Convenio CÁRITAS: Intervención personas sin hogar.

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES - ESPAÑA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • - A la finalización de la vigencia del Convenio y como fecha límite 15 de febrero de 2027, la entidad beneficiaria presentará la justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos del convenio que revestirá la forma de cuenta justificativa del gasto realizado, siguiendo las prescripciones establecidas en el artículo 46 de la Ordenanza. Al ser la subvención concedida por importe igual o superior a 50.000 euros, se deberá justificar la misma con la aportación de un informe de auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC), dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC).
  • Informe de auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (Anexo J06). En aquellos casos en que el beneficiario esté obligado a auditar sus cuentas anuales por un auditor sometido a la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas, la revisión de la cuenta justificativa se llevará a cabo por el mismo auditor, salvo que las convocatorias prevean el nombramiento de otro auditor. En el supuesto en que el beneficiario no esté obligado a auditar sus cuentas anuales, la designación del auditor de cuentas será realizada por él. El gasto derivado de la revisión de la cuenta justificativa tendrá la condición de gasto subvencionable. El beneficiario estará obligado a poner a disposición del auditor de cuentas cuantos libros, regis tros y documentos le sean exigibles en aplicación de lo dispuesto en la normativa vigente, asíco mo a conservarlos al objeto de las actuaciones de comprobación y control previstas en laOrde nanza Municipal de Subvenciones.
  • Memoria de actuación (Anexo J01), conforme se indica en el punto 2.
  • Memoria económica abreviada que contendrá un cuadro presupuestario de ingresos que han financiado la ejecución del proyecto con indicación de las fuentes de financiación así como cuadro presupuestario de gastos debidamente agrupados por conceptos reflejándose las desvia - ciones acaecidas respecto de las cantidades inicialmente presupuestadas (Anexo J02). Página 5 de 10 Este documento contiene datos no especialmente protegidos DOCUMENTO Convenio a firma ID FIRMA 16261609 PÁGINA 5 / 10
  • CARITAS DIOCESANA DE ZARAGOZA (CARLOS ANTONIO GOMEZ BAHILLO) - DIRECTOR 14 de julio de 2026
  • M ANGELES OROS LORENTE - CONSEJERA DE POLÍTICAS SOCIALES 15 de julio de 2026 Ayuntamiento de Zaragoza- Documento firmado electrónicamente. Verifique su validez: https://www.zaragoza.es/verifica Código Seguro de Verificación: 50297MTc4MzkzNjcyMjkwOTM5MTUwMjQ5
  • Relación de facturas y documentos incluidos y comprobados en el informe del auditor (Anexo
  • Dossier de personal (Anexo J04), que habrá de contener los contratos de trabajo, la Relación Nominal de Trabajadores y la Relación de Liquidación de Cotizaciones, retenciones e ingreso de las cantidades correspondientes al IRPF practicadas del personal (Modelos 111 trimestrales y 190 anual de la AEAT) mediante el escaneo de los documentos originales. Igualmente deberá conte - ner una declaración responsable en materia de personal comprensiva de la identifica - ción de las personas asignadas al proyecto, las tareas, y porcentajes de dedicación de cada uno de ellos. En el caso de que haya relación con personas menores de edad, la enti - dad con la que se convenia deberá aportar junto con los gastos de personal el certificado ne- gativo de delitos de naturaleza sexual respecto de todo su personal adscrito al convenio.
  • Declaración responsable (Anexo J05), según modelo normalizado en la que se haga constar que las cantidades correspondientes al impuesto sobre el valor añadido, IVA, que hayan sido im - putadas como gasto en la justificación, no han sido compensadas por la entidad beneficiaria, es decir, que no han sido recuperadas.
  • Fuentes de verificación (Anexo J07), conforme a lo indicado en la cláusula concerniente a la cláusula “difusión” del programa/proyecto.
  • - La memoria de actuación representa la evaluación de las actividades, actuaciones, actos y tareas lle- vados a cabo y finalizados. Por tanto, deberá referirse a todo aquello ya realizado y concluido, aportando datos exactos y concretos. En ella se presentarán todos los datos estadísticos sobre las personas benefi - ciarias o usuarias y sobre el personal que ejecute el proyecto subvencionado, desagregados por sexo y edad, estableciendo porcentajes, de forma que puede conocerse la población sobre la que incide la sub - vención. Deberán cumplimentarse todos y cada uno de los apartados de la memoria. Respecto de los Recursos Humanos asignados al proyecto, serán admisibles variaciones de hasta un 20 % inclusive respecto del número de personas contratadas imputadas al proyecto y/o del conjunto de horas anuales imputadas en contrataciones directas y mediante prestaciones de servicios. Cuando se supere el límite del 20 % se deberá contar con la autorización del Ayuntamiento.
