Personas jurídicasES22 - COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Convenio Ayuda Humanitaria ANARASD para proyectos de cooperación y solidaridad 2026

Cooperación internacional para el desarrollo y cultural

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES22 - COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. La gestiona DEPARTAMENTO DE DERECHOS SOCIALES, ECONOMIA SOCIAL Y EMPLEO.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • -Ejecutar los proyectos indicados conforme a los documentos de formulación tanto técnica como económica presentados, con las siguientes características y especificidades: “Apoyo Alimentario para la población refugiada saharaui” Objetivo General: Paliar el déficit alimentario existente en la Población Refugiada Saharaui. Objetivos Específicos: Contribuir a la distribución de la canasta básica completa a toda la población saharaui refugiada. Resultado 1. Aumentada la cantidad de alimentos disponible para la distribución de la canasta básica a la población refugiada saharaui.
  • 823,83 A.III.II Materiales y Suministros
  • 277,68 A.IV.I. Personal Local
  • 019,00 A.IV.II. Personal expatriado
  • 258,68 A.V. Viajes, estancias y dietas
  • 566,48 A.V.III. Funcionamiento 0,00
  • 560,00 A.IX.Otros 196,01 0,00 196,01 A.IX.I Gastos Bancarios 196,01 0,00 196,01 Subtotal costes directos
  • 424,00 % sobre el total (GN >=90%) 90%
  • B. Costes Indirectos B.I. Gastos administrativos
  • 000,00 Subtotal costes indirectos
  • 000,00 % sobre el total (GN<=10%) 10%
  • 2.- “Intervención en Salud para la Población Refugiada Saharaui” Objetivo General: Contribuir a mejorar el acceso al derecho a la salud de la población refugiada saharaui, en los campamentos de Tindouf (Argelia), mediante el fortalecimiento integral del Sistema de Salud Saharaui. Objetivo Específico: Fortalecer las capacidades del sistema de salud saharaui para mejorar el acceso de la población refugiada saharaui a servicios integrales, continuados, regulares y de calidad en Atención Primaria (AP) y Salud Mental (SM), en los campamentos de Tindouf (Argelia). Resultado 1- Fortalecido el sistema sanitario saharaui mediante la mejora de la gestión y acceso a recursos sanitarios esenciales.
  • 000,00 A.III.II Materiales y Suministros
  • 214,50 A.IV.I. Personal Local
  • 697,14 A.IV.II. Personal expatriado
  • 517,36 A.V. Viajes, estancias y dietas
  • 02 A.IX.I Gastos Bancarios
  • 02 Subtotal costes directos
  • 810,00 % sobre el total (GN >=90%) 90%
  • 590,00 Subtotal costes indirectos

Gastos y actuaciones

  • Los gastos subvencionables se corresponderán a los siguientes grupos de partidas: · eligible
    Kilometraje: máximo de 0.35 euros por kilómetro recorrido, siempre que se acredite la realidad del desplazamiento y la actividad a la que se imputa, más los gastos de peaje y aparcamiento que se justifiquen.
  • Los gastos subvencionables se corresponderán a los siguientes grupos de partidas: · eligible
    Alojamientos y dietas para personas que están de paso en esta Comunidad y son alojados en la propia Delegación Saharaui en Navarra con los siguientes límites: .-Pernoctación y manutención: Máximo 58,34 euros día .-Sólo manutención: Máximo 29,17 euros diarios En ambos apartados a) y b) se presentará Declaración Responsable de los gastos imputados, que incluya fecha, actividad, kilómetros recorridos y en el caso de alojamiento y manutención especificar los días y la persona a la que se imputa el gasto debidamente firmado tanto por dicha persona como por la persona representante de la Delegación Saharaui en Navarra. A.5) Funcionamiento: se trata de gastos corrientes del Socio Local o de la Delegación Saharaui en Navarra (alquiler de locales; electricidad, agua, comunicaciones, mantenimiento, seguridad, etc..) hasta un máximo de un 5% del importe total solicitado en cada uno de los proyectos. A.6) Otros: Los gastos bancarios, los notariales y registrales, y los de garantía bancaria son subvencionables si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma.
  • Los gastos subvencionables se corresponderán a los siguientes grupos de partidas: · eligible
    Los rendimientos financieros, que genere la subvención del Gobierno de Navarra, incrementarán el importe de la misma y se aplicarán igualmente a la actividad subvencionada.
  • Los gastos subvencionables se corresponderán a los siguientes grupos de partidas: · eligible
    Como aportaciones externas a la subvención del Gobierno de Navarra, se aceptarán valorizaciones sobre terrenos, locales, equipos, materiales y mano de obra de los beneficiarios que estén directamente vinculadas a la ejecución de las actividades presupuestadas. Han de estar acreditadas con certificación del Socio Local o contraparte, beneficiarios de la intervención o entidad que aporte los bienes y/o servicios. En dicha certificación o como aneja a la misma, se describirá y cuantificará la aportación, indicando número de unidades, horas de trabajo, precio unitario (si corresponde), además de la valorización total. Las valorizaciones deberán ajustarse a los precios del mercado local y, en caso de equipos o bienes, tener en cuenta su antigüedad. En todo caso, serán objeto de control al igual que el resto de las aportaciones.
