Asociaciones culturalesPersonas jurídicasES522 - Castellón / Castelló

Convenio Asociación Proart Santa Bárbara

El Ayuntamiento de Burriana, a través de la Alcaldía presidencia (órgano concedente), concede de forma directa una subvención a la Asociación Proart Santa Bárbara (entidad beneficiaria) por un importe de 6.500 €, como contribución a la realización de la decoración

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES522 - Castellón / Castelló. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BORRIANA/BURRIANA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • justification
    A los efectos de la justificación de la subvención concedida, se estará a lo que se disponga al respecto en las bases de ejecución del presupuesto municipal.
  • justification
    La justificación de la subvención se realizará conforme al modelo normalizado de justificación de subvenciones del Ayuntamiento de Burriana, que contendrá la información que se indica en el artículo 75 del Reglamento General de Subvenciones,
  • justification
    debidamente firmado por la presidencia y secretaria de la asociación, al que se adjuntará:
  • justification
    Una memoria explicativa y gráfica de la actividad realizada (denominación, fechas celebración, participantes, valoración…), relacionando los gastos realizados, firmada por la presidencia de la asociación.
  • justification
    Las gastos se acreditarán mediante facturas y otros documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, a las que se deberá adjuntar el pago (cada factura con su pago correspondiente) numerados y ordenados de acuerdo con lo que se ha detallado en el modelo de justificación.
  • justification
    Acreditación de la publicidad de la colaboración del Ayuntamiento.
  • justification
    Los gastos subvencionables acreditados serán de importe igual o superior a la suma de
  • justification
    500 €. Si los gastos no alcanzasen el importe de la suma expresada, la aportación de 6.500 € se minorará de forma automática en la cuantía no justificada.
  • justification
    Los gastos se acreditarán mediante facturas (y pagos) y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, realizados desde el 1 de enero de 2026 a la fecha máxima de justificación.
  • justification
    Cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas. El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada. 6 El plazo para presentar la documentación justificativa será como máximo hasta el día 30 de noviembre de 2026.
  • justification
    El incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención en los términos establecidos en este convenio y en la Ley General de Subvenciones o la justificación insuficiente de la misma llevará aparejado el reintegro en las condiciones previstas en el

Gastos y actuaciones

  • Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada responden a la naturaleza de las actividades subv · eligible
    Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a
  • Gastos subvencionables: e l Ayuntamiento colaborará en los costes de alquiler, carga, e · ineligible
    instalación de andamios, materiales y honorarios del pintor. No se considerarán gastos subvencionables los de manutención ni combustible.
  • Gastos subvencionables: e l Ayuntamiento colaborará en los costes de alquiler, carga, e · eligible
    Comprobación de valores El Ayuntamiento podrá comprobar el valor de mercado de los gastos subvencionados empleando los medios que se establecen en el artículo 33.1 de la Ley General de Subvenciones.
  • Gastos subvencionables: e l Ayuntamiento colaborará en los costes de alquiler, carga, e · eligible
    Forma de pago
  • Gastos subvencionables: e l Ayuntamiento colaborará en los costes de alquiler, carga, e · eligible
    El pago total del importe de la subvención se realizará previa justificación, por la entidad beneficiaria, de la realización de las actividades en los términos establecidos en este convenio, en las bases de ejecución del Presupuesto Municipal para el ejercicio de 2026 y en la Ley General de Subvenciones. Se producirá la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención en el supuesto de falta de justificación o de concurrencia de alguna de las causas previas en el apartado h) de la cláusula 3.1 del presente convenio.
  • Gastos subvencionables: e l Ayuntamiento colaborará en los costes de alquiler, carga, e · eligible
    Se abonará el 80% de la subvención concedida a la firma del presente convenio, en concepto de pago anticipado como financiación para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención y el 20% restante una vez justificada la totalidad de la subvención y previo informe, en su caso, de la Comisión de Seguimiento.
  • Gastos subvencionables: e l Ayuntamiento colaborará en los costes de alquiler, carga, e · eligible
    De la retención de pagos y del reintegro de la subvención Se estará a lo dispuesto en los artículos 35 a 43 de la Ley General de Subvenciones.
  • Gastos subvencionables: e l Ayuntamiento colaborará en los costes de alquiler, carga, e · eligible
    Modificaciones del convenio Cualquier modificación sustancial de las actividades subvencionadas y, por ende, del presente convenio, requerirá autorización previa y expresa de la Alcaldía Presidencia, a propuesta de la Comisión de Seguimiento y se instrumentará mediante la suscripción de una adenda al mismo.
  • Gastos subvencionables: e l Ayuntamiento colaborará en los costes de alquiler, carga, e · eligible
    Compromisos que asume el Ayuntamiento El Ayuntamiento colabora en los gastos derivados del suministro de materiales: telas, bastidores, pinturas y pinceles, fotografías, imprenta, instalación de andamios y honorarios profesionales.
  • Gastos subvencionables: e l Ayuntamiento colaborará en los costes de alquiler, carga, e · eligible
    Seguimiento y coordinación del convenio Para el seguimiento y coordinación del presente convenio, podrá constituirse una Comisión, cuyo funcionamiento se regirá por lo establecido en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del sector público, que deberá reunirse obligatoriamente cuando lo disponga el concejal delegado de Cultura y estará compuesta,
  • Gastos subvencionables: e l Ayuntamiento colaborará en los costes de alquiler, carga, e · eligible
    El concejal delegado de Cultura (que actuará como presidente de la Comisión).
  • Gastos subvencionables: e l Ayuntamiento colaborará en los costes de alquiler, carga, e · eligible
    Un miembro del personal de la Sección IV del Ayuntamiento (que ejercerá las funciones de Secretaría).
  • Gastos subvencionables: e l Ayuntamiento colaborará en los costes de alquiler, carga, e · eligible
    Un representante de la Asociación Proart Santa Bárbara.
  • Gastos subvencionables: e l Ayuntamiento colaborará en los costes de alquiler, carga, e · eligible
    Plazo de vigencia del convenio Se establece como plazo de vigencia del convenio el ejercicio de 2026.
  • Gastos subvencionables: e l Ayuntamiento colaborará en los costes de alquiler, carga, e · eligible
    Normativa reguladora Este convenio se regirá, en lo no previsto en sus cláusulas y, en cuanto le sea de aplicación, por la Ordenanza Municipal reguladora de Subvenciones, las bases de ejecución del Presupuesto Municipal para el ejercicio de 2026, la Ley General de Subvenciones y por el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales y demás normativa de legal aplicación. Y en prueba de conformidad con todo lo que se ha expuesto, firman por duplicado este documento, en el lugar y fecha que se indican. Jorge Monferrer Daudí María Luisa Molina Nogales Alcalde Presidente del Ayuntamiento Presidenta Asociación Proart Santa Bárbara

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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El Ayuntamiento de Burriana, a través de la Alcaldía presidencia (órgano concedente), concede de forma directa una subvención a la Asociación Proart Santa Bárbara (entidad beneficiaria) por un importe de 6.500 €, como contribución a la realización de la decoración