Conv subv en régimen de concurrencia competitiva para la creación de elementos del imaginario de la cultura popular y c · 2026

Título oficial: Conv subv en régimen de concurrencia competitiva para la creación de elementos del imaginario de la cultura popular y compra de materiales esenciales de las actividades culturales de entidades y asociaciones culturales sin ánimo de lucro 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Entidades sociales, Personas físicas. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE RIPOLLET.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Asociaciones culturales, Entidades sociales, Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 15.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Estar legalmente constituidas.
  • Tener sede social o delegación en Ripollet.
  • Estar inscritas en el Registro de entidades de la Generalidad de Cataluña.
  • Estar inscritas en el Registro de entidades del Ayuntamiento de Ripollet.
  • Tener contratado un seguro de responsabilidad civil que cubra el riesgo de la actividad frente a terceros con unos capitales mínimos de 601.000,00 euros por siniestro y 150.000,00 euros por víctima o los importes establecidos por la normativa vigente (112/2010, de 31 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas). A los efectos de esta disposición también se consideran terceros los y las participantes y otros intervinientes. (en el caso de uso de centros educativos las sumas aseguradas mínimas de 150.000 euros por víctima individual y de 1.200.000 euros por siniestro, que el Gobierno puede actualizar periódicamente).
  • No encontrarse sometido dentro de ninguna causa de prohibición contemplada en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Ripollet.
  • No encontrarse en ningún proceso de reintegro de subvenciones otorgadas anteriormente por el Ayuntamiento de Ripollet.
  • No recibir ninguna otra ayuda por el mismo concepto de otras administraciones o ente público o privado que, junto con la subvención del Ayuntamiento, supere el coste de la actividad subvencionada.
  • Cumplir los requisitos generales establecidos en el artículo 5 de la Ley 11/2023, de 27 de diciembre, de fomento del asociacionismo.
  • Presentar la solicitud y la documentación requerida en los plazos y la forma establecida en la presente convocatoria.
  • La concurrencia de estos requisitos se acreditará en el momento de presentar la solicitud, mediante la presentación de los documentos que se indican en el punto
  • - Obligaciones de las entidades beneficiarias Son obligaciones de las entidades beneficiarias las que a continuación se indican. Su incumplimiento originará las responsabilidades que en cada caso
  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.
  • Justificar ante el órgano concedente que se establezca en la presente convocatoria el cumplimiento de los requisitos o las condiciones, la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad para la que se otorgó la subvención.
  • Ejecutar las actividades subvencionadas de conformidad con los principios de buena administración, buena fe y presunción de legalidad, así como su justificación de acuerdo con lo establecido en la presente convocatoria.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación e inspección que efectuará el órgano competente y al control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando toda la información y documentación que pueda ser requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
  • Comunicar al órgano que haya otorgado la subvención la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la misma actividad o proyecto. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en cualquier caso, se incluirá en la justificación de la aplicación de los fondos percibidos.
  • Acreditar, antes de dictarse la propuesta de resolución de la concesión, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social, en la forma en la que se establezca en el punto
  • Disponer de los libros contables, registros y otros documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación aplicable con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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