Personas físicasES61 - ANDALUCIA

CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LAS AGUSTINAS RECOLETAS CONVENTO JESÚS NAZARENO PARA LA EJECUCIÓN Y DESARROLLO DE ACTUACIO · 2026

Título oficial: CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LAS AGUSTINAS RECOLETAS CONVENTO JESÚS NAZARENO PARA LA EJECUCIÓN Y DESARROLLO DE ACTUACIONES QUE PROPICIEN LA PRESERVACIÓN Y LA ELABORACIÓN ARTESANAL DE LAS TORTAS DE ALMENDRAS DE LAS MADRES AGUSTINAS. EJERCICIO 2026.

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES61 - ANDALUCIA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 6.000,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Memoria de Actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos (Anexo II), que incluirá la declaración responsable del mantenimiento de la elaboración de las Tortas de Almendras para su venta al público durante el ejercicio 2026 y de haber s ufragado el resto de los gastos necesarios no subvencionables para la elaboración de las Tortas de Almendras.
  • Memoria Económica justificativa que incluirá relación clasificada de los gastos realizados con cargo a la actividad subvencionada, con identificación del acreedor y su número de NIF, importe, fecha de emisión, fecha de pago así como medio de pago (Anexo III).
  • Documentación gráfica suficiente que acredite el debido cumplimiento, durante la ejecución de la actividad, de las medidas de información y comunicación conte mpladas en la cláusula segunda.
  • Acreditación de los gastos mediante la aportación de facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente, correspondientes a la actividad para la que solicita la subvención, y en las que se incluya el concepto detallado del gasto.
  • Documentación acreditativa de la efectividad del pago de los gastos y el medio de pago utilizado.
  • Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia, o en su caso, Declaración Responsable relativa a la inexistencia de otras subvenciones o ayudas que hayan obtenido para la misma finalidad (Anexo VI).
  • Declaración responsable de que la subvención se ha aplicado a la finalidad prevista y que, por consiguiente, los justificantes aportados no han servido para justificar otras subvenciones, así como que en ningún caso la subvención recibida ha superado el coste de las actividades realizadas.
  • El artículo 31.3 de la LGS establece que, la persona o entidad beneficiaria, deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes personas o entidades proveedoras cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la legislación sobre Contratos del Sector Público para el contrato menor, siendo ésta de 15.000 euros (sin incluir el IVA) para los suministros y servicios, de conformidad con el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre. Los gastos se acreditarán mediante la aportación de originales de facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, a nombre siempre de la entidad beneficiaria, en los términos 16/32. 400671a1470b121241d07ea106080a07x La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en http://ventanillavirtual.chiclana.es/validacionDoc?csv=400671a1470b121241d07ea106080a07x
  • AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA. Secretaría General. Servicios Generales. Actas y acuerdos. establecidos reglamentariamente. Y s e considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad al 31 de diciembre de 2026. Al objeto de proceder al debido control de la concurrencia de subvenciones, los justificantes presentados se marcarán con sello, indicando la subvención para cuya justificación han sido presentados y si el importe de justificante se imputa total o parcialmente a la subvención. En este último caso se indicará además la cuantía exacta que resulte afectada por la subvención. Las Agustinas Recoletas Convento Jesús Nazareno también deberá acreditar la efectividad de
  • AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA. Secretaría General. Servicios Generales. Actas y acuerdos. financiero posterior. La documentación justificativa se presentará en la Delegación de Fomento Económico, que una vez comprobado e informado emitirá la correspondiente liquidación, remitiéndose todo ello a la Intervención de Fondos, donde una vez fiscalizada e informada se remitirá de nuevo a la mencionada Delegación para su propuesta y aprobación por la Junta de Gobierno Local. Se deberá hacer constar expresamente que la documentación justificativa cumplirá los requisitos establecidos en el RD 1619/2012 ,de 30 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula las obligaciones de facturación. En el caso de presentarse facturas, éstas deberán contener obligatoriamente los siguientes
  • Número y, en su caso, serie.
  • Nombre y apellidos o denominación social.
  • Número o Código de Identificación Fiscal (NIF o CIF).
  • El concepto del gasto debe quedar claramente expresado y desglosado.
  • IVA o la no sujeción. En el caso de facturas exentas o no sujetas a IVA es necesario que esté indicado el precepto de la Ley que lo recoge.
  • Desglose entre base y cuota de IVA. Si la factura tiene varios tipos de IVA, deberá recoger por separado base y cuota correspondiente a cada uno de los tipos.
  • Lugar y fecha de emisión. El incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención o la justificación insuficiente de la misma llevará aparejado el reintegro en las condiciones previstas en el
  • AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA. Secretaría General. Servicios Generales. Actas y acuerdos. Procedencia de los datos Los datos son comunicados por el propio interesado o representante legal. Categoría de personas interesadas Personas interesadas en presentar una solicitud de información o petición de servicio ante el Ayuntamiento de Chiclana. Derechos Podrá acceder, rectificar y suprimir los datos, así como revocar la autorización para el tratamiento de los datos, ejercitar los derechos de limitación, portabilidad, y a no ser objeto de decisiones automatizadas dirigiéndose por escrito a la dirección: dpd@chiclana.es

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Otras actuaciones de carácter económico