CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE OVIEDO Y LA CAMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DEL · 2026

Título oficial: CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE OVIEDO Y LA CAMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DEL OVIEDO PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA BONOSCOMERCIO#YOCOMPROENOVIEDO 2026

El objeto de las presentes normas de participación es la regulación y definición del VII Programa de incentivos al consumo y apoyo al comercio minorista, Bonos#YoComproenOviedo Los incentivos consistirán en bonos canjeables por un importe de 10 euros cada uno. Se podrán descontar para compras mínimas de 30 euros iva incluido, en los comercios locales de Oviedo que se adhieran al programa. Los bonos se podrán descargar hasta fin de campaña. Cada consumidor podrá descargar hasta un máximo de 3 bonos. Se podrá descontar un bono (10 euros) por cada 30 euros de compra en comercios adheridos a la promoción. El importe total de los bonos será de 36.600 euros.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS. La gestiona AYUNTAMIENTO DE OVIEDO.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: Gran empresa, Personas físicas que no desarrollan actividad económica, Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 50.000,00 €. Inicio: 01/03/2026. Plazo: Fin: 02/03/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Justificante de transferencia a los co merciantes del importe de los bonos canjeados
  • Certificación del representante legal de la entidad, en la que conste la realización del proyecto objeto del convenio, así como sobre el importe de los fondos que cofinancian el proyecto, su procedencia, finalidad y apli cación a las actividades subvencionadas. (Se ajustará al modelo que figura en el Anexo V de este convenio)
  • Declaración responsable de cumplimento de obligaciones tributarias, de Seguridad Social, de no estar incurso en las prohibiciones del art. 13 de la Ley General de Subvenciones y de cumplimiento de obligaciones de reintegro de subvenciones, incluyendo autorización expresa al Ayuntamiento de Oviedo para recabar información sobre dichos extremos de otras administraciones a fin de comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos para obtener, percibir y mantener las subvenciones (Se ajustará al modelo que figura en el Anexo V de este Convenio)
  • Las facturas justificativas y justificantes de pago de las actuaciones contratadas con terceros. Las facturas deberán cumplir los requisitos establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el q ue se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. En todo caso deberán detallar de manera clara y concisa los bienes y/o servicios facturados e
  • En el supuesto de imputar gastos de personal, se deberá aportar Declaración/Certificación de imputación del personal de la entidad al proyecto en el que conste el nombre de las personas trabajadoras, su relación con la entidad así como su porcentaje de dedicación e imputación al proyecto (Se ajustará al modelo que figura en el Anexo V de este Convenio)
  • En este caso, será necesario la presentación de las nóminas relativas al período a imputar, y sus correspondientes justificantes de pago, así como los modelos RNT y RLC
  • Modelos 111 y 190 y los Modelos 303 y 390 y justificantes de pago relativos al período a imputar.
  • Carta de pago del reintegro en caso de remanente no aplicado con intereses
  • Aportar el contrato suscrito con la entidad que preste el servicio de plataforma tecnológica específica y aplicaciones informáticas necesarias para la ejecución eficaz y seguimiento del programa
  • Cuadro resumen (en formato Excel), que recoja la relación de los gastos corrientes imputados al proyecto y el % de imputación y la cuantía. (Conforme a modelo contemplado en el Anexo V de este convenio). Este documento deberá estar firmado por el representante legal de la entidad
  • NOVENA - COMPATIBILIDAD DE LA SUBVENCIÓN Las ayudas obtenidas al amparo de este convenio serán compatibles con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso procedente de otras administraciones públicas El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que aisladamente, o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas, o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario. En ese supuesto, la cuantía de la subvención deberá ser objeto de reducción
  • DECIMA - REGIMEN DE SUBCONTRATACIÓN La entidad beneficiaria podrá realizar la subcontratación de hasta un máximo del 95% del importe de la actividad subvencionada en los términos del artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, sin p erjuicio de que en todo caso se destinará un mínimo de 36.600 euros al pago de los cheques canjeables a los comercios adheridos a la promoción.
  • 2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • DECIMO SEGUNDA - COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Con el fi n de asegurar el adecuado control y seguimiento del objeto, actuaciones y ejecución del presente Convenio, se establece una Comisión Mixta de Seguimiento, Control e Interpretación de las obligaciones y derechos derivados de la suscripción del mismo. Dicha Comisión estará integrada como mínimo por un representante de cada una de las entidades firmantes, siendo presidida por el Ayuntamiento de Oviedo y conocerá de las cuestiones relativas al desarrollo, seguimiento e interpretación del Convenio, evaluando su aplicación, garantizando su calidad y estableciendo todas aquellas líneas de coordinación, interpretación y control que se consideren necesarias Se podrá reunir a petición de cualquiera de las partes.
  • Por el transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado su prórroga.
  • De mutuo acuerdo por las partes, en cuyo caso la parte que lo solicite deberá comunicarlo con una antelación mínima de un mes.
  • La imposibilidad sobrevenida de cumplir su contenido.
  • El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.
  • Por la concurrencia de cualquier otra causa de resolución conforme determina el
  • 1 COMERCIOS Podrán inscribirse en la promoción comercios con es tablecimiento físico en Oviedo, cuya actividad se encuentre entre las recogidas en el anexo III. La inscripción en el V II Programa de incentivos al consumo y apoyo al comercio minorista Bonos# YoComproenOviedo de establecimientos comerciales, se realizará a través de enlace web que se establezca En el momento de la inscripción , los comercios interesados en participar firmarán declaració n responsable de forma digital. El plazo de inscripción estará abierto durante la totalidad de la promoción. Podrán adherirse al programa las personas físicas o jurídicas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas, que realicen su actividad comercial en

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de las presentes normas de participación es la regulación y definición del VII Programa de incentivos al consumo y apoyo al comercio minorista, Bonos#YoComproenOviedo Los incentivos consistirán en bonos canjeables por un importe de 10 euros cada uno. Se podrán descontar para compras mínimas de 30 euros iva incluido, en los comercios locales de Oviedo que se adhieran al programa. Los bonos se podrán descargar hasta fin de campaña. Cada consumidor podrá descargar hasta un máximo de 3 bonos. Se podrá descontar un bono (10 euros) por cada 30 euros de compra en comercios adheridos a la promoción. El importe total de los bonos será de 36.600 euros.