Convenio Cocemfe Proyecto: "Tratamiento, Re(Habilitación) y Promoción a la Autonomía Personal, para personas con discap · 2026

Título oficial: Convenio Cocemfe Proyecto: "Tratamiento, Re(Habilitación) y Promoción a la Autonomía Personal, para personas con discapacidad - Ejercicio 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Personas con discapacidad. Su ámbito territorial es ES522 - Castellón / Castelló. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CASTELLÓ/CASTELLÓN.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas, Personas con discapacidad.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 20.000,00 €. Inicio: 20/01/2026. Plazo: Fin: 23/02/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • 1 Terapeuta Ocupacional (6 h semanales) 15% de la jornada 5.185,00€  1 Logopeda (6 h semanales) 15% de la jornada 5.185,00€  1 Psicóloga (4,5 h semanales) 12% de la jornada 5.231,35€  1 AdministraƟvo/a (6 h semanales) 15% de la jornada 3.580,00€  1 Trabajadora Social (4,5 h semanales) 12% de la jornada 4.168,00€ 10
  • 00€ Fondos propios 300,00€ Aportaciones Ingresos actividad Otros
  • 984,35€. 11
  • NUM.EXPEDIENTE: 234/2026 Conforme a lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 19 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), se permite compatibilizar estas subvenciones con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o de la Unión Europea o de Organismos Internacionales, si bien el importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
  • Estatutos debidamente inscritos en el Registro Público correspondiente, con constancia de que el objeto social es adecuado al de las presentes bases.
  • Anexo I: Solicitud: Proyecto y presupuesto de actividades. En este documento determina la fundamentación del proyecto y se describen las actividades a realizar, los asistentes, plazo de ejecución, ámbito territorial y se detalla el presupuesto de ingresos y gastos. 12
  • Anexo II: Declaración responsable obligaciones tributarias, SS, reintegro y no incursión en prohibición. Con este documento (declaración responsable de conformidad con los artículos 24 y 25 del RD 887/2006 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, en adelante RGLS) el solicitante acredita que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social, así como por reintegro de subvenciones, y no se encuentra incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario a las que hace referencia el art. 13.2 de la LGS. No obstante, dado que la subvención a otorgar es superior a 3.000,00 €, adicionalmente se ha adjuntado el certificado correspondiente, entendiéndose que, de conformidad con el art.
  • 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPACAP), el consentimiento para recabar dicha información a la Administración competente se presume autorizada por lo interesados, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa, en cuyo caso resultará necesario que aporten los certificados en cuestión junto con la solicitud. 13
  • Ficha actualizada de mantenimiento de terceros , cumplimentada según el modelo aprobado por la Diputación.
  • Anexo IV Declaración Responsable realización de actividades económicas. Es la acreditación de que el solicitante SI realiza una actividad económica por la que tenga que estar dada de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Dado que la subvención a otorgar es de importe superior a 3.000,00 € también se ha adjuntado el certificado del Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores correspondiente.
  • Recibida la solicitud, el órgano instructor ha verificado que cumple los requisitos establecidos por la normativa vigente. En base al proyecto presentado ha elaborado el texto del convenio y ha efectuado trámite de audiencia por plazo de 10 días hábiles a la entidad subvencionada en cumplimiento del art. 82 de la LPACAP .
  • Finalizado el trámite de audiencia, se ha emitido propuesta de resolución.
  • Recibido informe favorable de fiscalización previa ha elaborado la propuesta de resolución que ha sometido a dictamen de la Comisión informativa competente, para posteriormente remitirse a la Junta de Gobierno, que ha aprobado la concesión de la subvención en sesión de fecha 28 de julio de 2026. El Órgano Instructor del procedimiento de concesión de subvenciones es el Servicio de Bienestar Social e Igualdad de la Diputación.
  • Aceptar la subvención concedida, presentando en caso contrario, la oportuna renuncia, al objeto de evitar el innecesario bloqueo de los fondos públicos 15
  • Cumplir el objetivo de ejecutar el proyecto que fundamenta la concesión de la subvención.
  • Justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determine la concesión.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente.
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, así como la alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, que no podrán alterar la finalidad perseguida con la concesión
  • Adoptar las medidas de difusión del carácter público de la financiación
  • Cumplir la normativa contractual administrativa

