Personas jurídicasES523 - Valencia / València

Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Alzira y La Asociación Memorial Nacho Barbera para el ejercicio 2026 · 2025

Título oficial: Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Alzira y La Asociación Memorial Nacho Barbera para el ejercicio 2026 respecto a las actividades desarrolladas durante el año 2025.

El objeto de este convenio es regular la subvención prevista nominativamente en el Presupuesto municipal del Ayuntamiento de Alzira para el año 2026, la finalidad del cual es la colaboración municipal con la Asociación Memorial Nacho Barbera para cubrir los gastos de las actividades realizadas durante el ejercicio 2025 (con el apoyo de la Unidad de Cardiopatías Familiares del Hospital Universitario y Politécnico La Fe de Valencia a finales de mejorar la sensibilización ciudadana frente en la muerte re pentina y las cardiopatías genéticas).

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALZIRA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 2.500,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 09/03/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  •  Haber realizado las actividades de conformidad con la memoria presentada.  Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social.  Disponer de los libros contables, registros y el resto de documentación, en los casos establecidos en la legislación mercantil y sectorial.  La Asociación Memorial Nacho Barbera tendrá que dar publicidad de las subvenciones y ayudas percibidas en los términos y condiciones establecidas en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.  Comunicar al servicio municipal de deportes cualquier propuesta o cambio o modificación del programa presentado en el momento en que se produzca.  Acreditar la publicidad que se haya dado de que dicha actividad o proyecto se ha realizado con la subvención del Ayuntamiento de Alzira. Hacer constar en toda la publicidad escrita o gráfica, el lugar preferente, la leyenda “Ayuntamiento Identificador cICn LKMG CkSz 19wy 0Ud4 va7B KRk= URL https://sedeelectronica.alzira.es/PortalCiudadano/verifyDocs.jsp
  • Para la tramitación de la subvención será necesario presentar:
  • Instancia general de solicitud de subvención firmada por el presidente/representante de la entidad.
  • Memoria detallada de las actividades desarrolladas durante el año 2025, el cual tendrá que acompañar cuántos documentos amplían y enriquezca la información sobre los objetivos a conseguir y los medios de los cuales se dispone. La
  • Copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil del colectivo actualizada y recibo justificativo del pago del mismo o certificado de vigencia del seguro.
  • Cuenta justificativa según el modelo anexo. En la cuenta justificativa se in cluirá la relación de facturas (a nombre del club solicitando) y demás documentos probatorios equivalentes con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa de acuerdo con el artículo 30 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Las facturas simplificadas son válidas únicamente para gastos de hostelería, adquisición de alimentos y bebidas (excluyendo las bebidas alcohólicas), transporte y peajes por un importe máximo de 100 € (IVA incluido) por cada factura simplificada y con un máximo del 20% Identificador cICn LKMG CkSz 19wy 0Ud4 va7B KRk= URL https://sedeelectronica.alzira.es/PortalCiudadano/verifyDocs.jsp
  • 7 del total de la subvención concedida de 2.500 €. No serán válidos los tickets, albaranes o facturas proforma. Las facturas tienen que tener fecha y estar abonadas entre el 01/01/2025 y el 31/12/2025. En la relación de los
  • Las facturas relacionadas en la cuenta justificativa y los justificantes de pago de las mismas. Los justificantes de pago serán los documentos acreditativos del
  • pago efectivo de los gastos subvencionados. Tendrán que ser los siguientes: a. Pago con tarjeta de crédito / débito: adjuntar el cargo en cuenta pdf del banco electrónico (no se válido únicamente el justificante del datáfono o
  • b. Pago bancario: i. Transferencia bancaria: adjuntar el cargo en cuenta en pdf del banco electrónico. ii. Copia del cheque nominativo o pagaré: siempre nominativo (no se admitirá al portador). Adjuntar escaneo del cheque nominativo firmado en pdf y el cargo en la cuenta en pdf del banco electrónico. c. Pago en metálico: recibo firmado por la persona física o jurídica que ha emitido la factura y ha cobrado el dinero en efectivo. Hacer constar el nombre o la razón social, el NIF y la palabra “pagado” en la factura (sello). En cualquier caso, el recibo es contra una factura emitida de forma oficial. No podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúa en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 € o su contravalor en moneda extranjera, según establece la Ley 7/2012 de 29 de octubre, de Identificador cICn LKMG CkSz 19wy 0Ud4 va7B KRk= URL https://sedeelectronica.alzira.es/PortalCiudadano/verifyDocs.jsp

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de este convenio es regular la subvención prevista nominativamente en el Presupuesto municipal del Ayuntamiento de Alzira para el año 2026, la finalidad del cual es la colaboración municipal con la Asociación Memorial Nacho Barbera para cubrir los gastos de las actividades realizadas durante el ejercicio 2025 (con el apoyo de la Unidad de Cardiopatías Familiares del Hospital Universitario y Politécnico La Fe de Valencia a finales de mejorar la sensibilización ciudadana frente en la muerte re pentina y las cardiopatías genéticas).