Convenio de Colaboración entre la Excma. Diputación de Salamanca y el Ayuntamiento de Peñaranda de Bracamonte para la c · 2026

Título oficial: Convenio de Colaboración entre la Excma. Diputación de Salamanca y el Ayuntamiento de Peñaranda de Bracamonte para la cooperación en la gestión de las prestaciones esenciales. Año 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES415 - Salamanca. La gestiona DIPUTACIÓN DE SALAMANCA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 14.000,00 €. Inicio: 15/01/2026. Plazo: Fin: 02/02/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Afrontar, a través del/la Trabajador/a Social adscrito/a a la Unidad municipal de Trabajo Social, la atención directa de las personas residentes en el municipio de acuerdo a la distribución territorial establecida, sustituyendo las bajas laborales de este personal, en caso de producirse, de la forma más rápida posible.
  • La Unidad de Trabajo Social del Ayuntamiento de Peñaranda de Bracamonte se constituye como
  • Con carácter general, para la valoración de casos, la dispensación de servicios y la coordinación y seguimiento de las prestaciones en materia de servicios sociales.
  • En particular para el desarrollo de las siguientes funciones y actividades:
  • Información en relación con los recursos del sistema de servicios sociales.
  • Orientación, asesoramiento y derivación de casos.
  • Detección y diagnóstico de casos, valoración de las situaciones de necesidad y elaboración del plan de atención social de caso , actuando como estructura para el acceso a los servicios sociales.
  • Seguimiento de casos en relación con las prestaciones que, dirigidas a la atención de las necesidades más generales, correspondan en su titularidad o gestión a la Diputación de Salamanca, y coordinación con otros agentes de intervención.
  • Orientación, asesoramiento, valoración y seguimiento de prestaciones según lo establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia y posterior normativa.
  • Detección, valoración de riesgo de desprotección en el ámbito de familia e infancia, y elaboración del plan de intervención social de caso, en coordinación y colaboración con el Equipo Multidisciplinar Específico.
  • Detección, valoración, atención inmediata, establecimiento del plan de intervención y seguimiento de personas víctimas de violencia de género, en coordinación y colaboración con Equipo Multidisciplinar Específico.
  • Promoción de la convivencia e integración familiar y social en coordinación y colaboración con los Equipos Multidisciplinares Específicos.
  • Coordinación y colaboración con el /a técnico en animación comunitaria del Equipo de acción social básico de la zona para el desarrollo de acciones preventivas.
  • Detección y diagnóstico de necesidades generales de la población de su zona, elaboración de propuestas de actuación y evaluación de resultados.
  • Coordinación y colaboración con el /a técnico en animación comunitaria del Equipo de acción social básico de la zona para el desarrollo de actividades de sensibilización y promoción de la participación social. El desarrollo de las funciones anteriores se realizará utilizando los procedimientos e instrumentos unificados por la normativa, salvo lo que excepcionalmente pueda determinarse en este sentido, a fin de asegurar el acceso de los usuarios al resto de las prestaciones del sistema.
  • Facilitar la incorporación de el/la Trabajador/a Social de la Unidad municipal en actividades de formación continua, así como en cuantas convocatorias se realicen para el seguimiento de actuaciones e implementación de proyectos re lacionados con la prestación de Servicios Sociales.
  • Garantizar que los servicios sociales se presten en las mejores condiciones de calidad en base a los requisitos y estándares de atención que determine la normativa, dotando a la unidad municipal de trabaj o social de al menos los siguientes medios: Espacio físico que garantice la atención a los usuarios en condiciones dignas y que permitan preservar la privacidad en el tratamiento de los asuntos propios de la actividad.
  • Herramienta informática que permita e l acceso y utilización de las bases de datos de usuarios operativas para el sistema de Servicios Sociales, con especial mención a la base de datos
  • Garantizar la presencia de el/la Trabajador/a Social de la Unidad municipal de Trabajo Social en las estructuras de coordinación técnica previstas en materia de familia e infancia, violencia de género, inclusión social, sociosanitarias, etc.
  • Cooperar en la Planificación de actuaciones que afecten al municipio y destinadas a la atención de personas con especiales dificultades de inserción social y/o en situación de dependencia.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Los gastos de protocolo, manutención y alojamiento
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Los intereses deudores de cuentas bancarias.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Los intereses, recargos y sanciones administrativas.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Los gastos de procedimientos judiciales.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Los impuestos indirectos o tributos susceptibles de recuperación o compensación
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Los impuestos personales sobre la renta.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Afrontar, a través del/la Trabajador/a Social adscrito/a a la Unidad municipal de Trabajo Social, la atención directa de las personas residentes en el municipio de acuerdo a la distribución territorial establecida, sustituyendo las bajas laborales de este personal, en caso de producirse, de la forma más rápida posible.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    La Unidad de Trabajo Social del Ayuntamiento de Peñaranda de Bracamonte se constituye como
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Con carácter general, para la valoración de casos, la dispensación de servicios y la coordinación y seguimiento de las prestaciones en materia de servicios sociales.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    En particular para el desarrollo de las siguientes funciones y actividades:
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Información en relación con los recursos del sistema de servicios sociales.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Orientación, asesoramiento y derivación de casos.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Detección y diagnóstico de casos, valoración de las situaciones de necesidad y elaboración del plan de atención social de caso , actuando como estructura para el acceso a los servicios sociales.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Seguimiento de casos en relación con las prestaciones que, dirigidas a la atención de las necesidades más generales, correspondan en su titularidad o gestión a la Diputación de Salamanca, y coordinación con otros agentes de intervención.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Orientación, asesoramiento, valoración y seguimiento de prestaciones según lo establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia y posterior normativa.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Detección, valoración de riesgo de desprotección en el ámbito de familia e infancia, y elaboración del plan de intervención social de caso, en coordinación y colaboración con el Equipo Multidisciplinar Específico.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Detección, valoración, atención inmediata, establecimiento del plan de intervención y seguimiento de personas víctimas de violencia de género, en coordinación y colaboración con Equipo Multidisciplinar Específico.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Promoción de la convivencia e integración familiar y social en coordinación y colaboración con los Equipos Multidisciplinares Específicos.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Coordinación y colaboración con el /a técnico en animación comunitaria del Equipo de acción social básico de la zona para el desarrollo de acciones preventivas.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes: · eligible
    Detección y diagnóstico de necesidades generales de la población de su zona, elaboración de propuestas de actuación y evaluación de resultados.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Servicios Sociales y Promoción Social