Convenio 2026 - Ayuntamiento de Madridejos, proyecto Estimulación Cognitiva Mayores para el año 2026.

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES425 - Toledo. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Realizar la finalidad para la que se ha concedido la subvención y presentar la justificación correspondiente en la forma prevista en la Estipulación 6ª.
  • Someterse a la normativa de supervisión, seguimiento y control de subvenciones, así como facilitar toda la información requerida por los órganos competentes.
  • Quedar, en todo caso, sujeto a las obligaciones impuestas por el artículo 14 y concordantes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • ---- Nº R.E.L. 0245000 hasta completar los gastos de personal y material de psicomotricidad AVD realizados con indicación, en la memoria económica justificativa del gasto, de las desviaciones presupuestarias producidas.
  • institucional (https://www.diputoledo.es/global/8/1420/6068): Solicitud del pago de la subvención. Memoria de actuación acreditativa de la realización del proyecto. Memoria económica justificativa del gasto realizado. Podrá requerirse al beneficiario la remisión de los justificantes del gasto que se estimen oportunos y que permitan obtener evidencia razonable sobre la adecuada aplicación de la subvención.
  • ---- Nº R.E.L. 0245000 telemáticas, en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Toledo, mediante aviso al correo electrónico comunicado o designado en la solicitud. Así mismo, toda la documentación que deba presentarse relativa a la tramitación del presente convenio, incluida la de justificación de los gastos, se presentará de forma telemática.
  • DÉCIMA.- Régimen de modificaciones y causas de resolución.- El beneficiario de la subvención podrá solicitar de forma motivada, con suficiente antelación a la conclusión de la vigencia del Convenio, la ampliación de los plazos establecidos para la ejecución y/o la presentación de la justificación, que no podrá exceder de la mitad de los mismos y siempre que con ello no se perjudique derechos de tercero. Serán causas de resolución del Convenio, además de las establecidas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

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