Entidades socialesPersonas jurídicasES522 - Castellón / Castelló

CONVENIO ACUERDO JGL DEL 25/06/2026 CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN NOMINATIVA CON LA ASOCIACIÓN DE PERSONAS SORDOCIEGAS DE LA…

Título oficial: CONVENIO ACUERDO JGL DEL 25/06/2026 CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN NOMINATIVA CON LA ASOCIACIÓN DE PERSONAS SORDOCIEGAS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA (ASOCIDE CV) PARA EJECUCIÓN PROYECTO “ATENCIÓN A SITUACIONES DE VULNERABILIDAD Y/O EXCLUSIÓN SOCIAL DE PERSONAS..."

Ayuntamiento de Castelló de la Plana y la Asociación de Personas Sordociegas de la Comunidad Valenciana (ASOCIDE CV) para financiar la ejecución del p royecto “Atención a Situaciones de vulnerabilidad y/o exclusión social de personas sordociegas a través del Servicio de Atención a Personas Sordociegas (SAPSc) ” durante el periodo comprendido entre 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026, que organiza la citada entidad en el inmueble sito en la calle c/ Marqués de la Ensenada, 33 de Castelló de la Plana.

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES522 - Castellón / Castelló. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CASTELLÓN DE LA PLANA/CASTELLÓ DE LA PLANA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 18.000,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • subvenciones nominativas en materia de proyectos sociales”, de la documentación que integra la cuenta justificativa a la que alude el artículo 17.3 de la OGS. La justificación económica de la realización del proyecto deberá realizarse con estricto
  • cumplimiento a las siguientes condiciones: El pago a los proveedores se realizará preferentemente mediante transferencia bancaria, o en su caso talón nominativo, para justificar los gastos realizados, quedando el pago en metálico como residual para aquellos gastos de pequeña cuantía. El pago de los gastos se acreditará a
  • declaración acreditativa del cumplimiento de la finalidad para la que fue concedida la subvención y de la aplicación de los fondos a la finalidad destinada. Asimismo, constará que de conformidad con lo establecido en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los gastos realizados han sido los estrictamente necesarios y
  • Indicadores cualitativos: Al finalizar el año se pasarán encuestas para medir el grado de satisfacción de las personas beneficiarias de este proyecto, tanto personas Sordociegas como familiares o entorno cercano que hayan hecho uso de los servicios de la asociación. Se espera obtener una satisfacción igual o superior al 80%.
  • Nº de visitas domiciliarias mensuales para evaluación de necesidades o seguimiento de casos vulnerables
  • Nº de Puntos de Encuentro organizados
  • Nº de actividades grupales organizadas
  • Nº de personas sordociegas que participan en actividades grupales o puntos de encuentro
  • Nº de atenciones individualizadas para asesoramiento o apoyo
  • Nº de acciones formativas realizadas
  • Nº de participantes de las acciones formativas
  • Nº de actividades de sensibilización sobre sordoceguera
  • Nº de acciones formativas sobre sordoceguera impartidas a otros colectivos
  • Nº de actividades anuales de representación de la junta directiva o a las distintas comisiones
  • Nº de actividades organizadas por las Comisiones de Trabajo
  • Nº de entidades con las que se realiza algún tipo de colaboración / coordinación / actividad
  • Nº de charlas de sensibilización realizadas. En desarrollo del III Plan Municipal de Igualdad de Oportunidades de Mujeres y Hombres del Ayuntamiento de Castelló de la Plana, y a los efectos de incluir la perspectiva de género en los convenios suscritos por el Ayuntamiento de Castelló de la Plana y en la gestión de los datos y la información derivada de los mismos, la citada entidad subvencionada asume la obligación de 8 / 17
  • Asimismo resultará de aplicación supletoria la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y demás normativa de pertinente aplicación. Decimotercera. Vigencia.- El presente convenio surtirá sus efectos a partir de la fecha de su aprobación, sin perjuicio de que los gastos subvencionables se puedan referir al periodo comprendido entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2026, por desarrollarse el proyecto subvencionado en dicho periodo, según comunicación de la fecha de inicio del proyecto. Decimocuarta. Protección de datos.- De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (RGPD), y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), las partes se comprometen a cumplir con la normativa vigente en el tratamiento de los datos personales que se deriven de la ejecución del presente convenio.
  • Tratamiento de datos para la gestión del convenio: Los datos de carácter personal de los firmantes y del personal de contacto, incluidos en este documento, serán tratados por ambas partes con la finalidad de gestionar la relación subvencional, siendo la base de legitimación la ejecución de la relación jurídica existente entre ellas. Dichos datos se conservarán durante la vigencia del convenio y los plazos legales aplicables. 9 / 17
  • Tratamiento de datos de los beneficiarios del proyecto: Respecto a los datos de los beneficiarios del proyecto subvencionado, se establecen los siguientes regímenes de

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Ayuntamiento de Castelló de la Plana y la Asociación de Personas Sordociegas de la Comunidad Valenciana (ASOCIDE CV) para financiar la ejecución del p royecto “Atención a Situaciones de vulnerabilidad y/o exclusión social de personas sordociegas a través del Servicio de Atención a Personas Sordociegas (SAPSc) ” durante el periodo comprendido entre 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026, que organiza la citada entidad en el inmueble sito en la calle c/ Marqués de la Ensenada, 33 de Castelló de la Plana.