CONVENIO AYTO.DE CÁCERES Y CLÚSTER DE TURISMO DE EXRTEMADURA

Es objeto del presente Convenio canalizar la subvención directa nominativa de VEINTICINCO MIL EUROS (25.000 €), prevista en el Presupuesto General del Ayuntamiento de Cáceres, para este ejercicio de 2026, a favor de la Asociación “El Clúster de Turismo de Extremadura” para llevar a cabo las actividades orientadas a la mejora de la competitividad de las PYMES extremeñas vinculadas y/o relacionadas con la actividad turística, la creación de empleo y la digitalización del sector turístico, durante el presente ejercicio.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES43 - EXTREMADURA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CÁCERES.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 25.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto y realizar la actividad que fundamenta la concesión de esta subvención.
  • Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en la forma que se determine reglamentariamente.
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados, y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
  • Adoptar las medidas de difusión contenidas en el aparatado 4 del artículo 18 de esta Ley.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el
  • - El plazo de realización del gasto. El plazo de realización de los gastos subvencionados, será el período comprendido entre el 1 de enero y el 15 de diciembre de 2026, la fecha límite del pago de facturas hasta el 15 de diciembre de 2026, y el plazo de justificación hasta el 15 de diciembre de 2026.
  • - La forma de justificación de la subvención consistirá en la presentación de la cuenta justificativa simplificada, prevista en el artículo 75 del Reglamento General de
  • Subvenciones, que deberá contener la siguiente documentación:
  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
  • Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago.
  • Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
  • -La documentación a presentar para cada uno de los gastos será la siguiente:
  • Personal con nóminas: Los gastos de esta índole se justificarán mediante la presentación de las nóminas correspondientes firmadas por su perceptor y justificantes de las cotizaciones a la Seguridad Social. Se justificará la retención e ingreso en la Delegación de la Agencia Estatal Tributaria de las cantidades correspondientes al IRPF.
  • Honorarios profesionales: Se justificará con las minutas de honorarios junto con el adeudo bancario.
  • Gastos en bienes corrientes y servicios y gastos en bienes inventariables. Con carácter general, los gastos se justificarán mediante la presentación de facturas, emitidas con todos los requisitos legales.
  • En las facturas deberán recogerse los datos siguientes:

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Quinta: Gastos subvencionables. · eligible
    - Se consideran gastos subvencionables, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la presenta actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo previsto en el presente Convenio.
  • Quinta: Gastos subvencionables. · eligible
    - A los efectos previstos en el apartado anterior, se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación, que comprenderá gastos en contratación de personal cualificado para el desarrollo de la actividad, promoción y marketing, organización de eventos y visitas de familiarización, mantenimiento de plataformas tecnológicas, y gastos de dietas y desplazamientos para el desarrollo de alianzas estratégicas y generación de sinergias.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Es objeto del presente Convenio canalizar la subvención directa nominativa de VEINTICINCO MIL EUROS (25.000 €), prevista en el Presupuesto General del Ayuntamiento de Cáceres, para este ejercicio de 2026, a favor de la Asociación “El Clúster de Turismo de Extremadura” para llevar a cabo las actividades orientadas a la mejora de la competitividad de las PYMES extremeñas vinculadas y/o relacionadas con la actividad turística, la creación de empleo y la digitalización del sector turístico, durante el presente ejercicio.