Personas jurídicasES523 - Valencia / València

Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Godella y Casino Musical de Godella

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE GODELLA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 3.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • ) Nombre completo y dirección del proveedor, CIF/NIF, nombre de factura y fecha de emisión.
  • ) Concepto que detalle que el gasto se ha realizado.
  • ) IVA aplicado e importe total de la factura.
  • ) IRPF y Seguridad Social e importes satisfechos (para el caso de nóminas y seguros sociales)
  • ) Tendrán que presentar, además, copia de la transferencia o documento acreditativo del pago de la factura o del gasto. Considerando que los gastos corresponden a inversiones será necesaria la firma del acta de recepción por la persona representando de la Asociación y la Interventora municipal o persona en quien delegue. Para lo cual se requerirá la comprobación efectiva del muy adquirido. Sin este acto no se podrá hacer efectiva la subvención todavía cuando esté muy justificada. Tratándose de una subvención para bienes inventariables, el periodo mínimo en que tienen que destinarse al fin concreto para el cual se concede la subvención no puede ser inferior a 2 años, de acuerdo con el artículo 31.4.ª de la Ley General de Subvenciones. En ningún caso se admitirán tickets de caja registradora. La fecha de emisión de las facturas tendrá que estar comprimida entre el 1-10-2025 y el 31-09- 2026, ambos inclusive.
  • Un ejemplar de la propaganda escrita y gráfica, si procede, relativa a la actividad subvencionada.
  • QUINTA Esta subvención es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. En caso de producirse la concurrencia de subvenciones, se ajustarán a los artículos 33 y 34 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la ley General de Subvenciones. El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, supero el coste de la actividad subvencionada.
  • beneficiarios de la subvención tendrán que cumplir las siguientes obligaciones de transparencia: “1. Las entidades privadas tendrán que cumplir las obligaciones de publicidad activa recogidas en
  • Perciben durante el periodo de un año ayudas o subvenciones públicas en una cuantía superior a
  • Perciben durante el periodo de un año natural ayudas o subvenciones de las entidades públicas de la Comunidad Valenciana recogidas en el artículo 3 de la Ley 1/2022 en una cuantía superior a
  • Las ayudas o subvenciones percibidas representan al menos el 40% del total de sus ingresos anuales, siempre que consigan como mínimo la cantidad de 5.000 euros. En particular, tendrán que publicar en los términos previstos en los principios generales del

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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