CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA CONTRA EL CÁNCER, Y DE CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN PARA EL DESARROLLO D…

Título oficial: CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA CONTRA EL CÁNCER, Y DE CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO “MUJERES Y CÁNCER. LA SALUD, UNA CUESTIÓN DE GÉNERO”.

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Mujeres e igualdad. Su ámbito territorial es ES613 - Córdoba. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Mujeres e igualdad.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 5.000,00 €. Inicio: 04/09/2026. Plazo: Fin: 05/09/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Cuenta justificativa del gasto, certificado de ingresos, gastos y pagos. , según el Anexo I,fechada y rubricada por la persona responsable. Dicho anexo
  • Originales de las facturas de los gastos realizados imputables a la subvención percibida y demás documentos de valor probatorio equivalente, con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, y que cumplan los requisitos legales (RD 1619/2012 de 30 de noviembre). O bien, copias compulsadas de originales previamente estampillados, haciendo constar su financiación por parte del Ayuntamiento de Córdoba, así como los correspondientes justificantes de pago. En el caso de gastos de personal, se deberán acompañar nóminas firmadas por la persona perceptora, cotización a la Seguridad Social e I.R.P.F cuando proceda (acreditación de su ingreso en Hacienda).
  • Justificantes de los pagos efectivamente realizados que evidencie la imputación de cada gasto justificado a las actividades realizadas, con relación clasificada por el 100% de los gastos e inversiones realizados para la ejecución del proyecto.
  • Documentación que acredite estar al corriente con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Los rendimientos financieros generados por los fondos el proyecto, si los hubiere, deberán ser destinados íntegramente a la financiación de costes directos del mismo.
  • Memoria Técnica explicativa del programa , según Anexo II del convenio, fechada y rubricada por la persona responsable.
  • Acreditación de la adopción de las medidas de difusión : documentación acreditativa de los soportes materiales gráficos, escritos, sonoros o de cualquier otra naturaleza, utilizada para la divulgación de la actividad y de su cofinanciación por la Delegación de Igualdad del Ayuntamiento de Córdoba.
  • SÉPTIMA. Modificación En el caso de modificación de objetivos, resultados, población beneficiaria, ubicación del proyecto, plazo de ejecución y/o cuantía total del proyecto, deberán ser previamente autorizadas por el órgano concedente. En cualquiera de los casos la Asociación Española Contra el Cáncer deberá presentar la correspondiente solicitud y una memoria explicativa junto a los informes y documentación acreditativa de las circunstancias que motivan las modificaciones solicitadas. Se podrá realizar compensaciones entre los distintos conceptos de gasto desglosados en el presupuesto del proyecto, sin necesidad de aprobación por el órgano concedente.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como el Reglamento que desarrolla dicha Ley, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio, y demás legislación y normas que resulten de aplicación.
  • La Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Córdoba, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 167, con fecha del 03-10-05.
  • Bases de Ejecución del Presupuesto 2026 del Ayuntamiento de Córdoba. Ambas partes se comprometen a resolver de mutuo acuerdo cualquier discrepancia que pudiera surgir en la interpretación de este Convenio, siendo competente para el conocimiento y resolución de las cuestiones litigiosa la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Código RAEL JA01140214 Calle Capitulares, s/nº 14071 - Córdoba Tel. 957 49 99 10 alcaldia@ayuncordoba.es

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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