Entidades socialesPersonas jurídicasES523 - Valencia / València

Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Godella y la Associació Solidària Rede de Godella.

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE GODELLA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 500,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 31/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Nombre completo y dirección del proveedor, CIF/NIF, número de factura y fecha de emisión.
  • Concepto que detalle que el gasto se ha realizado.
  • IVA aplicado e importe total de la factura.
  • IRPF y Seguridad Social e importes satisfechos (para el caso de nóminas y seguros sociales)
  • Deberán presentar, además, copia de la transferencia o documento acreditativo del pago de la factura o del gasto. En el caso de los gastos correspondientes a inversiones será necesaria la firma del acta de recepción por la persona representante de la Asociación y la Interventora municipal o persona en quien delegue. Para ello se requerirá la comprobación efectiva del bien adquirido. En el caso de gastos de menor cuantía que sean abonadas en efectivo, se hará constar en la factura correspondiente que está pagada o deberán presentar declaración responsable firmada por el/la Tesorero/a de la asociación relacionando todos los gastos que hayan sido abonados en efectivo. En ningún caso de admitirán tickets de caja registradora. La fecha de emisión de las facturas tendrá que estar comprimida entre el 1-11-2025 y el 31-10- 2026, los dos inclusivamente. En ningún caso serán subvencionables los gastos derivados de celebraciones gastronómicas o protocolarias.
  • Un ejemplar de la propaganda escrita y gráfica, en su caso, relativa a la actividad subvencionada.
  • QUINTA.- La Asociación Solidaria Red de Godella deberá incluir en la publicidad relacionada con la actividad subvencionada, el escudo del Ayuntamiento de Godella con la leyenda “Actividad subvencionada por el Ayuntamiento de Godella”.
  • SEXTA.- Esta subvención es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. En el caso de producirse la concurrencia de subvenciones, se ajustarán a los artículos 33 y 34 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones. El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, supere el coste de la actividad subvencionada.
  • beneficiarios de la subvención deberán cumplir las siguientes obligaciones de transparencia: Benestar Social Expediente 2990363H
  • Las entidades privadas deberán cumplir las obligaciones de publicidad activa recogidas en el

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Servicios Sociales y Promoción Social