CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE HUELVA Y LA FUNDACIÓN VALDOCCO 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Fundaciones, Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES615 - Huelva. La gestiona AYUNTAMIENTO DE HUELVA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Fundaciones, Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 76.397,90 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • - Cumplir los requisitos necesarios para ser beneficiario de la subvención, conforme a lo estipulado por el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  • - Certificar el cumplimiento del objetivo, ejecución de los proyectos, y aplicación de los fondos obtenidos al fin que fundamenta la concesión de las subvenciones.
  • - La entidad quedará sometida a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente.
  • - Dado que la concesión de esta ayuda es compatible con otras para la misma finalidad, comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien
  • Plaza de la Constitución, s/n, Huelva. 21071 (Huelva). Tfno. 959210576. Fax: las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • - Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • - Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación aplicable al beneficiario en cada caso, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
  • - Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
  • - Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de la Ley General de Subvenciones.
  • - Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones. Cualquier prórroga para la justificación de las cantidades deberá ser solicitada con una antelación de quince días, a la fecha en que finalice el límite para presentar dicha justificación.
  • 231.48978, de los vigentes Presupuestos del 2026*,* a los fines anteriormente descritos y para el periodo de vigencia del presente convenio, que comprende del 1 de enero al 31 de diciembre de
  • El importe a justificar por la FUNDACION VALDOCCO alcanzará la cifra de conforme a76.397,90 €, lo establecido en la BASE 23.9 de las Bases de Ejecución del Presupuesto General del ejercicio
  • Supervisar las actividades y exigir la documentación o información necesaria para su control. Convocar la Comisión de Seguimiento.
  • Las partes utilizarán o aplicarán los datos personales única y exclusivamente conforme a las finalidades e instrucciones derivadas de este convenio, y no los comunicarán o cederán a otras personas, ni siquiera para su conservación.
  • Las partes adoptarán las medidas de seguridad, técnicas y organizativas, establecidas en el Reglamento de Medidas de Seguridad, RD 1720/2007, de 21 de diciembre, todo ello de cara a evitar la pérdida, mal uso, alteración, acceso no autorizado y robo de los datos personales, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que estén expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural.
  • Las partes están obligadas a guardar el secreto profesional respecto de los datos de carácter personal que trate en el cumplimiento del convenio, obligación que subsistirá aún cuando finalice la vigencia del mismo.
  • Una vez cumplida la prestación, y en el momento en que, en cumplimiento de las condiciones pactadas o legalmente previstas, finalice la relación entre ambas partes, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos, excepto en lo que la normativa y/o decisiones judiciales pudieran establecer con respecto al mantenimiento temporal mínimo de ciertos datos que por su naturaleza así se requiera; el mismo destino habrá de darse a cualquier soporte o documentos en que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento. El incumplimiento de cualquiera de los acuerdos anteriores será causa suficiente para la rescisión del presente convenio, sin perjuicio de las responsabilidades de cualquier clase en que se puedan incurrir por tal incumplimiento.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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