CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA FUNDACIÓN MUJERES, Y DE CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO “EL VAL…

Título oficial: CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA FUNDACIÓN MUJERES, Y DE CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO “EL VALOR DE LOS CUIDADOS Y LA CORRESPONSABILIDAD. VISIBILIZAR LO IMPRESCINDIBLE”.

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Fundaciones, Personas jurídicas, Mujeres e igualdad. Su ámbito territorial es ES613 - Córdoba. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Fundaciones, Personas jurídicas, Mujeres e igualdad.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 5.000,00 €. Inicio: 14/09/2026. Plazo: Fin: 15/09/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Memoria justificativa y detallada de las actuaciones realizadas y grado de efectividad, cumplimiento de los objetivos previstos y resultados obtenidos, fechada y firmada por la persona responsable.
  • Documentación acreditativa de los soportes materiales gráficos,sonoros o de cualquier otra naturaleza utilizados para la divulgación de la actividad y de su financiación por el Ayuntamiento de Córdoba.
  • Declaración responsable de que se ha cumplido la finalidad objeto de la subvención, la vinculación del gasto con dicha finalidad y el cumplimiento de que las facturas y demás justificantes de gasto con cargo a la subvención no han sido expedidas por personas o entidades vinculadas con dicha asociación(conforme a lo previsto en el art.29.7 de la Ley 38/203 de 17 de noviembre, General de Subvenciones , así como art.68.2 del Decreto 887/2006 de 21 de julio RLGS).
  • Estado económico financiero que evidencie la imputación de cada gasto justificado a las actividades realizadas, con relación clasificada por el 100% de los gastos e inversiones realizados para la ejecución del proyecto, así como la acreditación de las subvenciones o fondos recibidos para esta actividad, ya sean propios o de otras entidades, indicando su importe, procedencia y aplicación a la actividad subvencionada.( art 72
  • Originales de las facturas de los gastos realizados imputables a la subvención percibida y demás documentos de valor probatorio equivalente, con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, y que cumplan los requisitos legales (RD 1619/2012 de 30 de noviembre). O bien, copias compulsadas de originales previamente estampillados, haciendo constar su financiación por parte del Ayuntamiento de Córdoba, así como los correspondientes justificantes de pago. En el caso de gastos de personal, se deberán acompañar nóminas firmadas por la persona perceptora, cotización a la Seguridad Social e I.R.P.F cuando proceda (acreditación de su ingreso en Hacienda). Código RAEL JA01140214 Calle Capitulares, s/nº 14071 - Córdoba Tel. 957 49 99 10 alcaldia@ayuncordoba.es
  • Justificantes de los pagos efectivamente realizados que evidencie la imputación de cada gasto justificado a las actividades realizadas, con relación clasificada por el 100% de los gastos e inversiones realizados para la ejecución del proyecto.
  • Documentación que acredite estar al corriente con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Respecto a los criterios de graduación de los posibles incumplimientos de las condiciones impuestas con motivo de la concesión de la subvención, así como en relación al reintegro de la subvención, se estará a lo dispuesto en el Título IV capítulo I, artículos 52 a 69 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y conforme a lo dispuesto en el Título II capítulo I, artículos 36 y 37 c) de la citada ley: “ Incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente, en los términos establecidos en el artículo 30 de esta ley, y en su caso, en las normas reguladoras de la subvención”. En los demás casos, por la normativa reguladora de subvenciones. Podrán admitirse modificaciones que afecten a población beneficiaria, plazo de ejecución de la actividad, previamente consensuados por ambas partes y siempre que estén motivadas para garantizar los objetivos y resultados previstos para la actividad que se subvenciona.
  • SEXTA.- VIGENCIA, PRÓRROGAS Y MODIFICACIÓN El presente Convenio tendrá vigencia desde la fecha de su firma, hasta el 31 de marzo de 2027, con eficacia económica desde el 1 de Enero de 2026. En caso de prórroga, ésta deberá de ser explícita. Se publicarán en la Base Nacional de Datos de Subvenciones, los datos de la entidad y del proyecto subvencionado según la modificación publicada el 16 de septiembre de 2014 (BOE 226) de la Ley General de Subvenciones.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como el Reglamento que desarrolla dicha Ley, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio, y demás legislación y normas que resulten de aplicación.
  • La Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Córdoba, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 167, con fecha del 3 de octubre de 2005.
  • Bases de Ejecución del Presupuesto 2026 del Ayuntamiento de Córdoba. Ambas partes se comprometen a resolver de mutuo acuerdo cualquier discrepancia que pudiera surgir en la interpretación de este Convenio, siendo competente para el conocimiento y resolución de las cuestiones litigiosa la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Habiendo leído el presente documento y hallándose conformes, lo firman digitalmente a un solo efecto, considerándose como fecha de formalización del convenio la de la última firma electrónica. Fechado y firmado digitalmente

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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