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CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL AYUNTAMIENTO DEL VALLE DE ARANGUREN Y LA ASOCIACION DE EMPRESAS DEL VALLE DE ARANGUREN

Título oficial: CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL AYUNTAMIENTO DEL VALLE DE ARANGUREN Y LA ASOCIACION DE EMPRESAS DEL VALLE DE ARANGUREN

Industria y Energía

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES22 - COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ARANGUREN.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 24.000,00 €. Inicio: 18/03/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • La entidad deberá presentar por medio del registro electrónico del Ayuntamiento:
  • Breve memoria de la actividad objeto de subvenció n (resumen de las actividades, número de personas socias y de participantes en actividades etc.)
  • Ingresos y gastos vinculados a la actividad objet o de subvención, en base al modelo adjunto.
  • Certificados de estar al corriente con seguridad social y con hacienda.
  • Declaración de otras ayudas recibidas o en su caso, declaración de no recibirlas. Se deberá justificar el total del gasto del program a subvencionado. Así mismo, las justificaciones de pago deberán alcanzar como mínim o el importe de subvención concedida. La percepción de la subvención municipal es compati ble con la precepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la m isma finalidad, procedentes de cualquier administración, entidad o persona. En cua lquier caso, la suma de todas ellas, no podrá superar el total de gastos de la ac tividad y, de hacerlo, se procederá a la reducción del importe acordado en convenio, de manera proporcional. La liquidación final de la ayuda consistirá en la a plicación del importe señalado en la concesión, siempre y cuando los justificantes de ga sto aceptados sean iguales o superiores a estos. De no ser así, se abonará la parte proporcional.
  • Obtención de subvención falseando las condicione s requeridas u ocultando aquellas que lo hubiesen impedido.
  • Incumplimiento total o parcial del objetivo, de la actividad, del proyecto o la no adopción del comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.
  • Incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente.
  • Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a la s actuaciones de comprobación y control financiero, así como el incumplimiento de l as obligaciones contables, registrales o de conservación de documentos cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las activida des subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o re cursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o ente s públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
  • Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a las entidades colaboradoras y beneficiarios, así como l os compromisos por éstos asumidos, siempre que afecten o se refieran al modo en que se han de conseguir los objetivos, realizar la actividad, ejecutar el proye cto o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.
  • Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a las entidades colaboradoras y beneficiarios, así como l os compromisos por éstos Convenio
  • Incumplimiento de la obligación de adoptar las m edidas de publicidad y difusión en la documentación y propaganda de que la activida d se halla subvencionada por este Ayuntamiento, en los casos en que se hubiese impuesto dicha condición.
  • En los demás supuestos previstos en la Ley General de Subvenciones. En los aspectos no previstos expresamente en este c onvenio se tendrá a lo dispuesto en la ley Foral 11/2005, de 9 de noviembr e, de subvenciones y demás normas de aplicación.
  • TERCERA.- Para la recepción de la subvención conced ida, se presentará por AEVA un balance de su actividad desarrollada en el año 2 026, presupuesto, número de socios, cuotas cobradas, etc.
  • NOVENA.- La asociación deberá cumplir las siguiente s cláusulas de igualdad de género La Asociación AEVA deberá emplear en toda la docume ntación, publicidad, imagen o materiales un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar u na imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corres ponsabilidad, y pluralidad de roles e identidades de género. La Asociación AEVA deberá garantizar la aplicación del principio de igualdad de mujeres y hombres en toda actividad de la entidad, tanto interna como externa.
  • La Asociación AEVA participará en los programas municipales de fomento de la igualdad de mujeres y hombres, cuando sea necesa rio (Pacto Local por los cuidados, la corresponsabilidad y la conciliación, etc). Y para que conste donde proceda, se firma este Conv enio en el lugar y fecha del encabezamiento. Por el Ayuntamiento Por AEVA Manuel Romero Pardo Jokin Astiz Lizarraga Convenio

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Gastos de personal contratado por A.E.V.A. con un máximo del 80% del gasto.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Gastos de alquileres
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Gastos de impresión y difusión de boletines y publ icidad
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Gastos de suministros
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Esta cantidad se abonará de la siguiente forma: 50% a la firma del convenio 50% con la presentación de la memoria de actividad es y justificación de gastos. Convenio
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Breve memoria de la actividad objeto de subvenció n (resumen de las actividades, número de personas socias y de participantes en actividades etc.)
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Ingresos y gastos vinculados a la actividad objet o de subvención, en base al modelo adjunto.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Certificados de estar al corriente con seguridad social y con hacienda.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Declaración de otras ayudas recibidas o en su caso, declaración de no recibirlas. Se deberá justificar el total del gasto del program a subvencionado. Así mismo, las justificaciones de pago deberán alcanzar como mínim o el importe de subvención concedida. La percepción de la subvención municipal es compati ble con la precepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la m isma finalidad, procedentes de cualquier administración, entidad o persona. En cua lquier caso, la suma de todas ellas, no podrá superar el total de gastos de la ac tividad y, de hacerlo, se procederá a la reducción del importe acordado en convenio, de manera proporcional. La liquidación final de la ayuda consistirá en la a plicación del importe señalado en la concesión, siempre y cuando los justificantes de ga sto aceptados sean iguales o superiores a estos. De no ser así, se abonará la parte proporcional.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Obtención de subvención falseando las condicione s requeridas u ocultando aquellas que lo hubiesen impedido.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Incumplimiento total o parcial del objetivo, de la actividad, del proyecto o la no adopción del comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a la s actuaciones de comprobación y control financiero, así como el incumplimiento de l as obligaciones contables, registrales o de conservación de documentos cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las activida des subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o re cursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o ente s públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a las entidades colaboradoras y beneficiarios, así como l os compromisos por éstos asumidos, siempre que afecten o se refieran al modo en que se han de conseguir los objetivos, realizar la actividad, ejecutar el proye cto o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a las entidades colaboradoras y beneficiarios, así como l os compromisos por éstos Convenio
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    Incumplimiento de la obligación de adoptar las m edidas de publicidad y difusión en la documentación y propaganda de que la activida d se halla subvencionada por este Ayuntamiento, en los casos en que se hubiese impuesto dicha condición.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    En los demás supuestos previstos en la Ley General de Subvenciones. En los aspectos no previstos expresamente en este c onvenio se tendrá a lo dispuesto en la ley Foral 11/2005, de 9 de noviembr e, de subvenciones y demás normas de aplicación.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    NOVENA.- La asociación deberá cumplir las siguiente s cláusulas de igualdad de género La Asociación AEVA deberá emplear en toda la docume ntación, publicidad, imagen o materiales un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar u na imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corres ponsabilidad, y pluralidad de roles e identidades de género. La Asociación AEVA deberá garantizar la aplicación del principio de igualdad de mujeres y hombres en toda actividad de la entidad, tanto interna como externa.
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    La Asociación AEVA participará en los programas municipales de fomento de la igualdad de mujeres y hombres, cuando sea necesa rio (Pacto Local por los cuidados, la corresponsabilidad y la conciliación, etc). Y para que conste donde proceda, se firma este Conv enio en el lugar y fecha del encabezamiento. Por el Ayuntamiento Por AEVA Manuel Romero Pardo Jokin Astiz Lizarraga Convenio
  • Serán gastos subvencionables: · eligible
    GASTU TOTALA / TOTAL GASTOS 0 Convenio

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Industria y Energía