  • Los gastos subvencionables se corresponderán a los siguientes grupos de partidas: · eligible
    Cuando los gastos subvencionados sean para el suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia, superen la cuantía de 12.000 euros y sean contratados en el territorio de la Unión Europea, se presentará un informe adicional sobre el procedimiento y criterios de elección de los proveedores, acompañado de los presupuestos solicitados al menos a tres de ellos.
  • Cuando los gastos subvencionados sean para la ejecución de obra y superen la cuantía de 30.000 euros, la ONGD beneficiar · eligible
    En ningún caso serán subvencionables: Gastos de personal en sede en costes directos Los gastos de atenciones protocolarias y suntuarias (almuerzos, recepciones, regalos, flores, entradas a espectáculos, etc.); y en el caso de gastos de avión o tren sólo serán imputables a la subvención los que se efectúen en clase turista o similar. Los impuestos, excepto los que graven los gastos recogidos en los apartados anteriores de esta base, siempre que no sean susceptibles de recuperación o compensación. Los bienes inventariables que tras la finalización de la intervención queden en propiedad y sean utilizados por el Socio Local. Se exceptúa: las amortizaciones de equipos del Socio Local puestos a disposición de la intervención y que no hayan sido adquiridos con subvención de Gobierno de Navarra. El porcentaje máximo es de un 25% para vehículos y equipamiento informático y de un 20% para el resto de bienes, incluidas las reparaciones y mantenimiento de equipos.
  • Cuando los gastos subvencionados sean para la ejecución de obra y superen la cuantía de 30.000 euros, la ONGD beneficiar · eligible
    SEPTIMA. Modificaciones Se considerarán modificaciones sustanciales, solamente aquellas que afecten a objetivos, resultados, población diana, ubicación territorial, socio local, o alteración entre partidas presupuestarias subvencionadas que en su conjunto superen un 20% de la subvención otorgada, o en todo caso superior a 20.000 €; o reducción en un 10% o más del coste total debido a una menor aportación ajena a la subvención del Gobierno de Navarra. Así mismo, se considerará modificación sustancial, y por lo tanto se deberá solicitar autorización, el traspaso de cualquier cuantía económica entre los proyectos descritos en la cláusula segunda, motivando la necesidad de dicha alteración respecto a lo previsto inicialmente, y siempre que el resultado de esta variación no implique un aumento de la dotación económica inicial del proyecto número 5. El resto de incidencias y modificaciones que se produzcan durante la ejecución de la intervención, incluido un mayor coste total por incremento de las fuentes de financiación ajenas al Gobierno de Navarra, se comunicarán motivadamente en el informe final correspondiente.
  • Cuando los gastos subvencionados sean para la ejecución de obra y superen la cuantía de 30.000 euros, la ONGD beneficiar · eligible
    En el plazo máximo de tres meses a partir de la fecha de finalización de la intervención, se presentará un informe final sobre la ejecución técnica y económica de la intervención según el modelo oficial disponible en el Portal de Navarra www.cooperacion.navarra.es En el caso de que la Administración concedente autorice un plazo de ejecución superior, se estará a lo dispuesto en la correspondiente autorización.
  • Cuando los gastos subvencionados sean para la ejecución de obra y superen la cuantía de 30.000 euros, la ONGD beneficiar · eligible
    El informe final revestirá la forma de cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto y estará compuesta de los siguientes elementos:
  • Cuando los gastos subvencionados sean para la ejecución de obra y superen la cuantía de 30.000 euros, la ONGD beneficiar · eligible
    Declaración responsable, firmada por el representante legal de la entidad beneficiaria, de que son ciertos todos los datos contenidos en la documentación que compone el informe final presentado.
  • Cuando los gastos subvencionados sean para la ejecución de obra y superen la cuantía de 30.000 euros, la ONGD beneficiar · eligible
    Documentación que acredite los envíos al socio local de fondos y tipos de cambio aplicados para el caso de envío por transferencia bancaria; en otros casos mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la ONGD beneficiaria de la subvención.
  • Cuando los gastos subvencionados sean para la ejecución de obra y superen la cuantía de 30.000 euros, la ONGD beneficiar · eligible
    Documentación que acredite la recepción por parte del socio local de fondos, acompañada por los documentos bancarios en los que consten los tipos de cambio aplicados para el caso de recepción por transferencia bancaria.
