Personas jurídicasES704 - Fuerteventura

CONVENIO CON EL AYUNTAMIENTO DE LA OLIVA. XX FESTIVAL INTERNANCIONAL DE BLUES & JAZZ 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES704 - Fuerteventura. La gestiona CABILDO INSULAR DE FUERTEVENTURA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • 1.- Del Cabildo Insular de Fuerteventura. El Cabildo Insular de Fuerteventura se compromete al pago de las subvención de acuerdo con el contenido del convenio y con sujeción a lo previsto en el presupuesto general del Cabildo para el año 2026, en el que se ha consignado en la aplicación presupuestaria 50510.3340A.4620226 una subvención nominativa a favor del Ayutamiento de La Oliva para la organización y desarrollo del “XX Festival Internacional de Blues & Jazz 2026” por importe de 40.000 euros.
  • 2.- Del Ayuntamiento de La Oliva.
  • - En el presupuesto general del ejercicio económi co de 2026 del Cabildo Insular de Fuerteventura, aparece consignada en la aplicación presupuestaria 50510.3340A.4620226 una subvención nominativa a
  • El presupuesto de ingresos y gastos previstos por el Ayuntamiento de La Oliva es el siguiente: INGRESOS PREVISTOS Importe Subvención Cabildo Insular de Fuerteventura XX Festival Internacional de Blues & Jazz 2026
  • 000 € Fondos propios Ayuntamiento de La Oliva XX Festival Internacional de Blues & Jazz 2026
  • El presupuesto de gastos previstos por el Ayuntamiento es el siguiente:
  • Podrán admitirse las desviaciones del presupuest o que no representen más del 25% del presupuesto, siempre que no se modifique la cuantía total subvencionada, ni la desviación afecte a conceptos de gasto no autorizados o limitados. Dichas desviaciones deben ser comunicadas.
  • La subvención será compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
  • De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 4 del RLGS, cuando se produzca exceso de las subvenciones percibidas de distintas entidades públ icas respecto del coste del proyecto o actividad, y aquéllas fueran compatibles entre sí, la beneficiaria deberá reintegrar el exceso junto con los intereses de demora, uniendo las cartas de pago a la correspondi ente justificación. El reintegro del exceso se hará a favor de las entidades concedentes en proporción a las subvenciones concedidas por cada una de ellas. No obstante, cuando sea la administración la que ad vierta el exceso de financiación, exigirá el reinte gro por el importe total del exceso, hasta el límite de la subvención otorgada por ella.
  • En ningún caso, el importe de la subvención concedida podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingres os o recursos supere el coste de la actividad subvencionada.
  • Tras la firma del presente convenio, previa la t ramitación del correspondiente expediente de gasto y con carácter previo a la justificación, el Cabildo procederá a transferir a la beneficiaria el 100% de la cantidad prevista en la cláusula segunda, esto es 4 0.000 euros, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención.
  • No se podrá realizar el pago de la subvención en tanto la beneficiaria no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro.
  • El Ayuntamiento de La Oliva deberá justificar la subvención concedida mediante la presentación de l a
  • La presentación de la justificación se realizará en el plazo de tres (3) meses desde la finalizació n del plazo para la realización de la actividad, No obsta nte, la entidad beneficiaria podrá solicitar la ampliación del plazo otorgado conforme a lo dispuesto en el artículo 70 del RLGS.
  • El incumplimiento de la obligación de justificac ión de la subvención en los términos convenidos o l a justificación insuficiente llevará aparejado el rei ntegro de las cantidades percibidas en las condicio nes previstas en la Ley General de Subvenciones.
  • El presente convenio podrá ser modificado por acuerdo expreso de las partes en caso de alteración d e las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, siempre que no dañe derechos de terceras personas.
  • La alteración de las condiciones se plasmará en la correspondiente modificación, previa fiscalización y acreditación de la existencia de crédito adecuado y suficiente, en su caso, sin perjuicio de lo establ ecido en la estipulación tercera sobre las desviaciones del presupuesto.
  • El incumplimiento por alguna de las partes de la s estipulaciones del presente convenio será motivo de petición de la resolución y facultará a los otros f irmantes para exigir la resolución o cumplimiento c omo establece el artículo 51.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
  • El incumplimiento del convenio dará lugar al rei ntegro de la subvención con el interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención, en los casos y en los términos previstos en los artículos 37 LGS, sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 35 de la citada ley. UNDÉCIMA. Publicidad.
  • En las actuaciones que se lleven a cabo, en todo o en parte, en ejecución de esta subvención, que impliquen difusión, ya sea impresa o por cualquier otro medio, deberá incorporarse de forma visible la imagen institucional del Cabildo Insular de Fuertev entura o Identidad Corporativa Gráfica, y de la Consejería de Cultura, con el fin de dar la adecuad a publicidad al carácter público de la financiación del proyecto objeto de subvención.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Cultura