Convenio Ayto. Fuenmayor. Financiación: Cubrición Pista Pádel

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES230 - La Rioja. La gestiona CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, DEPORTE Y JUVENTUD.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • A la obtención de las autorizaciones, licencias y permisos necesarios, a la contratación de los proyectos y estudios de seguridad y salud y los servicios de dirección facultativa y de coordinación de seguridad y salud, siendo con arreglo a la normativa vigente en materia de contratación de la administración local. También a su cargo serán los excesos de mediciones, así como modificaciones.
  • A atender los requerimientos que en el ejercicio de sus competencias efectúe la Consejería competente en materia de deporte.
  • A someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Consejería competente en materia de deporte, a las de control financiero que corresponden a la Intervención General de la Comunidad Autónoma de La Rioja en relación con las subvenciones y ayudas concedidas y a los previstos en la legislación del Tribunal de Cuentas.
  • Del mismo modo y de conformidad con el artículo 18.3 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, el beneficiario deberá dar la adecuada publicidad de la financiación pública de la actividad subvencionada y a tal
  • - Reservar espacio para reflejar la colaboración, a través de la imagen de identidad corporativa del Gobierno de La Rioja que se facilite, en un lugar visible de la instalación deportiva .
  • - Comunicar a la Consejería competente en materia de deporte del Gobierno de La Rioja con suficiente antelación todos los actos pú blicos y de protocolo que vaya a realizar en la instalación deportiva. A dichos actos se deberá invitar a personalidades del Gobierno de La Rioja y en los mismos se dejará constancia 3 11 00871-2026/019808 Convenio Comunicaciones SAC oficina electrónica 2026/0750452 1 Alcalde del Ayuntamiento de Fuenmayor 2 Consejero 3
  • CUARTA. - Cuantía subvencionada Para la financiación de las obras que constituyen el objeto de la subvención, el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud se compromete a aportar la cantidad de VEINTISIETE MIL QUINIENTOS EUROS (27.500€), que representa el 24,3937% de su coste. La aportación del Gobierno de La Rioja se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria
  • 04.3411.761.11 de la anualidad 2026. Serán por cuenta del beneficiario y no dará lugar a un incremento de la subvención los modificados, revisiones de precios y excesos de obra que se puedan produci r en la ejecución del contrato. 4 11 00871-2026/019808 Convenio Comunicaciones SAC oficina electrónica 2026/0750452 1 Alcalde del Ayuntamiento de Fuenmayor 2 Consejero 3
  • Deberá informarse al Gobierno de La Rioja, a través de la Dirección General de Deporte y Juventud de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud sobre las actuaciones que se pretendan realizar, siempre con anterioridad a su ejecución, remitiendo los informes y las a utorizaciones correspondientes.
  • La justificación por el beneficiario del cumpl imiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos, se realizará mediante la presentación de una cuenta justificativa comprensiva de la
  • Una memoria de la actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impu estas y de los fines obtenidos.
  • Una memoria económica que conte ndrá los siguientes documentos:
  • Una relación clasificada de las inversiones realizadas, con identificación del acreedor y del documento, su importe y fecha de emisión.
  • Las facturas, certificaciones o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior y que no obren en poder de la Administr ación. En el caso de las certificaciones de obra, deberán ser informadas por técnico competente de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
  • El Gobierno de La Rioja, mediante resoluc ión del Consejero de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud podrá prorrogar dicho plazo cuando existan razones fundadas para ello. La solicitud de ampliación y la decisión sobre el mismo, deberán realizarse antes del vencimiento. La ampliación en su caso otorga da, no podrá exceder de la mitad del plazo inicialmente pactado. En cualquier caso, será preciso tener en cuenta el principio de anualidad presupuestaria que rige en el caso de las subvenciones nominativas. A este efecto, se entenderá como plazo inicialmente pactado el comprendi do entre la fecha de firma del convenio y el día 1 5 de diciembre de 2026.
  • El abono de la subvención establecida en el presente Convenio se realizará de la siguiente forma: 1º- El porcentaje correspondiente de cada una de las sucesivas certificaciones de obra que, informadas por técnico competente, sean presentadas hasta un máximo de VEINTI SEIS MIL CIENTO VEINTICINCO EUROS (26.125€). Dicho porcentaje se corresponderá con la proporción existente entre la subvención que se concede y el importe por el que las obras sean finalmente adjudicadas o encargadas. 2º- Al menos, el 5% restante, MIL TRESCIENTOS SETEN TA Y CINCO EUROS (1.375€), se abonará una vez presentada, comprobada de conformidad y aprobada la cuenta justificativa en los términos previstos en el

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

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