CONVENIO ASOCIACIÓN PROMOCIÓN GITANA: Programa mediadores

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES - ESPAÑA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • - A la finalización de la vigencia del Convenio y como fecha límite 15 de febrero de 2027, la entidad beneficiaria presentará la justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos del convenio que revestirá la forma de cuenta justificativa del gasto realizado, siguiendo las prescripciones establecidas en el artículo 46 de la Ordenanza. Al ser la subvención concedida por importe igual o superior a 50.000 euros, se deberá justificar la misma con la aportación de un informe de auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC), dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC).
  • Informe de auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (Anexo J06). En aquellos casos en que el beneficiario esté obligado a auditar sus cuentas anuales por un auditor sometido a la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, la revisión de la cuenta justificativa se llevará a cabo por el mismo auditor, salvo que las convocatorias prevean el nombramiento de otro auditor. En el supuesto en que el beneficiario no esté obligado a auditar sus cuentas anuales, la designación del auditor de cuentas será realizada por él. El gasto derivado de la revisión de la cuenta justificativa tendrá la condición de gasto subvencionable. El beneficiario estará obligado a poner a disposición del auditor de cuentas cuantos libros, registros y documentos le sean exigibles en aplicación de lo dispuesto en la normativa vigente, así como a conservarlos al objeto de las actuaciones de comprobación y control previstas en la Ordenanza Municipal de Subvenciones.
  • Memoria de actuación (Anexo J01), conforme se indica en el punto 2.
  • Memoria económica abreviada que contendrá un cuadro presupuestario de ingresos que han financiado la ejecución del proyecto con indicación de las fuentes de financiación así como cuadro presupuestario de gastos debidamente agrupados por conceptos reflejándose las desviaciones acaecidas respecto de las cantidades inicialmente presupuestadas (Anexo J02).
  • Relación de facturas, nóminas y documentos incluidos y comprobados en el informe del auditor (Anexo J02).
  • Dossier de personal (Anexo J04), que habrá de contener los contratos de trabajo, la Relación Nominal de Trabajadores y la Relación de Liquidación de Cotizaciones, retenciones e ingreso de las cantidades correspondientes al IRPF practicadas del personal (Modelos 111 trimestrales y 190 anual de la AEAT) mediante el escaneo de los documentos originales. Igualmente deberá contener u na declaración responsable en materia de personal comprensiva de la identificación de las personas asignadas al proyecto, las tareas, y porcentajes de dedicación de cada uno de ellos . En el caso de que haya relación con personas menores de edad, la entidad con la que se convenia deberá aportar junto con los gastos de personal el Página 5 de 10 Este documento contiene datos no especialmente protegidos DOCUMENTO Convenio a firma ID FIRMA 16355248 PÁGINA 5 / 10
  • ASOCIACION DE PROMOCION GITANA DE ZARAGOZA (ALFREDO NOE BAUTISTA GABARRE) - PRESIDENTE 30 de julio de 2026
  • M ANGELES OROS LORENTE - CONSEJERA DE POLÍTICAS SOCIALES 31 de julio de 2026 Ayuntamiento de Zaragoza- Documento firmado electrónicamente. Verifique su validez: https://www.zaragoza.es/verifica Código Seguro de Verificación: 50297MTc4NTQwMDI0OTk3OTI1ODA1NzQz
  • Declaración responsable (Anexo J05), según modelo normalizado en la que se haga constar que las cantidades correspondientes al impuesto sobre el valor añadido, IVA, que hayan sido imputadas como gasto en la justificación, no han sido compensadas por la entidad beneficiaria, es decir, que no han sido recuperadas.
  • Fuentes de verificación (Anexo J07), conforme a lo indicado en la cláusula concerniente a la cláusula “difusión” del programa/proyecto.
  • - La memoria de actuación representa la evaluación de las actividades, actuaciones, actos y tareas llevados a cabo y finalizados. Por tanto, deberá referirse a todo aquello ya realizado y concluido, aportando datos exactos y concretos. En ella se presentarán todos los datos estadísticos sobre las personas beneficiarias o usuarias y sobre el personal que ejecute el proyecto subvencionado, desagregados por sexo y edad, estableciendo porcentajes, de forma que puede conocerse la población sobre la que incide la subvención. Deberán cumplimentarse todos y cada uno de los apartados de la memoria. Respecto de los Recursos Humanos asignados al proyecto, serán admisibles variaciones de hasta un 20 % inclusive respecto del número de personas contratadas imputadas al proyecto y/o del conjunto de horas anuales imputadas en contrataciones directas y mediante prestaciones de servicios. Cuando se supere el límite del 20 % se deberá contar con la autorización del Ayuntamiento.
  • - En la justificación económica, se tendrán en cuenta los conceptos de justificación que cumplan los requisitos de los gastos subvencionables previstos en el artículo 32 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones. La naturaleza de los gastos subvencionables será la que se recoge en los artículos 33, 34 y 37 de la Ordenanza General Municipal de Subvenciones. Los gastos directos serán aquellos derivados específicamente del desarrollo de la actividad o programa subvencionados y, por tanto, serán subvencionables en su totalidad. En ningún caso se considerarán gastos justificables los intereses deudores de cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales y los gastos de procedimientos judiciales. La entidad beneficiaria deberá tener presente que en ningún caso el importe del convenio podrá destinarse a la adquisición de mobiliario y equipos, de otros bienes de carácter inventariable ni a la realización de gastos de inversión.
  • - La acreditación de pago se efectuará mediante transferencia, adeudo bancario o documento inequívoco de que las facturas presentadas han sido pagadas. Si se abonan en efectivo las facturas deberán estar firmadas y selladas por la entidad emisora haciendo constar que las mismas ha sido abonadas y fecha de pago.
  • - Con relación al Impuesto sobre el Valor Añadido, solo se considerará gasto subvencionable el impuesto soportado que no pueda ser compensado a su vez por la entidad. A tal fin la entidad aportará los documentos en que conste la exención del pago de este impuesto para la actividad incluida en el Proyecto subvencionado y, en su caso, los porcentajes de exención de los que se beneficiaría, así como declaración responsable de que no ha imputado como gasto el IVA que haya deducido. Igualmente podrá presentar documentación complementaria (por ejemplo el certificado de la situación censal tributaria o modelo 390 AEAT). La documentación justificativa deberá ser presenta da en tiempo y forma, por administración electrónica referenciando el expediente al que se aporta, a través de los modelos normalizados disponibles en el siguiente enlace. https://www.zaragoza.es/sede/portal/servicios-sociales/servicio/tramite/37678
  • Deberán presentarse, en todo caso, los documentos siguientes:
  • AUDITOR Adjuntar al expediente de manera electrónica. Modelo No Normalizado J07 FUENTES DE VERIFICACIÓN Adjuntar al expediente de manera electrónica. Modelo No Normalizado
  • SERVICIOS SOCIALES ESPECIALIZADOS Presupuesto municipal y Decretos, en las cuestiones relacionadas con este convenio, de Alcaldía Presidencia en relación al uso de papel y maderas, para lo cual sus proveedores, materiales y actuaciones de cualquier género deberán priorizar un comportamiento respetuoso con el medio ambiente y una tendencia a la sostenibilidad. DECIMOTERCERO.- PERSPECTIVA DE GÉNERO. Durante la vigencia del convenio y desde el inicio
  • La información básica a la que se refiere el apartado anterior deberá contener, al menos:
  • - La identidad del responsable del tratamiento y de su representante, en su caso.
  • - La finalidad del tratamiento.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Servicios Sociales y Promoción Social