Personas jurídicasComercioES422 - Ciudad Real

Convenio Asociación de Empresarios 2026

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Comercio. Su ámbito territorial es ES422 - Ciudad Real. La gestiona AYUNTAMIENTO DE TOMELLOSO.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Su dotación presupuestaria y beneficiario aparecen recogidos en el Presupuesto.
  • El objeto de la subvención queda determinado expresamente en este convenio de colaboración.
  • El objeto es congruente con la clasificación funcional y económica del correspondiente crédito. V.- Que conforme al artículo 65.3 párrafo segundo del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, en los casos de concesión de las subvenciones previstas nominativamente en los presupuestos, el acto de concesión o el convenio tendrá el carácter de bases reguladoras de la concesión a los efectos de lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones.
  • Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Tomelloso 2022-2026.
  • Ordenanza General Reguladora de las Bases para la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Tomelloso. Documento firmado electrónicamente en el marco de la normativa vigente. Puede comprobarse su autenticidad insertando el CVE reflejado al margen en la sede electrónica corporativa expresada. Sede Electrónica https://www.tomelloso.es/sede Página 2 Documento firmado electrónicamente. Código Seguro de Verificación: APkbLFRSoz1Vfp6Y3z0S Firmado por El Alcalde D. JAVIER NAVARRO MUELAS el 21/08/2026 09:01:07 El documento consta de 10 página/s. Página 2 de 10. Puede comprobar su autenticidad insertando el CVE en nuestra sede: https://www.tomelloso.es/sede
  • La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • El Título II del Decreto de 17 de junio de 1955, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • TOTAL ACTIVIDADES 24.000,00€ Subvención del 100% por un importe máximo de 24.000€ Tal y como establece el artículo 11.2 de la Ordenanza General reguladora de las Bases para la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Tomelloso, la aportación final de este Ayuntamiento será el resultado de aplicar este porcentaje al importe total de los gastos debidamente justificados por la entidad beneficiaria, con el límite máximo del presupuesto de estas actividades. En ningún caso el importe de los fondos recibidos podrá superar el coste de la actividad subvencionada. Estas actividades se deben haber desarrollado durante el año 2026.
  • Comidas, invitaciones, banquetes o similares.
  • Gastos comunes de consumibles, papelería, etc.
  • Gastos relativos a cuñas y/o inserciones publicitarias.
  • Adquisición de mobiliario, equipos informáticos o cualesquiera otros bienes inventariables. Sólo serán subvencionables los gastos pagados que, de manera indubitada, respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios, se realicen y se paguen hasta el 31 de diciembre de 2026 y nunca podrán ser superiores al valor del mercado. Todos los servicios comprendidos en el desarrollo de las actividades recogidas en este convenio serán gratuitas para todos los destinatarios o participantes de cualquiera de las actividades recogidas en el mismo. Esta subvención es compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de otras administraciones o entes públicos o privados, sin bien en ningún caso el importe de los fondos recibidos podrá superar el coste de la actividad subvencionada.
  • TERCERA.- ACTUACIÓN SUBVENCIONADA. Se subvencionan específicamente gastos derivados de las actividades recogidas en la memoria de actividades presentada junto con la solicitud de ayuda y recogidas en la cláusula primera. En cuantas publicaciones, carteles, programas y anuncios que se produzcan como consecuencia de estas actividades, deberá constar en lugar visible el hecho de la financiación del Excmo. Ayuntamiento de Tomelloso, incluyendo, en consecuencia, el anagrama de la institución en lugar bien visible de cuanto material promocional se edite.
  • CUARTA.- OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. Con el objeto de comprobar los requisitos establecidos para obtener la condición de entidad beneficiaria, conforme al artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, AECT deberá aportar certificados de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Documento firmado electrónicamente en el marco de la normativa vigente. Puede comprobarse su autenticidad insertando el CVE reflejado al margen en la sede electrónica corporativa expresada. Sede Electrónica https://www.tomelloso.es/sede Página 5 Documento firmado electrónicamente. Código Seguro de Verificación: APkbLFRSoz1Vfp6Y3z0S Firmado por El Alcalde D. JAVIER NAVARRO MUELAS el 21/08/2026 09:01:07 El documento consta de 10 página/s. Página 5 de 10. Puede comprobar su autenticidad insertando el CVE en nuestra sede: https://www.tomelloso.es/sede
  • de 17 de noviembre, General de Subvenciones, deberá acreditar las siguientes:
  • Realizar las actividades objeto del presente convenio, conforme a la solicitud presentada, haciendo extensiva la participación en las actividades subvencionadas a todas las empresas de Tomelloso con carácter gratuito y finalizar las actividades hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto o realizar la actividad subvencionada y acreditarlo conforme a lo establecido en la estipulación octava de este convenio.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Otras actuaciones de carácter económico