  • Cuando los gastos subvencionados sean para la ejecución de obra y superen la cuantía de 30.000 euros, la ONGD beneficiar · eligible
    Informe técnico, conforme al modelo oficial disponible en el Portal de Navarra www.cooperacion.navarra.es, sobre la ejecución de la intervención, que contendrá como mínimo una especificación de los objetivos alcanzados, los resultados conseguidos y las actividades realizadas, todo ello acompañado de sus fuentes de verificación. Este informe, deberá acompañarse de un documento-ficha, conforme a modelo oficial disponible en el Portal de Navarra www.cooperacion.navarra.es, sobre indicadores de Rendición de Cuentas de la Cooperación Española (IRC), que recogerá información en base a los resultados alcanzados y vinculados a los ODS. Esta ficha tiene por objeto hacer viable una rendición de cuentas agregada por parte de los actores de la Cooperación a nivel estatal.
  • Cuando los gastos subvencionados sean para la ejecución de obra y superen la cuantía de 30.000 euros, la ONGD beneficiar · eligible
    Informe económico, que incluirá una memoria explicativa de la ejecución presupuestaria de la intervención; se adjuntará documento en formato Excel conforme al modelo oficial, que contendrá: el Balance de gastos de la intervención la relación de ingresos, subvenciones o ayudas, públicos o privados, que hayan financiado la actividad subvencionada, con indicación del importe y su procedencia detalle del envío de fondos y tipos de cambio aplicados el listado completo de gastos diferenciados por actividad y tipo de gasto, incluyendo el listado de gastos financiados con otras aportaciones ajenas a la subvención del Gobierno de Navarra. Constará por cada gasto el número de documento en la lista, número de documento del comprobante, fecha de emisión, nombre o razón social del emisor y su número de identificación fiscal o similar, concepto, texto que figura en el comprobante que en el caso de ser extenso podrá ser resumido, modo de pago, cuantía en moneda en la que se ha efectuado el pago e importe en euros. Los listados de gastos deberán estar respaldados por sus comprobantes para su verificación por parte del órgano de control correspondiente.
  • Cuando los gastos subvencionados sean para la ejecución de obra y superen la cuantía de 30.000 euros, la ONGD beneficiar · eligible
    En el caso de presentar cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto, el órgano de control podrá optar por una revisión por muestreo de los mismos. Estos comprobantes serán facturas, nóminas, boletines de cotizaciones, impresos de declaración de impuestos y en su defecto: extractos bancarios, recibos, registros de caja, notas de gastos, u otro tipo de documento, que en todo caso deberán tener constancia de los datos indicados en el listado. Asimismo, estos comprobantes incluirán o se acompañarán de la justificación correspondiente a su pago. Los comprobantes serán copias debidamente acreditadas por la contraparte local, o por la entidad beneficiaria en el caso de gastos producidos en España. Cuando los comprobantes estén escritos en lenguas diferentes al castellano, euskera, inglés o francés deberán ser traducidos íntegramente al castellano.
  • Cuando los gastos subvencionados sean para la ejecución de obra y superen la cuantía de 30.000 euros, la ONGD beneficiar · eligible
    En el caso de que el gasto justificado no alcance el total del importe anticipado o pagado a cuenta, deberá aportarse justificante del ingreso a favor de la Dirección General de Protección Social y Cooperación al Desarrollo por la diferencia entre la cantidad anticipada o pagada a cuenta y la justificada, sin perjuicio de lo que se establezca en la Resolución de cierre del expediente de subvención. Se realizará mediante carta de pago, que la entidad beneficiaria solicitará al órgano gestor, y supondrá la renuncia expresa de la Entidad al importe devuelto.
  • Cuando los gastos subvencionados sean para la ejecución de obra y superen la cuantía de 30.000 euros, la ONGD beneficiar · eligible
    Cuanta otra documentación escrita o gráfica se desee aportar voluntariamente, que avale la buena marcha o ejecución de la intervención financiada.
  • Cuando los gastos subvencionados sean para la ejecución de obra y superen la cuantía de 30.000 euros, la ONGD beneficiar · eligible
    En caso de que hubiera financiación ajena a la subvención del Gobierno de Navarra, se presentará un certificado emitido por la propia entidad, en el caso de fondos privados, o mediante copia de la Resolución favorable en la que se especifique cuantía y proyecto, para el caso de otras subvenciones públicas.
  • Cuando los gastos subvencionados sean para la ejecución de obra y superen la cuantía de 30.000 euros, la ONGD beneficiar · eligible
    El Servicio de Garantía de Ingresos y Cooperación al Desarrollo, tras la comprobación de la correcta justificación de la actividad subvencionada, procederá al cierre del expediente administrativo de subvención correspondiente, que será notificado a la entidad beneficiaria.
  • Cuando los gastos subvencionados sean para la ejecución de obra y superen la cuantía de 30.000 euros, la ONGD beneficiar · eligible
    Composición de los órganos de gobierno, administración y dirección de la entidad.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Cooperación internacional para el desarrollo y cultural