Convenio con ARBU relativo a la prevención de drogodependencias.

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES412 - Burgos. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BURGOS.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Aquellos de manera indubitada respondan a la nat uraleza de la actividad subvencionada y que sean adecuados a los objetivos y contenidos del programa subvencionado. En concreto, serán
  • Aquellos que se realicen dentro del periodo de ejecución del programa.
  • Los gastos subvencionables deberán estar pagados con anterioridad a la finalización del periodo de justificación.
  • El beneficiario deberá figurar obligatoriamente como destinatario de la factura (NIF o CIF).
  • Tener relación directa los gastos generados con la actividad. Ayuntamiento de Burgos. Código seguro verificación: 16346423273501045427 Puede verificar la autenticidad de este documento en https://sede.aytoburgos.es/validacion
  • Deberá expresar con detalle los bienes y servici os adquiridos.
  • Cumplir con los requisitos técnicos exigidos en el RD 1496/03 de 28 de noviembre por el que se
  • Número de factura y en su caso, serie.
  • Nombre y apellidos, razón o denominación social t anto del emisor como destinatario de la factura.
  • NIF y domicilio, tanto del emisor como destinatar io de la factura.
  • Descripción de las operaciones y fecha de su real ización. - Tipo impositivo aplicado y cuota tributa ria del
  • GASTOS DE PERSONAL. Nóminas que contengan los requ isitos exigidos legalmente, declaración de IRPF y Seguros Sociales en los formatos oficiales exigidos para su presentación.
  • JUSTIFICANTES ACREDITATIVOS DEL PAGO de los gastos realizados; se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación, salvo di sposición expresa en contrario.
  • Para gastos superiores a 600 €, el pago se efect uará a través de medios bancarios.
  • Los pagos pueden ser acreditados mediante al men os una de las formas que se enumeran a continuación:
  • Adeudo bancario nominativo que refleje el importe del documento de gasto.
  • Transferencia bancaria nominativa.
  • Certificado del banco firmado y sellado por el ba nco en el que se detalla que dicha factura ha sido efectivamente pagada.
  • Cheque bancario nominativo acompañándose de su ex tracto bancario.
  • Extracto bancario nominativo.

Gastos y actuaciones

  • Se considerarán gastos subvencionables los que cumplan los requisitos que se señalan a continuación: · eligible
    Aquellos de manera indubitada respondan a la nat uraleza de la actividad subvencionada y que sean adecuados a los objetivos y contenidos del programa subvencionado. En concreto, serán
  • Se considerarán gastos subvencionables los que cumplan los requisitos que se señalan a continuación: · eligible
    subvencionables los siguientes tipos de gasto:
  • Se considerarán gastos subvencionables los que cumplan los requisitos que se señalan a continuación: · eligible
    Aquellos que se realicen dentro del periodo de ejecución del programa.
  • Se considerarán gastos subvencionables los que cumplan los requisitos que se señalan a continuación: · eligible
    Los gastos subvencionables deberán estar pagados con anterioridad a la finalización del periodo de justificación.
  • Se considerarán gastos subvencionables los que cumplan los requisitos que se señalan a continuación: · eligible
    El beneficiario deberá figurar obligatoriamente como destinatario de la factura (NIF o CIF).
  • Se considerarán gastos subvencionables los que cumplan los requisitos que se señalan a continuación: · eligible
    Tener relación directa los gastos generados con la actividad. Ayuntamiento de Burgos. Código seguro verificación: 16346423273501045427 Puede verificar la autenticidad de este documento en https://sede.aytoburgos.es/validacion
  • Se considerarán gastos subvencionables los que cumplan los requisitos que se señalan a continuación: · eligible
    Deberá expresar con detalle los bienes y servici os adquiridos.
  • Se considerarán gastos subvencionables los que cumplan los requisitos que se señalan a continuación: · eligible
    Cumplir con los requisitos técnicos exigidos en el RD 1496/03 de 28 de noviembre por el que se
  • Se considerarán gastos subvencionables los que cumplan los requisitos que se señalan a continuación: · eligible
    Número de factura y en su caso, serie.
  • Se considerarán gastos subvencionables los que cumplan los requisitos que se señalan a continuación: · eligible
    Fecha de expedición.
  • Se considerarán gastos subvencionables los que cumplan los requisitos que se señalan a continuación: · eligible
    Nombre y apellidos, razón o denominación social t anto del emisor como destinatario de la factura.
  • Se considerarán gastos subvencionables los que cumplan los requisitos que se señalan a continuación: · eligible
    NIF y domicilio, tanto del emisor como destinatar io de la factura.
  • Se considerarán gastos subvencionables los que cumplan los requisitos que se señalan a continuación: · eligible
    Descripción de las operaciones y fecha de su real ización. - Tipo impositivo aplicado y cuota tributa ria del
  • Se considerarán gastos subvencionables los que cumplan los requisitos que se señalan a continuación: · eligible
    GASTOS DE PERSONAL. Nóminas que contengan los requ isitos exigidos legalmente, declaración de IRPF y Seguros Sociales en los formatos oficiales exigidos para su presentación.
  • Se considerarán gastos subvencionables los que cumplan los requisitos que se señalan a continuación: · eligible
    JUSTIFICANTES ACREDITATIVOS DEL PAGO de los gastos realizados; se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación, salvo di sposición expresa en contrario.
  • Se considerarán gastos subvencionables los que cumplan los requisitos que se señalan a continuación: · eligible
    Para gastos superiores a 600 €, el pago se efect uará a través de medios bancarios.
  • Se considerarán gastos subvencionables los que cumplan los requisitos que se señalan a continuación: · eligible
    Los pagos pueden ser acreditados mediante al men os una de las formas que se enumeran a continuación:
  • Se considerarán gastos subvencionables los que cumplan los requisitos que se señalan a continuación: · eligible
    Adeudo bancario nominativo que refleje el importe del documento de gasto.
  • Se considerarán gastos subvencionables los que cumplan los requisitos que se señalan a continuación: · eligible
    Transferencia bancaria nominativa.
  • Se considerarán gastos subvencionables los que cumplan los requisitos que se señalan a continuación: · eligible
    Certificado del banco firmado y sellado por el ba nco en el que se detalla que dicha factura ha sido efectivamente pagada.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Servicios Sociales y Promoción Social