Convenio con Consejo Juvent. La Rioja. SUBVENC. NOMINAT. Financ. actividades

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Jóvenes. Su ámbito territorial es ES230 - La Rioja. La gestiona CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, DEPORTE Y JUVENTUD.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

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Gastos y actuaciones

  • CUARTA: GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    Procederá el reintegro total de las cantidades percibidas en los siguien tes supuestos: 1º.- Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquellas que lo hubieran impedido. 2º.-Incumplimiento total del objetivo, de la actividad, del proyecto o la no adopción del comportamiento que fundamentan la concesión de la subvención. 3º.- Incumplimiento de lo dispuesto en materia de protección de infancia en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia y en el artículo
  • CUARTA: GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    4 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, del Voluntariado. 4º.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 7/2023, de 20 de abril, de igualdad efectiva de mujeres y hombres de La Rioja , será causa de reintegro de la subvención incurrir en prácticas discriminatorias por razón de género en la ejecución de la actividad, sancionadas por resolución administrativa o sentencia judicial firme.
  • CUARTA: GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    Procederá el reintegro parcial de las cantidades percibidas en los siguientes supuestos, siempre que el cumplimiento perseguido en el otorgamiento de la subvención se aproxime de modo significativo al cumplimiento total y se acredite por el beneficiario una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción
  • CUARTA: GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    de sus compromisos: 1º.- La Justificación defectuosa o insuficiente. Cantidad a reintegrar: Proporcional al importe no debidamente justificado. 2º.- Incumplimiento de la Obligación de Información previso en la Ley 3/2014, de 11 de septiembre, de Transparencia y Buen Gobierno de La Rioja. Cantidad a reintegrar: 20% de la cantidad percibida. 3º.- La no comunicación de la obtención de otras subvenciones, ayudas u otros ingresos establecida en la cláusula s éptima del presente Convenio siempre que la suma de las subvenciones concurrentes supere el coste de la actividad subvencionada: Cantidad a reintegrar: Proporcional hasta alcanzar el coste de la subvención. Las posibles infracciones en materia de subvenciones que pudieran ser cometidas por el Consejo de la Juventud de La Rioja se graduarán y sancionarán de acuerdo con lo establecido en el Título IV, Capítulos I y II de la citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones . 7 14 00860-2026/058991 Convenio Solicitudes y remisiones generales 2026/0578839 1 Presidente del Consejo de la Juventud de La Rioja 2 Consejero 3
  • CUARTA: GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    La presente subvención podrá ser compatible para la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, sean nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales y el Consejo de la Juventud de La Rioja deberá comunicar dicha obtención tan pronto como se conozca y, en todo caso, con la justificación del Convenio, sin perjuicio de lo que dispone el apartado siguiente.
  • CUARTA: GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aislada o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad o inversión subvencionada. En el caso de que se produjera dicho exceso, la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud minorará el importe de su subvención hasta el mencionado límite.
  • CUARTA: GASTOS SUBVENCIONABLES. · eligible
    UNDÉCIMA: CAUSAS Y CONSECUENCIAS DE LA RESOLUCIÓN DEL CONVENIO. Son causas de extinción del presente C onvenio las específicas recogidas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, además de la imposibilidad sobrevenida , legal o material, de desarrollar las acciones que constituyen su objeto. En caso de resolución del Convenio por incumplimiento total o parcial de sus obligaciones por parte del Consejo de la Juventud de La Rioja, éste deberá hacerse cargo de la financiación de las actividades que, en su caso, se hallen en curso.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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