Gastos y actuaciones subvencionables

  • TOTAL GASTOS NO SUBVENCIONABLES · eligible
    TOTAL GASTOS 29.984,35€
  • TOTAL GASTOS NO SUBVENCIONABLES · eligible
    Ayuntamiento de Castellón
  • TOTAL GASTOS NO SUBVENCIONABLES · eligible
    Ayuntamiento de Vila-real
  • TOTAL GASTOS NO SUBVENCIONABLES · eligible
    Conselleria de Sanitat
  • TOTAL GASTOS NO SUBVENCIONABLES · eligible
    00€ Fondos propios 300,00€ Aportaciones Ingresos actividad Otros
  • TOTAL GASTOS NO SUBVENCIONABLES · eligible
    TOTAL INGRESOS 29.984,00€ De conformidad con lo dispuesto en los artículos 31.7 y 8 de la LGS, en ningún caso serán gastos subvencionables los intereses deudores de las cuentas bancarias; los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales; los gastos de procedimientos judiciales, los impuestos indirectos cuando son susceptibles de recuperación o compensación (ej. IVA soportado deducible) ni los impuestos personales sobre la renta.
  • QUINTA.- Cuantía de la subvención, importe de gasto subvencionable y financiación de las actividades subvencionadas. La · eligible
    984,35€. 11
  • QUINTA.- Cuantía de la subvención, importe de gasto subvencionable y financiación de las actividades subvencionadas. La · eligible
    NUM.EXPEDIENTE: 234/2026 Conforme a lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 19 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), se permite compatibilizar estas subvenciones con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o de la Unión Europea o de Organismos Internacionales, si bien el importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
  • QUINTA.- Cuantía de la subvención, importe de gasto subvencionable y financiación de las actividades subvencionadas. La · eligible
    Y PROMOCIÓN A LA AUTONOMÍA PERSONAL, PARA PERSONAS CON
  • QUINTA.- Cuantía de la subvención, importe de gasto subvencionable y financiación de las actividades subvencionadas. La · eligible
    NIF del solicitante
  • QUINTA.- Cuantía de la subvención, importe de gasto subvencionable y financiación de las actividades subvencionadas. La · eligible
    DNI del representante
  • QUINTA.- Cuantía de la subvención, importe de gasto subvencionable y financiación de las actividades subvencionadas. La · eligible
    Estatutos debidamente inscritos en el Registro Público correspondiente, con constancia de que el objeto social es adecuado al de las presentes bases.
  • QUINTA.- Cuantía de la subvención, importe de gasto subvencionable y financiación de las actividades subvencionadas. La · eligible
    Anexo I: Solicitud: Proyecto y presupuesto de actividades. En este documento determina la fundamentación del proyecto y se describen las actividades a realizar, los asistentes, plazo de ejecución, ámbito territorial y se detalla el presupuesto de ingresos y gastos. 12
  • QUINTA.- Cuantía de la subvención, importe de gasto subvencionable y financiación de las actividades subvencionadas. La · eligible
    Anexo II: Declaración responsable obligaciones tributarias, SS, reintegro y no incursión en prohibición. Con este documento (declaración responsable de conformidad con los artículos 24 y 25 del RD 887/2006 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, en adelante RGLS) el solicitante acredita que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social, así como por reintegro de subvenciones, y no se encuentra incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario a las que hace referencia el art. 13.2 de la LGS. No obstante, dado que la subvención a otorgar es superior a 3.000,00 €, adicionalmente se ha adjuntado el certificado correspondiente, entendiéndose que, de conformidad con el art.
  • QUINTA.- Cuantía de la subvención, importe de gasto subvencionable y financiación de las actividades subvencionadas. La · eligible
    2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPACAP), el consentimiento para recabar dicha información a la Administración competente se presume autorizada por lo interesados, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa, en cuyo caso resultará necesario que aporten los certificados en cuestión junto con la solicitud. 13
  • QUINTA.- Cuantía de la subvención, importe de gasto subvencionable y financiación de las actividades subvencionadas. La · eligible
    Ficha actualizada de mantenimiento de terceros , cumplimentada según el modelo aprobado por la Diputación.
  • QUINTA.- Cuantía de la subvención, importe de gasto subvencionable y financiación de las actividades subvencionadas. La · eligible
    Anexo IV Declaración Responsable realización de actividades económicas. Es la acreditación de que el solicitante SI realiza una actividad económica por la que tenga que estar dada de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Dado que la subvención a otorgar es de importe superior a 3.000,00 € también se ha adjuntado el certificado del Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores correspondiente.
  • QUINTA.- Cuantía de la subvención, importe de gasto subvencionable y financiación de las actividades subvencionadas. La · eligible
    Recibida la solicitud, el órgano instructor ha verificado que cumple los requisitos establecidos por la normativa vigente. En base al proyecto presentado ha elaborado el texto del convenio y ha efectuado trámite de audiencia por plazo de 10 días hábiles a la entidad subvencionada en cumplimiento del art. 82 de la LPACAP .
  • QUINTA.- Cuantía de la subvención, importe de gasto subvencionable y financiación de las actividades subvencionadas. La · eligible
    Finalizado el trámite de audiencia, se ha emitido propuesta de resolución.
  • QUINTA.- Cuantía de la subvención, importe de gasto subvencionable y financiación de las actividades subvencionadas. La · eligible
    Recibido informe favorable de fiscalización previa ha elaborado la propuesta de resolución que ha sometido a dictamen de la Comisión informativa competente, para posteriormente remitirse a la Junta de Gobierno, que ha aprobado la concesión de la subvención en sesión de fecha 28 de julio de 2026. El Órgano Instructor del procedimiento de concesión de subvenciones es el Servicio de Bienestar Social e Igualdad de la Diputación.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Servicios Sociales y Promoción Social