indirectos (4,33%) se aplicará al importe justificado. Las nóminas del personal de la Fundación FAD Juventud a imputar a la subvención hacen referencia tanto al líquido de la nómina, como al IRPF y la Seguridad Social del trabajador, a las que se suman los gastos de Seguridad Social correspondientes a la empresa. La FUNDACIÓN FAD JUVENTUD podrá subcontratar hasta un máximo de 25.200 euros en gastos de personal técnico colaborador para la ejecución del proyecto, lo que representa un 84,00 % del importe total de la subvención.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Ayuntamiento de Castelló de la Plana y la FUNDACIÓN FAD JUVENTUD para financiar la ejecución del p royecto “Prevenir las adicciones: educar para la vida ” durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2026, que organiza la citada entidad en los centros escolares de la ciudad.