Personas jurídicasES521 - Alicante / Alacant

CONVENIO COMISIÓN FIESTAS SANTA CATALINA 2026

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES521 - Alicante / Alacant. La gestiona AYUNTAMIENTO DE PINÓS, EL/PINOSO.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 7.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Memoria de actuación: Memoria descriptiva y detallada de los actos ejecutados, incorporando dossier fotográfico y publicitario acreditativo.
  • Memoria económica y balance de ingresos y gastos: Certificado suscrito fehacientemente por el Presidente, Secretario y/o Tesorero declarando la veracidad de la contabilidad, el cumplimiento de la Ley Orgánica 1/2002, reguladora del Derecho de Asociación, e indicando que las facturas originales se custodiarán a disposición de las autoridades de control.
  • Facturas y justificantes de gasto: Facturas completas adaptadas al Real Decreto 1619/2012 (con desglose de base impagable, IVA e IRPF cuando
  • Conforme a la Ley 11/2021 de medidas contra el fraude fiscal, los pagos de importe igual o superior a 1.000,00 euros deberán acreditarse obligatoriamente mediante resguardo bancario o extracto de adeudo en cuenta . No se admitirán pagos en efectivo para cuantías iguales o superiores a dicho límite.
  • Para importes inferiores a 1.000,00 euros abonados en efectivo, se requerirá factura original con la estampilla o recibí formal del proveedor adecuadamente identificado, debiendo estar igualmente visadas, vinculando formalmente su importe al “Proyecto Actividad Convenio 2026”.
  • OCTAVA.- Difusión Institucional y Publicidad En cumplimiento del artículo 31.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, la entidad beneficiaria deberá hacer constar el patrocinio del Excmo. Ayuntamiento de Pinoso en todos los soportes de difusión impresos y digitales (programas de actos, cartelería, dípticos y anuncios). Para ello, se incluirá obligatoriamente el logotipo oficial del Ayuntamiento de Pinoso y de la Concejalía de Fiestas. Asimismo, se aportará con la justificación acreditación gráfica de las publicaciones o menciones realizadas en las redes sociales oficiales de la entidad.
  • El mutuo acuerdo por escrito de las partes.
  • La imposibilidad sobrevenida de ejecutar las actividades objeto del convenio.
  • El incumplimiento por cualquiera de las partes de las cláusulas estipuladas.
  • Reintegro total (100%): Por el incumplimiento absoluto de los fines para los que se concedió la subvención, o el incumplimiento reiterado de más de dos estipulaciones del convenio.
  • Reintegro parcial del 60%: Por reiteración en el incumplimiento de estipulaciones formales del convenio.
  • Reintegro parcial del 30%: Por el incumplimiento puntual de cualesquiera de las cláusulas operativas.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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