Personas jurídicasES425 - Toledo

Convenio 2026 - Ayuntamiento de Hormigos para financiar una inversión municipal. Ejecución depuradora Fase III y Fase IV

Infraestructuras

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES425 - Toledo. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • documentation
    Certificación acreditativa de la inversión mediante adjudicación del contrato de obras ( Anexo II) o de resolución/acuerdo de ejecución directa de las obras por la propia administración (Anexo III).
  • documentation
    Declaración responsable, firmado por el Director de obra o Técnico municipal de la entidad, en la que se haga constar que se ha realizado el proyecto integro para el que se formalizó el presente Convenio y que las unidades de obra ejecutadas se corresponden con las del presupuesto de ejecución recogidas en el documento técnico aportado en la solicitud (Anexo IV).
  • documentation
    Cuenta justificativa que contendrá una memoria económica del coste de la inversión realizada, desarrollo de la obra y posibles desviaciones del presupuesto, conforme al modelo que figura en el Anexo V para obras ejecutadas por contrato de obras y Anexo VI para obras ejecutadas por la propia administración. A esta cuenta justificativa se acompañará, en su caso, certificaciones de obra (caratula de certificación, relación de unidades ejecutadas y su resumen firmada por el Director de obra y el contratista, factura/as), factura/as acreditativas del gasto y nóminas acreditativas de los gastos de personal. Se deberá justificar la cantidad aprobada, debiendo coincidir el concepto de las facturas y certificaciones presentadas con el contenido del documento técnico presentado, en su día, junto con la solicitud para suscribir el presente Convenio. Tales facturas o documentos equivalentes, que se presenten deberán contener los datos que exige el artículo 30 de la Ley General de Subvenciones y el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación y que
  • documentation
    Indicación expresa de que se trata de una factura, número, fecha y lugar de emisión.
  • documentation
    Nombre y apellidos o denominación social, número de identificación fiscal y domicilio de quien la expide y del destinatario de la misma.
  • documentation
    Descripción del concepto y fecha de realización de la operación y su contraprestación total.
  • documentation
    Desglose del IVA con indicación del tipo aplicable (no se admitirán facturas con el IVA incluido). Si se está exento de IVA, en la factura se añadirá la expresión: «Exento de IVA en virtud del artículo que corresponda, según los supuestos de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del IVA», presentando documento acreditativo expedido por la Agencia Tributaria, cuando proceda. Cuando en la comprobación de la justificación de la subvención presentada por el beneficiario se apreciase la existencia de defectos subsanables, se pondrá en su conocimiento concediéndole un plazo de diez días para su subsanación. Firmante 1 de 1: Jesús Prieto Sabugo | Servicio de Secretaría y Documentación | Secretario General Acctal. | Fecha hora firma: 21/07/2026 12:56:58 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN:66RPu99hmlgSUi9XXZJH PÁGINA 5 DE 16 URL de validación:https://diputacion.toledo.gob.es/SIGEM_GestionCSVWeb/action/documento/form
  • documentation
    OCTAVA.- Modificaciones u obras complementarias Si durante la ejecución de las obras, el órgano de contratación competente del Ayuntamiento considerase preciso efectuar modificaciones o llevar a cabo obras complementarias al Proyecto o documento técnico inicial, aún cuando ni unas u otras supongan un incremento de gasto, el Ayuntamiento deberá comunicar y solicitar de la Diputación la pertinente autorización previa antes de iniciar o acometer dichos modificados o complementos de obras. El incumplimiento de esta condición de autorización previa será causa de resolución del Convenio. En ningún caso, estos modificados o complementarios de obras podrán implicar incremento alguno sobre el importe de aportación comprometido por la Diputación, establecido en la estipulación segunda de este Convenio.
  • documentation
    Pérdida de la aportación pendiente de abono y/o
  • documentation
    Reclamación de reintegro de las cantidades ya abonadas, o en su caso compensación de las mismas con cualesquiera créditos que el Ayuntamiento ostente o pueda ostentar frente a la Diputación Provincial de Toledo. DECIMOQUINTA.- Legislación aplicable El presente Convenio tiene carácter administrativo, reservándose las partes firmantes cuantas facultades le sean precisas en orden a su cumplimiento, interpretación y ejecución. En lo no previsto en el presente Convenio, se aplicará, supletoriamente, lo establecido en las Bases de Firmante 1 de 1: Jesús Prieto Sabugo | Servicio de Secretaría y Documentación | Secretario General Acctal. | Fecha hora firma: 21/07/2026 12:56:58 CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN:66RPu99hmlgSUi9XXZJH PÁGINA 7 DE 16 URL de validación:https://diputacion.toledo.gob.es/SIGEM_GestionCSVWeb/action/documento/form
  • documentation
    ---- Nº R.E.L. 0245000 ejecución por las que se regirá el Presupuesto General de la Diputación Provincial de Toledo, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. DECIMOSEXTA.- Vigencia del convenio La vigencia del presente Convenio se extenderá desde el día de su firma hasta el 15 de diciembre de 2027, sin perjuicio de lo regulado, a estos efectos, en la estipulación Decimotercera anterior. Y en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman el presente Convenio de cooperación, por duplicado ejemplar, y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados, de todo lo cual, como Secretario,

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Infraestructuras