Entidades socialesPersonas jurídicasES522 - Castellón / Castelló

Convenio ASOLECAS: Proyecto Médula Solidaria: Promoviendo la Donación

Título oficial: Convenio ASOLECAS: Proyecto Médula Solidaria: Promoviendo la Donación

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES522 - Castellón / Castelló. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CASTELLÓ/CASTELLÓN.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 5.000,00 €. Inicio: 20/01/2026. Plazo: Fin: 25/02/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • 500,00€. Conforme a lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 19 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), se permite compatibilizar estas subvenciones con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o de la Unión Europea o de Organismos Internacionales, si bien el importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
  • Escritura Pública de constitución o Estatutos, según se trate de entidades con o sin ánimo de lucro, respectivamente, debidamente inscritas en el Registro Público correspondiente, con constancia de que el objeto social es adecuado al de las presentes bases.
  • Acreditación de que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social, así como por reintegro de subvenciones, y no se encuentra incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario a las que hace referencia el art. 13.2 de la LGS. De conformidad con lo establecido en el art. 24 y 25 del RLGS, su cumplimiento se ha realizado mediante declaración responsable , según modelo adjunto en ANEXO II. No obstante, dado que la subvención a otorgar es superior a 3.000,00 €, adicionalmente se ha adjuntado el certificado correspondiente, entendiéndose que, de conformidad con el art.
  • 2 de la LPAC, el consentimiento para recabar dicha información a la Administración competente se presume autorizada por lo interesados, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa, en cuyo caso resultará necesario que aporten los certificados en cuestión junto con la solicitud. En todo caso el órgano gestor de la presente convocatoria ha solicitado a la Tesorería de la Diputación Provincial informe/certificación acreditativo de que la entidad solicitante se encuentra al corriente de pago de cualquier derecho reconocido al favor de la Diputación o de sus Organismos Autónomos . En caso de resultar negativo, se requerirá a la entidad solicitante para que, en el término de diez días, lo subsane, con la advertencia de que, en caso contrario, se le tendrá por desistida su petición, previa resolución emitida al efecto.
  • Ficha actualizada de mantenimiento de terceros , cumplimentada según el modelo aprobado por la Diputación Provincial.
  • Acreditación de que el solicitante no realiza una actividad económica por la que tenga que estar dada de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Su cumplimiento se ha realizado mediante declaración responsable según modelo adjunto
  • Memoria de actuaciones justificativa de la actividad subvencionada, consistente en la declaración detallada de las actividades realizadas financiadas con la subvención, acompañada de la documentación gráfica acreditativa de la “inserción de la imagen corporativa de la Diputación Provincial de Castellón”. Esta memoria incluirá la cumplimentación de los siguientes indicadores cualitativos y
  • Número de personas atendidas con mención expresa a las empadronadas en municipios menores de 10.000 habitantes. Disgregadas por sexo.
  • Número de usos, accesos, participaciones, intervenciones. ( una persona atendida 10 veces equivale a 10 usos, 10 personas atendidas 1 vez equivale a 10 usos)
  • Evaluación de calidad desde la percepción de la persona atendida. Con una simple pregunta: - Recomendarías este servicio o actividad a un conocido? SI/NO
  • Memoria económica con: 15
  • EXPEDIENTE: 218/2026 Facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa acreditativos de los gastos subvencionables realizados, identificados y ordenados correlativamente según número de orden asignado en la relación numerada. Para posibilitar el control de la concurrencia de subvenciones, todos y cada uno de los documentos presentados por el beneficiario de la subvención deberán ser validados y estampillados por el servicio gestor, mediante un sello existente al efecto en el que conste qué importe del documento o factura se ha imputado (financiado) con la subvención. Los documentos justificativos serán originales. En el supuesto que se presenten fotocopias, éstas deberán ser debidamente compulsadas por el servicio gestor. No será válida ningún otro tipo de compulsa. En el caso de que entre los justificantes de gasto y/o pago conste documentación redactada en una lengua ajena a las cooficiales en el territorio de la Comunidad Valenciana (castellano y valenciano), y/o la valoración de la operación sea en moneda diferente al euro, resultará
  • la traducción del contenido del justificante a castellano o valenciano.
  • EXPEDIENTE: 218/2026 Social (TC1/recibo de liquidación de cotizaciones y TC2, o documentos equivalentes). Igualmente deberá justificarse la liquidación de las retenciones y el ingreso en la Delegación de la Agencia Estatal Tributaria de las cantidades correspondientes al IRPF o IRNR. En el caso de facturas o gastos de personal del mes de diciembre, deberán justificarse las nóminas dentro del plazo máximo de justificación, pudiendo presentarse los justificantes referentes a las retenciones de IRPF o IRNR (modelo 111 o equivalente) y gasto de la SS (TC1/recibo de liquidación de cotizaciones y TC2, o documentos equivalentes), durante el mes de enero del ejercicio siguiente. En el caso de beneficiarios cuya liquidación del modelo de 111 o equivalente sea de periodicidad trimestral, lo expuesto en este párrafo será con referencia a las facturas y gastos de personal y modelo 111 o equivalente del 4º trimestre. Adicionalmente, para cada una de las nóminas deberá adjuntarse el “ Parte de trabajo de la actividad subvencionada” (Anexo XI). En cuanto al gasto subvencionable del importe de las nóminas, habrá que tener en cuenta
