Clubes deportivosPersonas jurídicasES531 - Eivissa y Formentera

Convenio de colaboración entre el Consell Insular de Eivissa y el Automóvil Club de Ibiza y Formentera para la concesió…

Título oficial: Convenio de colaboración entre el Consell Insular de Eivissa y el Automóvil Club de Ibiza y Formentera para la concesión de una ayuda económica nominativa para la organización de la prueba automovilística XLI Subida Isla de Ibiza (Pujada Sa Cala)

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Clubes deportivos, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES531 - Eivissa y Formentera. La gestiona CONSELL INSULAR DE IBIZA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Clubes deportivos, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 40.000,00 €. Inicio: 24/09/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Organizar actividades y editar, documentar el objeto de este convenio. El Consell no asumirá ningún tipo de responsabilidad derivada de la organización de la prueba automovilística XLI Subida Isla de Ibiza (Pujada Sa Cala) objeto de este convenio.
  • Exigir a todas las personas participantes que cuenten con la licencia deportiva correspondiente, que tiene que contener como mínimo la cobertura de los riesgos establecida en el artículo 51 de la Ley 2/2023, de 7 de febrero, de la actividad física y el deporte de las Islas Baleares.
  • Informar al Departament de Presidència, Hisenda, Gestió Econòmica i Esports del Consell Insular d’Eivissa de cualquier modificación en la participación en los eventos objeto del convenio.
  • Realizar la gestión técnica y aportar el conjunto de medios humanos y materiales necesarios para llevar a cabo la organización de los eventos objeto del presente Convenio.
  • Hacer constar en el material divulgativo de las carreras la financiación del Consell, mediante la inserción de su escudo de forma destacada.
  • Comunicar al Departament de Presidència, Hisenda, Gestió Econòmica i Esports del Consell Insular d’Eivissa de posibles modificaciones que afecten al cumplimiento del convenio.
  • No haber sido sancionada o condenada, mediante resolución administrativa o sentencia judicial firme en los últimos tres años por ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género. Por lo cual la entidad solicitante presentará la correspondiente declaración en la cual manifestará este hecho.
  • Y en todo caso cumplir lo que disponen los artículos 11 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. De entre estas
  • Llevar a cabo la actividad objeto del convenio.
  • Justificar la realización de la actividad en los términos establecidos en este convenio.
  • Conservar los documentos justificativos.
  • Comunicar, si es el caso, la obtención otras ayudas por el mismo concepto. En el supuesto de que la Entidad deportiva reciba otras ayudas, su importe no puede ser, en ningún caso, de una cuantía que, aisladamente o conjuntamente con subvenciones o ayudas de la misma administración u otras entidades públicas o privadas, supere el coste de la actividad que la entidad beneficiaria tiene que realizar.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación que estime oportunas el Departament de Presidència, Hisenda, Gestió Econòmica i Esports.
  • Acreditar antes de la firma de este documento y en el momento de la justificación que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social ante la Administración del Estado, y de sus obligaciones tributarias delante a la Hacienda autonómica, o bien autorizar al Consell Insular que haga la consulta y no figurar como deudor del Consell.
  • Reintegrar los fondos percibidos en los supuestos previstos en los artículos 44 del Decreto Ley 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, y 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 15.000 euros en contratos de suministro o de servicios, el beneficiario tiene que solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso, salvo que por las especiales características no haya en el mercado un número suficiente de entidades que las realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se haya hecho con anterioridad a la subvención. La elección entre las ofertas
  • presentadas, se tienen que aportar en la justificación, o, si cabe, en la solicitud de subvención, se tiene que hacer de conformidad con criterios de eficiencia y economía, y se tiene que justificar expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica mas ventajosa.
  • La Entidad deportiva puede subcontratar con terceros, total o parcialmente, las activi- dades objeto de este convenio, siempre y cuando se cumplan las prescripciones conteni- das en el artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • En relación al apartado 7 del artículo 29 de la LGS, se autoriza expresamente que personas vinculadas con la entidad deportiva beneficiaria de la subvención ejecuten actividades subvencionadas, siempre que los gastos para la realización de estas actividades no superen el 15% de la ayuda concedida.
  • TERCERA. Obligaciones del Consell Aportar, si procede, a la Entidad deportiva la cantidad máxima de 40.000 euros con cargo a la partida 3410 4890128 del ejercicio presupuestario para el año 2026 que serán destinados a la organización de la prueba automovilística XLI Subida Isla de Ibiza (Pujada Sa Cala) els dies 16, 17 y 18 de octubre de 2026.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Otras Prestaciones económicas