Clubes deportivosPersonas jurídicasES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS

Convenio colaboración entre Ayuntamiento Cangas del Narcea y el Club Molina K1 (MK1) para la organización de una gala/v…

Título oficial: Convenio colaboración entre Ayuntamiento Cangas del Narcea y el Club Molina K1 (MK1) para la organización de una gala/velada de kick Boxing

Es objeto del presente convenio regular la colaboración entre el Ayuntamiento de Cangas del Narcea y el Club Molina K1 (Club MK1) con la finalidad de realizar y organizar de una Gala / Velada de Kickboxing en Cangas del Narcea a desarrollar en el año 2026.

En resumen: Está orientada a Clubes deportivos, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CANGAS DEL NARCEA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Clubes deportivos, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 1.500,00 €. Inicio: 02/01/2026. Plazo: Fin: 15/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Impreso de presentación de solicitud de justificación. Justificación de desviaciones del balance con respecto al presupuesto inicial si procede, para comprobar la medida en que se ajustó el balance al presupuesto inicial presentado. En este sentido el importe de la subvención está vinculado al presupuesto total de la actividad y en ningún caso podrá ser superior al déficit de la misma. En caso de que existan desviaciones a la baja entre el balance y el presupuesto inicial presentado, se resolverá el reintegro de la aportación municipal únicamente por el importe que rebase el coste total de la actividad.
  • Certificado del Secretario de la entidad, con el VºBº del Presidente, en que se desglose por tipo de gasto, el importe total de los gastos generales de la entidad y certificación acerca de las subvenciones y demás ingresos generados con motivo de la actividad subvencionada con independencia de su reflejo en el balance.
  • Memoria que acredite que la actividad fue realizada y grado de cumplimiento de objetivos. El beneficiario deberá justificar que ha realizado la actividad en los términos de la memoria inicial presentada.
  • Balance de ingresos y gastos realizados con motivo de la actividad subvencionada de manera que se pueda comprobar que se ajustó al presupuesto inicial presentado, incluyendo las desviaciones presupuestarias.
  • Relación clasificada y detallada de los gastos de la actividad con indicación del acreedor, NIF, núm. documento justificativo, fecha de emisión, importe, concepto y fecha de pago.
  • Se justificará preferentemente con facturas y justificante de transferencia bancaria para gastos superiores a 50 euros, aunque se pueden admitir otros documentos de igual valor probatorio admitidos en el Deportes Expediente 88029N
  • realizados con cargo a cuentas cuyo titular no sea la entidad. La entidad beneficiaria deberá realizar al menos el 20 % de los gastos a justificar en empresas locales con el objetivo fundamental de dinamizar y potenciar la actividad económica local. El Ayuntamiento se reserva el derecho a comprobar, por los medios que estime oportunos, que la justificación es correcta. Por tanto, el beneficiario quedará obligado a facilitar cuanta información le sea requerida por los órganos competentes en materia de cuentas.
  • La obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquellas que la hubieran impedido.
  • Incumplimiento total o parcial del objetivo, de la actividad, del proyecto o la no adopción del comportamiento que fundamentan la concesión de la subvención.
  • Incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente en los términos establecidos en este convenio.
  • Incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas contenidas en la cláusula tercera de este convenio
  • Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero previstas en los artículos 14 y 15 de la Ley General de Subvenciones, así como el incumplimiento de las obligaciones contables, registrales o de conservación de documentos cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
  • En caso de la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, cuando el importe de la financiación pública supere el coste de la actividad, en el importe del exceso producido.
  • En caso de justificar fuera del plazo señalado en la cláusula sexta, y tras el requerimiento efectuado de acuerdo con lo señalado en el artículo 70.3 del Reglamento de la LGS.
  • Los demás supuestos previstos en la Ley General de Subvenciones.
  • puedan producirse durante el desarrollo de la actividad. La entidad se obliga a tener al día bajo su responsabilidad cuantas licencias y autorizaciones de organismos competentes se precisen para el desarrollo de la actividad.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Es objeto del presente convenio regular la colaboración entre el Ayuntamiento de Cangas del Narcea y el Club Molina K1 (Club MK1) con la finalidad de realizar y organizar de una Gala / Velada de Kickboxing en Cangas del Narcea a desarrollar en el año 2026.