  • Sólo se considera gasto subvencionable los conceptos salariales.
  • Las pagas extra deberán prorratearse entre los meses en que se generan, independientemente de su devengo, por lo que sólo podrá incluirse la parte proporcional a las nóminas justificadas incluidas en el periodo de su generación
  • Entre los conceptos extrasalariales excluidos del gasto subvencionable se
  • Gastos sociales: ayudas sanitarias, por estudios, por conciliación familiar, etc
  • Las indemnizaciones por transporte, alojamiento y manutención que se incluyan en las nóminas, sin perjuicio de quedar excluidas del coste salarial, sí se considerarán gasto subvencionable, debiendo incluirse en la cuenta justificativa como un justificante de gasto independiente de la nómina, acompañadas de la información adicional exigida en esta base. Excepcionalmente podrán presentarse “recibís” justificantes de gastos ajenos a una relación laboral (de serlo deberían incluirse en la nómina) o profesional (de serlo deberían
  • Prestación no habitual de servicios , al margen de la actividad laboral habitual pero como experto de la rama de conocimiento de la misma, actuando como ponente de congresos y formación especializada, así como miembro de jurado.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • TOTAL GASTOS SUBVENCIONABLES 23.500€ · eligible
    GASTOS NO SUBVENCIONABLES Categorías Importe Gestión y asesorías 500€ 8
  • TOTAL GASTOS NO SUBVENCIONABLES 500€ · eligible
    TOTAL GASTOS 24.000€ De conformidad con lo dispuesto en los artículos 31.7 y 8 de la LGS, en ningún caso serán gastos subvencionables los intereses deudores de las cuentas bancarias; los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales; los gastos de procedimientos judiciales, los impuestos indirectos cuando son susceptibles de recuperación o compensación (ej. IVA soportado deducible) ni los impuestos personales sobre la renta.
  • QUINTA.- Cuantía de la subvención, importe de gasto subvencionable y financiación de las actividades subvencionadas La c · eligible
    500,00€. Conforme a lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 19 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), se permite compatibilizar estas subvenciones con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o de la Unión Europea o de Organismos Internacionales, si bien el importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
  • QUINTA.- Cuantía de la subvención, importe de gasto subvencionable y financiación de las actividades subvencionadas La c · eligible
    NIF del solicitante.
  • QUINTA.- Cuantía de la subvención, importe de gasto subvencionable y financiación de las actividades subvencionadas La c · eligible
    NIF del representante.
  • QUINTA.- Cuantía de la subvención, importe de gasto subvencionable y financiación de las actividades subvencionadas La c · eligible
    Escritura Pública de constitución o Estatutos, según se trate de entidades con o sin ánimo de lucro, respectivamente, debidamente inscritas en el Registro Público correspondiente, con constancia de que el objeto social es adecuado al de las presentes bases.
  • QUINTA.- Cuantía de la subvención, importe de gasto subvencionable y financiación de las actividades subvencionadas La c · eligible
    Acreditación de que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social, así como por reintegro de subvenciones, y no se encuentra incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario a las que hace referencia el art. 13.2 de la LGS. De conformidad con lo establecido en el art. 24 y 25 del RLGS, su cumplimiento se ha realizado mediante declaración responsable , según modelo adjunto en ANEXO II. No obstante, dado que la subvención a otorgar es superior a 3.000,00 €, adicionalmente se ha adjuntado el certificado correspondiente, entendiéndose que, de conformidad con el art.
  • QUINTA.- Cuantía de la subvención, importe de gasto subvencionable y financiación de las actividades subvencionadas La c · eligible
    2 de la LPAC, el consentimiento para recabar dicha información a la Administración competente se presume autorizada por lo interesados, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa, en cuyo caso resultará necesario que aporten los certificados en cuestión junto con la solicitud. En todo caso el órgano gestor de la presente convocatoria ha solicitado a la Tesorería de la Diputación Provincial informe/certificación acreditativo de que la entidad solicitante se encuentra al corriente de pago de cualquier derecho reconocido al favor de la Diputación o de sus Organismos Autónomos . En caso de resultar negativo, se requerirá a la entidad solicitante para que, en el término de diez días, lo subsane, con la advertencia de que, en caso contrario, se le tendrá por desistida su petición, previa resolución emitida al efecto.
  • QUINTA.- Cuantía de la subvención, importe de gasto subvencionable y financiación de las actividades subvencionadas La c · eligible
    Ficha actualizada de mantenimiento de terceros , cumplimentada según el modelo aprobado por la Diputación Provincial.
  • QUINTA.- Cuantía de la subvención, importe de gasto subvencionable y financiación de las actividades subvencionadas La c · eligible
    Acreditación de que el solicitante no realiza una actividad económica por la que tenga que estar dada de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Su cumplimiento se ha realizado mediante declaración responsable según modelo adjunto

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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