CONVENIO BANCO DE ALIMENTOS DE ZAMORA

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES419 - Zamora. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • documentation
    Cumplimentar el trámite Justificación de Subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro.
  • documentation
    Declaración para entidades privadas (modelo 4431 - 0030 Subvenciones).
  • documentation
    Memoria explicativa de las actividades realizadas, en la que conste expresa y de forma independ iente en qué medida los gastos reflejados en las facturas han alcanzado los objetivos y su correspondiente evaluación.
  • documentation
    Cumplimentar el modelo de ingresos y gastos 4431 0050 Subvenciones – Modelo de presupuesto equilibrado de ingresos y gastos.
  • documentation
    4 subvención por la Dip utación de Zamora (en cumplimiento del art. 30.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que establece la necesidad de regular reglamentariamente un sistema de validación y estampillado de justificantes de gasto que permita el control de la concurrencia de ayudas). Para ello, en los originales debe figurar transcrita la siguiente diligencia, firmada en el
  • documentation
    SÉPTIMA.- La aportación económica establecida en la Cláusula Tercera será compatible con otras ayudas concedidas o que eventualmente puedan conceder otras Administraciones o Entes Públicos y/o privados, s iempre que el total de las ayudas obtenidas para su actividad regulada no sobrepase el coste de la misma. No obstante, la Asociación deberá comunicar a la Diputación la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las activida des subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • documentation
    OCTAVA.- La Asociación Banco de Alimentos de Zamora deberá someterse a la s actuaciones de comprobación a efectuar por la Diputación, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de dichas actuaciones.
  • documentation
    NOVENA.- La solicitud de la subvención por la Asociación conllevará la autorización de ésta para que la Diputación Provincial de Zamora pida directamente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria y/o a la Tesorería General de la Seguridad Social aquellos datos personales de los que es titular y que se precisen para el correspondiente procedimiento. En este supuesto la Asociación no deberá aportar documentación relativa a la información tributaria o de la Seguridad Social que requiera la normativa que rige el pertinente procedimiento, incorporándose ésta de oficio por la Diputación Provincial de Zamora. No obstante, la Asociación podrá denegar expresamente el consentimiento mediante escrito presentado con el correspondiente documento de solicitud, debiendo aportar entonces la documentación relativa a la información tributaria o de la Seguridad
  • documentation
    El transcurso del plazo de vigencia del Convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.
  • documentation
    El acuerdo unánime de todos los firmantes.
  • documentation
    El incumplimiento de las obligaciones o compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, cu alquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideren incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seg uimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmante. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la c ausa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. En este caso concreto, ambas partes acuerdan que este hecho, no conllevará indemnización de los perjuicios causados.
  • documentation
    Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.
  • documentation
    Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en otras leyes. UNDÉCIMA.- El seguimiento del convenio será realizado por una Comisión paritaria formada por el Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Zamora o persona en quien delegue, el Presidente de la Asociación o persona en quien delegue, un técnico de la Diputación y el Secretario de la Asociación o persona en quien delegue, actuando de Secretario/a de la presente Comisión, con voz y sin voto, personal funcionario con categoría de administrativo del Servicio de Bienestar Social de la Diputación Provincial DUODÉCIMA.- La Comisión paritaria con carácter general tendrá las siguientes
  • documentation
    Seguimiento del convenio durante el año en curso.
  • documentation
    Vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes.
  • documentation
    Resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del convenio. Esta Comisión, con carácter obligatorio, deberá reunirse al menos una vez al año. DECIMOTERCERA.- El presente convenio estará vigente durante el año 20 26, pudiendo ser modificado por mutuo acuerdo, mediante la suscripción de adendas o anexos a este convenio. DECIMOCUARTA.- Las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del presente convenio, dada su naturaleza administrativa, serán sometidas a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. DECIMOQUINTA.- En lo no contemplado en el presente Convenio, será de aplicación lo dispuesto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comú n de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015 de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, en las Bases de Ejecución del Presupuesto de 20 26, y en la Ordenanza Reguladora de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Zamora. Cód. Validación: 3NWGP2NAKWNYDRWGS43CSP37F Verificación: https://diputaciondezamora.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 6

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Servicios Sociales y Promoción Social