Personas físicasES220 - Navarra

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE PAMPLONA Y EL BANCO DE ALIMENTOS DE NAVARRA 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES220 - Navarra. La gestiona AYUNTAMIENTO DE PAMPLONA/IRUÑA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 41.600,00 €. Inicio: 21/05/2026. Plazo: Fin: 31/05/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones.
  • Justificar ante el órgano concedente la ent idad colaboradora, en su caso, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
  • Someterse a las actuaciones de comprobaci ón, a efectuar por el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores que no obre en los archivos municipales.
  • Comunicar al órgano concedente o la entidad colaboradora la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta com unicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión, que se halla al co rriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. La comprobación de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Pamplona se efectuará de oficio.
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable a la persona o entidad beneficiaria en cada caso, así como cuantos estados contables y regist ros específicos pudieran ser exigidos por este convenio, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
  • Dar la adecuada publicidad de que los programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención son financiadas por el Ayuntamiento Pamplona: SÍ NO
  • Medidas de difusión que debe adoptar la persona o entidad beneficiaria: Inclusión imagen institucional del Ayuntamiento de Pamplona. Leyendas en carteles, materiales impresos, medios electrónicos o audiovisuales, etc. Placas conmemorativas. Menciones en medios de comunicación.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en la Ordenanza General de Subvenciones y, en su caso, en este convenio.
  • Garantizar la aplicación del procedimiento de acreditaciones para acceso a ban co de alimentos en entidades de reparto de Pamplona, elaborado por el Área de Acción Social y colaborar para su promoción y aplicación entre las entidades colaboradoras de distribución.
  • Mantener una coordinación estable con el Área de Acción Social, ma nteniendo las reuniones necesarias, para el correcto seguimiento y la supervisión del programa y del protocolo de acreditaciones.
  • Plazo de realización de los proyectos subvencionables: Desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.
  • Determinación de los gastos subvencionables: Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del
  • Importe de la subvención: 41.600 €
  • Partida presupuestaria: 70/23181/482090
  • Financiación de las actividades subvencionadas: SÍ NO
  • CONCESIÓN DIRECTA Código seguro de verificación, que puede comprobarse en https://sedeelectronica.pamplona.es 0074432661526250991076 2915632$14 5 En caso afirmativo, indicación del importe o porcentaje: El Ayuntamiento de Pamplona participa en este proyecto con la cuantía indicada (41.600 €) siendo que la entidad beneficiaria deberá contar con otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad.
  • CUARTA.- DOCUMENTACIÓN A APORTAR POR LA PERSONA O ENTIDAD BENEFICIARIA.
  • Documentos acreditativos de la personalidad de la persona o entidad beneficiaria y, en su caso, de la representación de quien actúa en su nombre: SÍ NO

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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