CONVENI REGULADOR DE LA SUBVENCIÓ NOMINATIVA ENTRE L?AJUNTAMENT DE SANTA COLOMA DE GRAMENET I EL CLUB DE FUTBOL SINGUER · 2025/2026

Título oficial: CONVENI REGULADOR DE LA SUBVENCIÓ NOMINATIVA ENTRE L?AJUNTAMENT DE SANTA COLOMA DE GRAMENET I EL CLUB DE FUTBOL SINGUERLÍN, PER A LA PROMOCIÓ DE LES ACTIVITATS ESPORTIVES DE FUTBOL DEL CLUB A LA CIUTAT PER A LA TEMPORADA 2025-2026.

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Clubes deportivos, Personas físicas, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES51 - CATALUÑA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANTA COLOMA DE GRAMENET.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Clubes deportivos, Personas físicas, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica, Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 50.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Desarrollar la promoción de las actividades deportivas del fútbol en la ciudad de la temporada 2025/2026, de acuerdo con la memoria presentada en el expediente y con plena autonomía organizativa y técnica.
  • Destinar la subvención exclusivamente a la financiación de los gastos derivados del proyecto subvencionado.
  • Justificar ante el Ayuntamiento la aplicación de los fondo s recibidos y el cumplimiento de la finalidad de la subvención, en los términos previstos en este convenio y en la normativa de subvenciones aplicable.
  • Comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control financiero que pueda efectuar el Ayuntamiento, la Intervención Municipal o demás órganos de control competentes.
  • Hacer constar la colaboración de l Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramanet en la difusión y publicidad de las actividades subvencionadas, de acuerdo con la normativa municipal aplicable.
  • Cumplir con la normativa vigente en materia deportiva, laboral, fiscal, de Seguridad Social, protección de datos y protección de menores que resulte aplicable al desarrollo de las actividades objeto del convenio.
  • Garantizar que el personal, monitores, entrenadores y colaboradores que participen en las actividades dispongan de las titulaciones, seguros y requisitos legalmente exigibles.
  • Garantizar el cumplimiento de la normativa relativa a la protección integral de la infancia y la adolescencia, incluida la disposición de los certificados negativos de delitos sexuales del personal que desarrolle actividades habituales con menores.
  • Asumir íntegramente la dirección, organización y gestión del personal vinculado al proyecto, sin que exista relación laboral, funcionarial o de dependencia funcional alguna entre este personal y el Ayuntamiento.
  • Rendir cuentas a la Comisión de Seguimiento de las actividades realizadas y de los recursos destinados a su realización, así como del coste económico que suponga.
  • Participar con una persona como mínimo, representando a la Comisión de Seg uimiento de este convenio. Tercero.- Obligaciones del Ayuntamiento
  • Tramitar y abonar la subvención prevista en este convenio de acuerdo a las condiciones y disponibilidades presupuestarias aplicables.
  • Verificar el cumplimiento de la finalidad de la subvención y la correcta justificación de los fondos públicos otorgados, de acuerdo a la normativa aplicable en materia de subvenciones.
  • Facilitar, de acuerdo con la disponi bilidad existente y la normativa municipal de aplicación, el uso de las instalaciones deportivas municipales necesarias para el desarrollo de las actividades vinculadas al proyecto.
  • Apoyar institucionalmente las actividades objeto del convenio en el ma rco de las competencias municipales de fomento del deporte y la actividad física.
  • Ejercer las funciones de seguimiento y control previstas en la normativa de subvenciones exclusivamente a efectos de verificar el cumplimiento de la finalidad subvenciona da y la correcta aplicación de los fondos públicos.
  • Participar con, al menos, una persona representante en la Comisión de Seguimiento de este convenio. Cuarto.- Presupuesto del proyecto y financiación
  • Un primer pago anticipado correspondiente al 50% (25.000,00 €) del importe total de la subvención, una vez formalizado el convenio y aprobada la concesión, a la firma del convenio;
  • El 50% restante (25.000,00 €), una vez presentada y comprobada la just ificación de la subvención en los términos previstos en este convenio. El pago anticipado se justifica por la necesidad de disponer de liquidez suficiente para el inicio y desarrollo de las actividades deportivas subvencionadas, dada la naturaleza social, educativa y deportiva del proyecto y el carácter no lucrativo de la entidad beneficiaria. Los pagos estarán condicionados a la existencia de crédito adecuado y suficiente, así como al cumplimiento por parte de la entidad de sus obligaciones tributarias, c on la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet. En caso de incumplimiento de las obligaciones previstas en este convenio o en la normativa aplicable en materia de subvenciones, procederá el reintegro total o parcial de las cantida des percibidas en los términos legalmente previstos. Sexto.- Justificación de la subvención El CF Singuerlín deberá justificar ante el Ayuntamiento la aplicación de los fondos percibidos y el cumplimiento de la finalidad de la subvención antes del 15 de noviembre de 2026.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • PRESUPUESTO Y GASTOS SUBVENCIONABLES DE LA PROMOCIÓN DEL FÚTBOL DE LA · eligible
    Presupuesto del proyecto El presupuesto previsto para el desarrollo del proyecto objeto de convenio durante la temporada 2025-2026 asciende a un importe total de 100.160,00 €, de acuerdo con el siguiente detalle
  • PRESUPUESTO Y GASTOS SUBVENCIONABLES DE LA PROMOCIÓN DEL FÚTBOL DE LA · eligible
    CONCEPTO IMPORTE (€) Gastos federativos 46.000 Otros eventos deportivos 3.170 Material deportivo 39.500 Difusión, gestión, administración 2.900 Seguros/farmacia 1.240 Transporte 4.850 Gastos generales 2.500
  • Gastos subvencionables · eligible
    Tendrán la consideración de gastos subvencionables aquellos que respondan de forma indudabl e a la naturaleza del proyecto subvencionado, sean necesarios para su desarrollo y se realicen dentro del período de ejecución previsto.
  • Gastos subvencionables · eligible
    gastos de personal técnico, entrenadores y monitorización;
  • Gastos subvencionables · eligible
    seguros obligatorios vinculados a la actividad;
  • Gastos subvencionables · eligible
    licencias deportivas;
  • Gastos subvencionables · eligible
    material deportivo y didáctico;
  • Gastos subvencionables · eligible
    gastos de participación en actividades y competiciones deportivas;
  • Gastos subvencionables · eligible
    gastos de transporte vinculados directamente al proyecto;
  • Gastos subvencionables · eligible
    gastos de coordinación técnica;
  • Gastos subvencionables · eligible
    otros gastos necesarios para el desarrollo de las actividades subvencionadas. Los gastos tendrán que estar debidamente acreditados documentalmente y efectivamente pagados dentro del plazo de justificación establecido.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    intereses deudores, recargos o sanciones;
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    gastos no vinculados directamente al proyecto subvencionado;
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    gastos no acreditados documentalmente;
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    el IVA susceptible de recuperación o compensación;
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · ineligible
    cualquier otro gasto excluido por la normativa aplicable en materia de subvenciones. Los gastos subvencionables tendrán que ajustarse a lo que prevé la Ley General de Subvenciones, la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet y el resto de normativa aplicable.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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