  • -Los gastos realizados solo serán admitidos cuando puedan acreditarse mediante las facturas emitidas (ordinaria o simplificada) con todos sus elementos no admitiéndose conceptos genéricos, imprecisos o simples recibos. Los elementos que deberán incluirse en la factura serán los señalados por la normativa aplicable, debiendo figurar el nombre de la persona física o razón social de la empresa que factura, NIF, fecha de emisión, importe y desglose de cada uno de los objetos o conceptos facturados, Impuesto sobre el Valor añadido (IVA) de forma diferenciada, base imponibles, tipo del IVA aplicable e importe total. Página 6 de 10 Este documento contiene datos no especialmente protegidos DOCUMENTO Convenio a firma ID FIRMA 16261609 PÁGINA 6 / 10
  • SERVICIOS SOCIALES ESPECIALIZADOS En relación con aquellas facturas, cualquiera que sea su concepto, que contengan retención en materia de cualquier impuesto (a título ilustrativo, de IRPF o IS) además de la presentación obligatoria de la acreditación del pago de la misma, deberá justificarse el ingreso de la retención correspondiente ante la administración tributaria competente ( por ejemplo, modelos 111 y 190 o 115 y 180 de la AEAT). Serán admitidas aquellas facturas cuyos conceptos devengados se correspondan con el año de adopción de la resolución del convenio, así como la factura ocasionada por el informe de auditor cuando sea necesario para la justificación del convenio. Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación.
  • - La acreditación de pago se efectuará mediante transferencia, adeudo bancario o documento inequívoco de que las facturas presentadas han sido pagadas. Si se abonan en efectivo las facturas deberán estar firmadas y selladas por la entidad emisora haciendo constar que las mismas ha sido abonadas y fecha de pago.
  • - Con relación al Impuesto sobre el Valor Añadido, solo se considerará gasto subvencionable el impuesto soportado que no pueda ser compensado a su vez por la entidad. A tal fin la entidad aportará los documentos en que conste la exención del pago de este impuesto para la actividad incluida en el Proyecto subvencionado y, en su caso, los porcentajes de exención de los que se beneficiaría, así como declaración responsable de que no ha imputado como gasto el IVA que haya deducido. Igualmente podrá presentar documentación complementaria (por ejemplo el certificado de la situación censal tributaria o modelo 390 AEAT).
  • - Cuando las actividades hubieran sido financiadas, además de con la subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas, mediante declaración responsable efectuada al efecto y su pertinente apunte en el documento J02. La documentación justificativa deberá ser presenta da en tiempo y forma, por administración electrónica referenciando el expediente al que se aporta, a través de los modelos normalizados disponibles en el siguiente enlace. https://www.zaragoza.es/sede/portal/servicios-sociales/servicio/tramite/37678
  • Deberán presentarse, en todo caso, los documentos siguientes:
  • AUDITOR Adjuntar al expediente de manera electrónica. Modelo No Normalizado J07 FUENTES DE VERIFICACIÓN Adjuntar al expediente de manera electrónica. Modelo No Normalizado
  • Ayuntamiento de Zaragoza y su sector público. Igualmente se actuará ante el incumplimiento del deber de justificación. En los supuestos mencionados en el párrafo anterior, y una vez terminado el procedimiento, la entidad peticionaria quedará obligada, en su caso, a reintegrar la cantidad recibida a las arcas municipales una vez sumados los intereses legales. El control del cumplimiento del objeto, condiciones y finalidad del convenio se efectuará de conformidad con lo dispuesto, entre otras, en las bases de ejecución del presupuesto en vigor y en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, siguiéndose el procedimiento del artículo 74 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones. Por lo que respecta a la causa de reintegro contemplada en el artículo 47.1 d) del Decreto legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, referida al incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión, se estará a lo dispuesto en la cláusula décima.
  • DECIMOSEGUNDO.- COMPROMISOS AMBIENTALES. La entidad con la que se suscribe el presente convenio participa a través del mismo en la adopción de buenas prácticas ambientales que presiden la actuación gestora municipal, según se indica en las Bases del Presupuesto municipal y Decretos, en las cuestiones relacionadas con este convenio, de Alcaldía Presidencia en relación al uso de papel y maderas, para lo cual sus proveedores, materiales y actuaciones de cualquier género deberán priorizar un comportamiento respetuoso con el medio ambiente y una tendencia a la sostenibilidad. DECIMOTERCERO.- PERSPECTIVA DE GÉNERO. Durante la vigencia del convenio y desde el inicio

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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