Personas jurídicasES531 - Eivissa y Formentera

Convenio de colaboración entre el Consell Insular d'Eivissa y el Ajuntament d'Eivissa para la gestión del laboratio y a…

Título oficial: Convenio de colaboración entre el Consell Insular d'Eivissa y el Ajuntament d'Eivissa para la gestión del laboratio y almacén de arqueología de Sa Pedrera (sa Penya-Eivissa)

El objeto de este Convenio es instrumentar la concesión de una subvención nominativa a favor del Ayuntamiento por parte del Consejo y establecer los términos y las condiciones de colaboración entre ambas administraciones por el desarrollo de las actividades de carácter material y técnico para la creación de un espacio destinado a la conservación, estudio y difusión de las colecciones de material arqueológico en custodia temporal, integrado por una reserva museográfica, salas de recepción, trabajo y depósito temporal que garanticen el tratamiento, la preservación y la accesibilidad a las piezas, creando un espacio activo de investigación e innovación en arqueología, restauración, conservación…

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES531 - Eivissa y Formentera. La gestiona CONSELL INSULAR DE IBIZA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 60.000,00 €. Inicio: 23/02/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Memoria de la actividad ejecutada, indicando los datos estadísticos de afluencia y uso de las instalaciones por parte de los profesionales, las actividades de difusión por el público general y el cumplimiento de los objetivos.
  • Liquidación detallada de ingresos y gastos de las actuaciones realizadas en que se informará, si es el caso, otras ayudas recibidas para la misma actividad, firmada por el secretario o la secretaria de la entidad local.
  • Certificación, firmada por el secretario o por la secretaria del Ayuntamiento de Ibiza, que acredite los gastos realizados, que estas se encuentran efectivamente pagadas y que se han aplicado a su finalidad. La fecha máxima para presentar esta documentación justificativa al Consejo es el 31 de octubre de 2026. Los gastos generados con posterioridad a esta fecha podrán ser justificadas en los ejercicios siguientes, siempre que esté previsto en el Convenio. El pago se hará efectivo mediante resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, por delegación del Consejo Ejecutivo, una vez que el Departamento haya recibido la documentación justificativa y haya informado favorablemente sobre el cumplimiento de las cláusulas de este convenio y sobre la adecuación de la documentación justificativa aportada.
  • Personal propio del Departamento de Patrimonio por el desarrollo de las tareas encomendadas
  • Visitas mediante el sistema de jornadas abiertas donde se pueda apreciar el trabajo desarrollado en el centro
  • Exposiciones monográficas de materiales arqueológicos y nuevos hallazgos
  • Itinerarios históricos-arqueológicos por la ciudad
  • Jornadas y Seminarios sobre la actividad arqueológica de la ciudad
  • Diálogos de historia urbana y patrimonio
  • Arqueología en la escuela: aprender a leer e interpretar la ciudad
  • Turismo de conocimiento arqueológico
  • 1. Difundir y hacer pública la ayuda del Consejo con la inserción del escudo del Consejo en todo el material que se edite en ejecución de la subvención concedida y en el cartel que se ubicará a la fachada principal del edificio, informando del apoyo del Consejo en el desarrollo de las actividades.
  • 2. #Someter a las actuaciones de comprobación que lleven a cabo los órganos competentes.
  • 3. Justificar la realización de las actuaciones y también el cumplimiento de los requisitos y las condiciones que determinan la concesión de la subvención.
  • 4. Acreditar antes de la firma de este Convenio y en el momento de la justificación que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y autonómica, y con la Seguridad Social, o bien autorizar el Consejo porque haga la consulta.
  • 5. No figurar como deudor del Consejo Insular de Ibiza.
  • 6. En todo caso, cumplir las obligaciones derivadas del artículo 11 del TRLS, en relación con el
  • Facilitar en el Ayuntamiento, cuando este lo solicite, toda la colaboración, asesoramiento, apoyo y asistencia que haga falta para la mejor realización del objeto del Convenio presente.
  • El Consejo dará conformidad, si procede, conforme a la normativa de aplicación.
  • Subvencionará las actividades con una aportación anual de 60.000,00 €, consignados a la partida 3360.46202, #RC n.º 2/2026000000865, de fecha 24/02/2026.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Segunda. Gastos subvencionables · eligible
    1. Son gastos subvencionables aquellas derivadas de las funciones de custodia temporal de los materiales arqueológicos o paleontológicos, del tratamiento, conservación y gestión de estos
  • Segunda. Gastos subvencionables · eligible
    materiales, y las actividades de difusión y facilitar actividades de investigación:
  • Segunda. Gastos subvencionables · eligible
    Nóminas del personal para el Laboratorio de Arqueología de su Pedrera.
  • Segunda. Gastos subvencionables · eligible
    Gastos de Seguridad Social del personal contratado.
  • Segunda. Gastos subvencionables · eligible
    Gastos de asesoría laboral o gestoría.
  • Segunda. Gastos subvencionables · eligible
    Contratos de servicios relacionados con los objetivos comprendidos dentro del Convenio.
  • Segunda. Gastos subvencionables · eligible
    Estudios, trabajos técnicos y actividades de investigación (incluyente analíticas de materiales arqueológicos, documentación 3D y digitalizaciones).
  • Segunda. Gastos subvencionables · eligible
    Gastos generados de las actividades de difusión y formativas.
  • Segunda. Gastos subvencionables · eligible
    Adquisición de material fungible y otros productos específicos por el desarrollo de los trabajos propios de laboratorio.
  • Segunda. Gastos subvencionables · eligible
    Adquisición de publicaciones científicas relacionadas con los ámbitos de investigación arqueológica y restauración.
  • Segunda. Gastos subvencionables · ineligible
    2. No son gastos subvencionables:
  • Segunda. Gastos subvencionables · eligible
    Los gastos bancarios.
  • Segunda. Gastos subvencionables · eligible
    Los intereses deudores de cuentas bancarias.
  • Segunda. Gastos subvencionables · eligible
    Los intereses, los recargos y las sanciones administrativas.
  • Segunda. Gastos subvencionables · eligible
    Los gastos provocados por procedimientos judiciales.
  • Segunda. Gastos subvencionables · eligible
    Las derivadas del pago de impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de este Convenio es instrumentar la concesión de una subvención nominativa a favor del Ayuntamiento por parte del Consejo y establecer los términos y las condiciones de colaboración entre ambas administraciones por el desarrollo de las actividades de carácter material y técnico para la creación de un espacio destinado a la conservación, estudio y difusión de las colecciones de material arqueológico en custodia temporal, integrado por una reserva museográfica, salas de recepción, trabajo y depósito temporal que garanticen el tratamiento, la preservación y la accesibilidad a las piezas, creando un espacio activo de investigación e innovación en arqueología, restauración, conservación y documentación de los objetos, que actúe como punto de referencia para potenciar las colecciones como fuente de conocimiento, inspiración y goce.